La justicia está más en el hacer que en el simple entender

El sujeto de la virtud es aquella potencia a cuyo acto se ordena la virtud para rectificarlo. Ahora bien: la justicia no se ordena a dirigir algún acto cognoscitivo, puesto que no somos llamados justos porque conozcamos algo rectamente. Por lo cual, el sujeto de la justicia no es el entendimiento o la razón, que es potencia cognoscitiva.

Pero, puesto que somos llamados justos en cuanto que realizamos algo con rectitud, y dado que el principio próximo del acto es la fuerza apetitiva, es necesario que la justicia se encuentre en una facultad apetitiva como en su sujeto. Hay, por tanto, un doble apetito, que es, a saber: la voluntad, que se halla en la razón; y el apetito sensitivo, que sigue a la aprehensión del sentido, el cual se divide en irascible y concupiscible, según se consideró al principio (q.18 a.2). Pero dar a cada uno lo suyo no puede proceder del apetito sensitivo, porque la percepción sensitiva no se extiende hasta poder considerar la relación de una cosa con otra, sino que esto es propio de la razón. De ahí que la justicia no pueda hallarse en lo irascible o en lo concupiscible, sino únicamente en la voluntad. Y, por esto, el Filósofo define la justicia por el acto de la voluntad, como es claro según lo anteriormente dicho (a.1 obj.1). (S. Th., II-II, q.58, a.4 resp.)


[Estos fragmentos han sido tomados de la Suma Teológica de Santo Tomás, en la segunda sección de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic aquí.]

La justicia, ¿se refiere siempre a otro?

Como se dijo anteriormente (q.57 a.1), ya que el nombre de justicia comporta la igualdad, por su propia esencia la justicia tiene que referirse a otro, pues nada es igual a sí mismo, sino a otro. Y, dado que pertenece a la justicia rectificar los actos humanos, como se dijo (1-2 q.60 a.2; q.61 a.3; q.113 a.1), es necesario que esta igualdad que requiere la justicia sea de individuos diversos que puedan obrar. Ahora bien: las acciones son propias de las personas y de los que forman un todo, mas no, propiamente hablando, de las partes y de las formas o de las potencias; pues no se dice con propiedad que la mano hiere, sino el hombre por medio de la mano; ni se dice propiamente que el calor calienta, sino el fuego a través del calor. Sin embargo, se habla de este modo en virtud de cierta analogía. De aquí se sigue que la justicia propiamente dicha requiere diversidad de supuestos; y por eso no existe a no ser de un hombre a otro. Pero, por analogía, encuéntranse en un solo y mismo hombre diversos principios de acción, como si fueran diversos agentes, como la razón, lo irascible y lo concupiscible. Por eso se dice metafóricamente que en un solo y mismo hombre está la justicia, en la medida en que la razón gobierna lo irascible y lo concupiscible y éstos obedecen a la razón; y, universalmente, en la medida en que se atribuye a cada parte del hombre lo que le conviene. De ahí que el Filósofo, en V Ethic., llame también a ésta (la razón) justicia, metafóricamente hablando. (S. Th., II-II, q.58, a.2 resp.)


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¿Qué es la justicia?

La definición de la justicia como “constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho” es correcta si se la entiende bien. Pues, al ser toda virtud hábito, que es el principio del acto bueno, es necesario que la virtud sea definida mediante el acto bueno sobre la misma materia de la virtud. Pues bien: la justicia tiene como materia propia aquellas cosas que se refieren a otro, según se verá luego (a.2.8).

Por lo tanto, el acto de la justicia, referido a la propia materia y al sujeto, se expresa cuando se dice que da su derecho a cada uno; porque, como dice Isidoro en el libro Etymol., llámase justo porque guarda el derecho. Pero, para esto, es decir, para que cualquier acto sobre alguna cosa sea virtuoso, se requiere que sea voluntario, que sea estable y que sea firme, porque el Filósofo dice, en II Ethic., que para el acto de la virtud se requiere: primero, que se obre sabiendo; segundo, eligiendo y por un fin debido; y tercero, que se obre indefectiblemente. Mas el primero de estos requisitos se incluye en el segundo, porque lo que se hace por ignorancia es involuntario, como se dice en III Ethic. Por eso se pone en primer lugar, en la definición de la justicia, la voluntad, para mostrar que el acto de la justicia debe ser voluntario; y se añade lo de la constancia y perpetuidad para designar la firmeza del acto. Por consiguiente, la definición predicha es una definición completa de la justicia, excepto que se pone el acto en lugar del hábito, el cual es especificado por aquél, pues el hábito se dice para el acto. Y si alguien quisiera reducir la definición a su debida forma, podría decir que la justicia es el hábito según el cual uno, con constante y perpetua voluntad, da a cada uno su derecho. Y esta definición es casi igual a aquella que pone el Filósofo en V Ethic., diciendo que la justicia es el hábito según el cual se dice que uno es operativo en la elección de lo justo. (S. Th., II-II, q.58, a.1 resp.)


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LA GRACIA 2021/02/26 La idea divina de justicia

La justicia divina trae verdadera paz, está unida a la conversión, a que descubramos que el enemigo no es el opresor sino la opresión, no es cruel sino la crueldad, no es el pecador sino el pecado.

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Clasificación fundamental del Derecho: Natural y Positivo

Según se ha dicho (a.1), el derecho o lo justo es una acción adecuada a otra según cierto modo de igualdad. Pero algo puede ser adecuado a un hombre en un doble sentido: primero, por la naturaleza misma de la cosa, como cuando alguien da tanto para recibir otro tanto. Y esto se llama derecho natural. En un segundo sentido, algo es adecuado o de igual medida a otro por convención o común acuerdo, es decir, cuando uno se considera contento si recibe tanto. Esto, ciertamente, puede hacerse de dos maneras: una primera, por cierto convenio privado, como el que se establece por un acto entre personas privadas; y la segunda, por convención pública, como cuando todo el pueblo consiente que algo se tenga como adecuado y ajustado a otro, o cuando esto lo ordena el gobernante, que tiene el cuidado del pueblo y representa su persona. Y a esto se llama derecho positivo. (S. Th., II-II, q.57, a.2 resp.)


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¿Por qué se dice que el objeto de la justicia es el Derecho?

Lo primero de la justicia, dentro de las demás virtudes, es ordenar al hombre en las cosas que están en relación con el otro. Implica, en efecto, cierta igualdad, como su propio nombre manifiesta. Vulgarmente se dice que las cosas que se igualan se ajustan. Ahora bien: la igualdad se establece en relación a otro. Pero las demás virtudes perfeccionan al hombre solamente en aquellas cosas que le convienen a él mismo.

Así, pues, aquello que es recto en las acciones de las demás virtudes, hacia lo que tiende la intención de la virtud, como a su propio objeto, no se determina sino por relación al agente. En cambio, lo recto que hay en el acto de la justicia, aun exceptuada la relación al agente, se distribuye por relación a otro sujeto; pues en nuestras acciones se llama justo a aquello que, según alguna igualdad, corresponde a otro, como la retribución del salario debido por un servicio prestado.

Por consiguiente, se llama justo a algo, es decir, con la nota de la rectitud de la justicia, al término de un acto de justicia, aun sin la consideración de cómo se hace por el agente. Pero en las otras virtudes no se define algo como recto a no ser considerado cómo se hace por el agente. Y, por eso, el objeto de la justicia, a diferencia de las demás virtudes, es el objeto específico que se llama lo justo. Ciertamente, esto es el derecho. Luego es manifiesto que el derecho es el objeto de la justicia. (S. Th., II-II, q.57, a.1 resp.)


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¿Juzgar es lo mismo que decirle a la gente cómo debe vivir su vida?

Fray Nelson. Yo no soy quién para decirle a nadie cómo debe vivir su vida, y tú tampoco. Por consiguiente, no se debe juzgar. Así de simple. — G.G.

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La frase “no soy quién para decirle a nadie cómo debe vivir su vida” impacta. Tiene efecto retórico fuerte. Pero esa frase no corresponde en realidad al tema en discusión.

Decir a alguien cómo debe vivir su vida es pretender adueñarse de la libertad y el destino de esa persona. Nadie niega que eso repugna a la dignidad humana. Pero repito: ese no es el tema en discusión.

El tema de fondo es la generalidad y la superficialidad con que se utilice el “no juzguen.” Y resulta que lo que se plantea como “juzgar” es esto: expresar cualquier parecer sobre actos específicos de personas determinadas.

Dicho de otro modo: estamos ante el sofisma del “hombre de paja”. Se usa la versión hipertrofiada de juzgar (que sería manejarle la vida a otra persona) para decir que no se puede juzgar, mientras que los “juicios” necesarios en la vida cristiana y en toda vida humana no aluden a adueñarse de la vida de nadie sino a llamar bien a lo que bueno y mal a lo que es malo.

Señalar un mal PARTICULAR y mostrar el camino hacia un bien DETERMINADO ciertamente supone una forma de “juicio” pero ese juicio no sólo es lícito sino en cierto modo obligatorio. Es el modo de juicio que los creyentes reconocemos inmediatamente en numerosas palabras de Cristo y luego de sus apóstoles. En ese sentido, ellos ciertamente juzgaron, y con bastante frecuencia.

Si miramos nuestro propio entorno, abundan los ejemplos de cómo es oportuno y razonable juzgar de actos concretos para bien de todos: si oigo a mi amiga que va a seguir un tratamiento con un medicamento que se ha demostrado seriamente perjudicial por sus efectos secundarios, y le digo: “NO te tomes eso porque a la larga te hace más daño que bien,” claramente estoy interfiriendo (muy positivamente) con el curso de sus acciones. No le estoy diciendo qué hacer con su vida pero sí estoy haciendo un juicio sobre qué es bueno o malo para ella. Y es de agradecer.

Si un amigo me cuenta que le es infiel a su novia, y lo cuenta entre risas, porque no le parece grave, y yo le manifiesto, con respeto y cariño pero también con claridad, que no estoy de acuerdo, ese es un juicio. Mi amigo verá qué decisiones toma, pero ¿sería yo mejor amigo de él si no le dijera nada, sabiendo el daño que causa a varias personas, incluyéndose a sí mismo? ¿Es mejor y más correcto dejar que las cosas pasen, y nunca opinar de nada para que nunca digan que estoy juzgando? Y cuando salgan las consecuencias previsibles de una decisión mal tomada, por parte de mi amigo, ¿no tendrá él razón de decirme que por qué no le advertí cuando él estaba enceguecido por sus ilusiones de seductor?

Es evidente que hay muchos modos de juzgar. Habrá quien quiera gobernarle la vida a otros. Habrá quien hable con arrogancia. Habrá quien sea hipócrita. Habrá quien pretenda imponer sus ideas o su religión a toda costa. Pero todos esos ejemplos de maneras perversas de juzgar no eliminan el hecho de que sí hay modos oportunos de juzgar de los ACTOS para hacer bien a las personas, tanto a los directamente implicados como a los que puedan ser afectados de modo colateral.

A la vista de estos hechos, uno ve que es pésima idea absolutizar el tema del “no juzgar.” Por evitar los modos perversos de juicio estamos eliminando bienes muy necesarios, tanto en términos de corrección fraterna (que SIEMPRE supone un juicio sobre actos) como en términos de legislación para grupos humanos.

Por eso me parece oportuno y valiente mostrar que se ha abusado de la expresión “no juzgar” y por ello también es saludable mostrar ese abuso y superarlo.

La necesidad de transmitir el Evangelio, y que sea el Evangelio completo

– ¿Por qué dice San Pablo que está “obligado” a predicar el Evangelio?
– En primer lugar porque predica, no por gusto, sino por amor, y el amor va mucho más allá del simple gusto. Y en segundo lugar porque el Evangelio es como la brisa, o como el agua de un río: no puedes de verdad aprovecharlo y disfrutarlo si no lo haces posible para otros. El Evangelio sólo existe en proceso de entrega.
– Entonces parece que eso de “evangelizar” implica meterse en la vida de otras personas, pero el Evangelio recomienda que uno no se meta a juzgar…
– Hay que diferenciar lo que es juzgar a las PERSONAS, que consiste en suponer que uno conoce qué será de ellas al final, de juzgar los ACTOS, que supone el necesario discernimiento de qué es lo bueno y qué es lo malo. Cristo prohíbe lo primero pero de ninguna manera lo segundo. De hecho, Cristo JUZGA, y los profetas juzgan, y los apóstoles juzgan de actos humanos. Y eso es parte de la entrada del Evangelio a las vidas.

LA GRACIA del Miércoles 11 Abril de 2018

No juzguemos tomando el lugar de Dios pretendiendo conocer el desenlace de la vida de las personas. Y rechazar el amor de Cristo es decirle que preferimos la condenación eterna.

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LA GRACIA del Domingo 8 de Abril de 2018

DOMINGO II DE PASCUA DE LA DIVINA MISERICORDIA, CICLO B

El modelo cristiano sobre la justicia es que a cada uno se le da según su necesidad y cada uno da según su talento.

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Al romperse las familias el estado llena los vacíos sin la misma clemencia

Una publicación de es.gaudiumpress.org — “El libro más reciente del Arzobispo de Filadelfia, Estados Unidos, Mons. Charles Chaput, titulado “Extranjeros en Tierra Extraña” fue publicado en español el pasado mes de diciembre. En el texto, el prelado reflexiona sobre los desafíos para el testimonio de la Iglesia en medio de una cultura contraria calificada como “postcristiana” y la necesidad de preservar la identidad de los creyentes a través de una fe vivida con alegría y belleza…”

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Hay atrocidades que no se deben olvidar

“Llegó por fin una sentencia que no puede ser consuelo para nadie pero que permite sentir la tenue satisfacción de un atisbo de justicia. El general serbio bosnio Ratko Mladic ha sido condenado a cadena perpetua. Tras seis años de juicio, 530 sesiones y la comparecencia de más de 600 testigos, el Tribunal Penal Internacional para la extinta Yugoslavia dictaba ayer la última de las sentencias contra los principales responsables del genocidio perpetrado durante la guerra de los Balcanes. El caudillo militar de los serbios en Bosnia, cerebro de las operaciones militares de asedio de Sarajevo, Bihac y otras ciudades, el autor de la limpieza étnica y principal acusado de la matanza de más de 8.000 varones musulmanes en la localidad bosnia de Srebrenica, morirá en la cárcel…”

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