Bendiciones a parejas en situaciones “irregulares”

¿Podemos tener un poco de contexto?

Papa FranciscoClaro. Hay tres antecedentes claves, me parece:
  1. Desde el comienzo de su pontificado, el Papa Francisco ha insistido en la misericordia como eje central del Evangelio y por lo tanto de la vida y la misión de la Iglesia. Su manera de expresarse sobre la misericordia enfatiza la acogida mientras omite o deja en la penumbra el llamado directo a la conversión. Este llamado queda reemplazado por la expresión “proceso de acompañamiento”, que se supone que debe empezar por lo que una corriente actual de teología moral llama “el bien posible”. Según esa opinión, las personas que están en situaciones “irregulares”, como puede ser en adulterio o conviviendo como pareja con personas del mismo sexo, deben ser acogidas y después acompañadas, si así desean, partiendo de lo que es su realidad y su bien posible, es decir, lo que de modo realista pueden hacer en las condiciones en que se encuentran.
  2. Vivimos en un tiempo de intensa difusión y penetración de la “ideología de género“, en sus diversas expresiones. Esta penetración global parece difícil de explicar si no es por la existencia de amplios acuerdos y apoyos entre sectores muy potentes de la política y de la economía mundiales. A esta realidad de interconexión se le suele llamar “Nuevo Orden Mundial”, aunque hay que admitir que resulta bastante ópaco el termino, en la medida en que desconocemos quiénes son los auténticos impulsores y cuáles son sus agendas últimas. Si bien el Papa Francisco se ha pronunciado en contra de esta ideología de género, su actitud con respecto a la práctica misma de la homosexualidad parece estar marcada ante todo por la idea suya de misericordia que se ha expuesto antes.
  3. Entre tanto, hay hechos pastorales, o de aspecto pastoral, que se han dado en diversos países, particularmente en Alemania, Luxemburgo y Bélgica, entre otros. En concreto, se trata de la convocación abierta a parejas del mismo sexo para que vayan a las iglesias y reciban bendiciones de sacerdotes y, en algunos casos, de obispos. Esta práctica se ha hecho al margen de cualquier aprobación previa de la Santa Sede, y de hecho, en abierta oposición a un documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe, del 15 de Marzo de 2021, que expresamente decía: “no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo”. Es importante notar que ese documento de 2021 inscribe las “bendiciones” dentro de la praxis de los “sacramentales”, como de hecho ha sido la manera tradicional de obrar y enseñar de la Iglesia.

Si ese documento del 2021 es tan claro, ¿por qué una nueva declaración?

Es difícil tener una respuesta, que solo podría tener valor si la diera el ahora llamado Dicasterio para la Doctrina de la Fe, que es presidido por el Cardenal Víctor Manuel Fernández. Lo que el Documento mismo dice en sus palabras introductorias es esto, según la versión oficial en español: “La presente Declaración ha tomado en consideración varias cuestiones que han llegado a este Dicasterio tanto en años pasados como más recientemente.” Es todo lo que se dice.
 
Luego el documento, o la “Declaración”, como se titula, reafirma algunos elementos tradicionales y a la vez introduce conceptos nuevos y ajenos a la tradición de la Iglesia. En cualquier caso, como lo indica el título de la misma Declaración, su tema central son las “bendiciones”.
 
Lo que reafirma es:
  1. La doctrina tradicional sobre el matrimonio: “son inadmisibles ritos y oraciones que puedan crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, como «unión exclusiva, estable e indisoluble entre un varón y una mujer, naturalmente abierta a engendrar hijos», y lo que lo contradice. Esta convicción está fundada sobre la perenne doctrina católica del matrimonio. Solo en este contexto las relaciones sexuales encuentran su sentido natural, adecuado y plenamente humano. La doctrina de la Iglesia sobre este punto se mantiene firme.” En este mismo contexto, sin embargo, la Declaración contiene una imprecisión de cierta gravedad, conectada con el asunto central, que, como se dijo, son las bendiciones. Leemos en efecto en el n. 6: “en el caso del rito del sacramento del matrimonio, no se trata de una bendición cualquiera, sino del gesto reservado al ministro ordenado. En este caso, la bendición del ministro ordenado está directamente conectada a la unión específica de un hombre y de una mujer que, con su consentimiento establecen una alianza exclusiva e indisoluble.” La imprecisión está en que la bendición del ministro ordenado (que se da ordinariamente pero no siempre es posible) no es constitutiva del sacramento del matrimonio pues, como es bien sabido, los ministros de este sacramento son los mismos contrayentes. Otorgar carácter de constitución sacramental a la bendición (que, siempre que sea posible, da el ministro ordenado), es un error que resulta extraño en un documento de tal categoría. En todo caso, la doctrina tradicional sobre el sacramento del matrimonio se mantiene en la cita da Declaración.
  2. Está Declaración del 18 de Diciembre de 2023 reafirma también la realidad de pueblo necesitado y peregrino que todos los seres humanos compartimos. En esta materia es suficientemente elocuente el número 20: “Quien pide una bendición se muestra necesitado de la presencia salvífica de Dios en su historia, y quien pide una bendición a la Iglesia reconoce a esta última como sacramento de la salvación que Dios ofrece. Buscar la bendición en la Iglesia es admitir que la vida eclesial brota de las entrañas de la misericordia de Dios y nos ayuda a seguir adelante, a vivir mejor, a responder a la voluntad del Señor.”

¿Por qué entonces esta Declaración se considera polémica?

Según la Declaración, la necesidad de “ampliar” el sentido de las bendiciones tiene su explicación en la doble convicción de que (1) todos necesitamos ayuda, según se recordó, y (2) que no se puede pedir a quien recibe una bendición lo mismo que se espera de quien recibe un sacramento: “Se debe también evitar el riesgo de reducir el sentido de las bendiciones solo a este punto de vista, porque nos llevaría a pretender, para una simple bendición, las mismas condiciones morales que se piden para la recepción de los sacramentos.” (n. 12).
 
El enfoque de la presente Declaración del 2023 parece ir en el sentido de que, si ampliamos el sentido de las bendiciones en la Iglesia, podemos entender que incluso personas que se encuentran en situaciones “irregulares” pidan y reciban bendiciones de la misma Iglesia, como actos de acogida que desean orientarlos en la ruta hacia una vida cristiana más plena. Es difícil estar en desacuerdo con una afirmación como la anterior, pero es que ese no es el problema. El punto central está en que nos encontramos frente a personas que, por propia voluntad, están y desean estar en una situación “irregular”, y que, desde esa situación, convertida en hecho público, piden una bendición de la Iglesia. Dicho de otro modo: el problema no es que un pecador pida ayuda sino que esa persona, sin que conste ninguna intención de renunciar a su situación, quiere ser bendecida con el propósito manifiesto de continuar y afianzarse en su situación.
 
Uno puede darse cuenta de que el auténtico problema no es si se trata de bendiciones “litúrgicas” o “no-litúrgicas”; tampoco la cuestión central es si el sacerdote al momento de dar tal bendición usa vestido clerical o no. El punto polémico, hay que repetirlo, es que estamos ante personas que se encuentran en situaciones que la Iglesia siempre ha considerado como “objetivamente desordenadas” (ahora llamadas un poco eufemísticamente “irregulares”), y que esas personas, sin manifiesto deseo de cambio, se presentan, en cuanto miembros de esas mismas relaciones, para recibir una bendición. Es muy difícil no ver en tales bendiciones, cualquiera que sea su etiqueta teológica, algo distinto de una aprobación y de hecho así lo han registrado profusamente y en tono triunfal muchos medios de comunicación. Y por esto no es extraño que, movidos de celo pastoral, un cierto número de obispos ya hayan advertido que en sus diócesis tales “bendiciones” serán inadmisibles.
 
Lo mismo se demuestra al considerar que, si se tratara de cualquier otro pecado, objetivamente considerado, tales bendiciones se considerarían gravemente inmorales.
 
En efecto, si resulta que ahora se puede bendecir a una pareja que lleva vida conyugal estando en adulterio, o a una pareja que convive, como si fueran matrimonio, siendo del mismo sexo, ¿qué debería suceder frente a un grupo de personas que tienen una relación poligámica o poliamorosa? En el contexto del mundo actual no es descabellado preguntarlo. Ejemplo: Llegan cuatro personas: un hombre y tres mujeres, que conviven como una pequeña comuna sexual en régimen de poligamia. Ellos no piden bendición del sacramento del matrimonio (con la ambigüedad que ya hemos mostrado que tiene esa expresión) sino que simplemente llegan los cuatro a pedir una bendición. Según la reciente Declaración, el sacerdote debería reconocer que tal modo de vida “posee elementos positivos” (n. 28) y proceder entonces a bendecirlos.
 
Pero por supuesto ese camino no termina ahí. Vamos con otro ejemplo: una asociación de estafadores también tiene, de seguro, “elementos positivos”, por ejemplo de amistad y ayuda mutua entre ellos. ¿Procedemos entonces a bendecirlos en cuanto miembros de tal asociación? ¿O las bendiciones aquí llamadas “pastorales” quedan restringidas al ámbito sexual? ¿Por qué los pecados sexuales deben tener un régimen aparte de los demás pecados? ¿Hay alguna razón que conste en la teología y la tradición o es solamente por la presión del mundo contemporáneo?
 
Ninguna de estas preguntas, y decenas de otras similares, se resuelve con las distinciones entre bendiciones litúrgicas, sacramentales y simplemente “pastorales”, según quiere la Declaración que comentamos.

¿Y qué queda de la misericordia?

Manifestar los reparos y desacuerdos aquí mencionados de ninguna manera implica un rechazo o disminución del mensaje de la compasión divina, que ha de ser el sello de toda acción eclesial. La misericordia nos la ha enseñado muy bien Jesucristo, con su palabra y con su praxis: consiste ante todo en invitar abierta y amorosamente al camino de la conversión. De lo que se trata es siempre de abrir el camino a la gracia santificante, y por ello mismo transformante, que proviene como don de Dios para hacer posible lo que a nosotros nos parecía imposible. Por lo tanto debemos decir que todo aquello que confirma en el pecado, sea explícita o implícitamente, va en dirección opuesta al Evangelio, que precisamente se abre con un vigoroso llamado a la conversión. En este sentido, el Responsum del 15 de Marzo de 2021 era suficientemente claro cuando distinguía entre bendecir a las personas, que es un modo de llamarlas a vivir el Evangelio, y bendecir a las uniones irregulares como tales. Aquí debe bastar citar el texto del 2021:

La respuesta al dubium propuesto no excluye que se impartan bendiciones a las personas individuales con inclinaciones homosexuales, que manifiesten la voluntad de vivir en fidelidad a los designios revelados por Dios así como los propuestos por la enseñanza eclesial, pero declara ilícita toda forma de bendición que tienda a reconocer sus uniones. En este caso, de hecho, la bendición manifestaría no tanto la intención de confiar a la protección y a la ayuda de Dios algunas personas individuales, en el sentido anterior, sino de aprobar y fomentar una praxis de vida que no puede ser reconocida como objetivamente ordenada a los designios revelados por Dios.

¿Qué deben entonces hacer los sacerdotes?

Recuérdese ante todo que un sacerdote no es un simple funcionario público. Mucho menos es una especie de “robot” que queda a merced de las solicitudes, convertidas en imposiciones, que vengan de la gente de nuestro tiempo. El sacerdote, y en realidad todo ministro ordenado, es un servidor del Pueblo de Dios, y lo es en la medida en que es un testigo  de la verdad íntegra del Evangelio y de la presencia de Cristo-Cabeza en medio de ese mismo Pueblo. Por ello todo sacerdote debe considerar, con la debida gravedad y profunda reflexión personal, que por sus actos ha de responder ante Jesucristo. Así lo enseñaba por ejemplo San Carlos Borromeo a sus sacerdotes cuando les decía: “si diriges las almas, medita con qué sangre han sido lavadas” (Liturgia de las Horas, Of. de Lectura para el 4 de Noviembre).
 
De aquí se siguen dos principios fundamentales que han de guiar la palabra y la acción del sacerdote: caridad pastoral y doctrina íntegra. Y sobre tal base podemos derivar unas tres indicaciones más concretas:
  1. Hemos de “des-franciscanizar” este tema, así como muchos otros. Lo que está en juego no es si estamos a favor o en contra del Papa Francisco. Todo auténtico católico sabe que sólo hay un camino: estar a favor del Papa, que debe entenderse como acompañarlo con la oración, los sacrificios de penitencia por él, y la súplica ardiente para que, más allá de cualquier limitación personal, sea fiel a la misión que ha recibido: confirmar a sus hermanos en la fe verdadera. Nuestra tarea no es justificar todo lo que el Papa diga ni tampoco atacar todo lo que haga o diga. Nuestro papel, el de cada uno, es orar y trabajar para que la verdad y la caridad del Evangelio brillen más y más en todo y en todos. La misma consideración hay que hacer con tantas etiquetas que son frecuentes en nuestro tiempo: que si tal sacerdote es muy “de Derecha” o “de Izquierda”; que si es del “ala conservadora” o del “lobby progresista”. Lo que realmente interesa es: ¿dónde está la verdad del Evangelio, según la ha vivido y practicado la Iglesia y lo ha enseñado de modo coherente su magisterio?
  2. Ha llegado el tiempo de dar máximo valor a la propia conciencia formada, y esto vale en particular para el sacerdote. Desde esa conciencia formada el sacerdote sabe que delante de Cristo no puede bendecir una unión o cualquier forma de relación que sea objetivamente contraria a la fe o a la ley natural. Por consiguiente, el sacerdote acogerá siempre con respeto y consideración a todos pero conservando para sí mismo la claridad de que no está obligado a estar de acuerdo con todos ni mucho menos tiene que obedecer a los deseos de todos. Mi sugerencia específica frente a una solicitud explícita de una pareja (o grupo) en “situación irregular”, sin que importe en qué pecado, sexual o no, estén involucrados, es esta: recíbelos, escúchalos, enséñales o recuérdales la enseñanza tradicional de la Iglesia destacando la esperanza de vida nueva que trae la gracia de Dios. Luego, y solo si están dispuestos, haz oración por cada uno en particular, expresándole, si así te inspira el Señor, las palabras que puedan a la vez darles consuelo e impulso para avanzar en su camino de renuncia a todo pecado para llevar una vida según Dios. Sugiero también que se evite toda ceremonia pública de tales oraciones o bendiciones individuales.
  3. Está el tema del escándalo y confusión que sufren muchos fieles frente a algunas enseñanzas contradictorias que emanan de la Santa Sede en este tiempo. Mi sugerencia: no hay que subrayar todo el tiempo estas situaciones ni convertirlas en tema predilecto de predicación. En particular, nuestro lenguaje explícito o implícito sobre el Papa debe conservar el tono de oración y sincero afecto filial propio de quienes reconocemos la misión en extremo difícil que tiene sobre sus hombros. No hay, pues, que obsesionarse con estos errores o incoherencias pero tampoco hay que disimularlos o taparlos. Nuestra gente, Pueblo de Dios, tiene derecho a conocer el Evangelio íntegro. Nosotros, por nuestra parte, debemos estar dispuestos a exponer con serenidad la sana doctrina y hemos de orar e invitar a orar a todos por la conversión de todos en la Iglesia, incluyendo por supuesto nuestras propias vidas, siempre necesitadas de la luz y la gracia del Señor.