LA GRACIA 2020/05/01 San José modelo de trabajador

MEMORIA DE SAN JOSÉ OBRERO

Los pecados cometidos con respecto al trabajo son: la ociosidad, la idolatría al trabajo, la explotación del trabajador, la mediocridad de los trabajadores y los empleos remunerados pero ilícitos.

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Empresarios ponen a Dios al centro de sus negocios

“Llegó a su fin el primer foro de “His Way At Work” (HWAW , “Su Camino en el Trabajo”), en el que cerca de cien empresarios y “Líderes de Misión”, puesto ejecutivo que reporta a la dirección general y se encarga de que la empresa cumpla su misión, se comprometieron a poner a Dios al centro de sus negocios…”

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Otra manera de ver la empresa

“La empresa es una realidad muy compleja, que puede ser contemplada desde muchos puntos de vista. Los filósofos, por ejemplo, han tratado de explicar cómo se las apañaría Aristóteles si tuviese que dirigir la General Motors. También la teología ha hecho incursiones en el mundo de la empresa, dentro de la doctrina social de la Iglesia…”

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LA GRACIA del Miércoles 23 de Agosto de 2017

Dios empezó a bendecirte desde el momento en que te llamó a la existencia y aumentó esa bendición desde el momento en que te llamó para ser colaborador de su viña.

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LA GRACIA del Lunes 1 de Mayo de 2017

SAN JOSÉ OBRERO, MEMORIA

Al tener una intensa vida espiritual como la tuvo San José trabajamos con la intención de agradar a Dios, y hacer que la sociedad crezca y se humanice.

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El sacrificio de cada dia

Trabajar con alegría no equivale a trabajar “alegremente”, sin profundidad, como quitándose de encima un peso molesto… -Procura que, por atolondramiento o por ligereza, no pierdan valor tus esfuerzos y, a fin de cuentas, te expongas a presentarte ante Dios con las manos vacías.

Te asustas ante las dificultades, y te retraes. ¿Sabes qué resumen puede trazarse de tu comportamiento?: ¡comodidad, comodidad y comodidad! Habías dicho que estabas dispuesto a gastarte, y a gastarte sin limitaciones, y te me quedas en aprendiz de héroe. ¡Reacciona con madurez!

Más pensamientos de San Josemaría.

Prioridades

Interesa que bregues, que arrimes el hombro… De todos modos, coloca los quehaceres profesionales en su sitio: constituyen exclusivamente medios para llegar al fin; nunca pueden tomarse, ni mucho menos, como lo fundamental. ¡Cuántas “profesionalitis” impiden la unión con Dios!

El instrumento, el medio, no debe convertirse en fin. -Si, en lugar de su peso corriente, una azada pesase un quintal, el labrador no podría cavar con esa herramienta, emplearía toda su energía en acarrearla, y la semilla no arraigaría, al quedar inutilizada.

Más pensamientos de San Josemaría.

Tres máximas sobre la santificación del trabajo cotidiano

Para acabar las cosas, hay que empezar a hacerlas. -Parece una perogrullada, pero ¡te falta tantas veces esta sencilla decisión!, y… ¡cómo se alegra satanás de tu ineficacia!

No se puede santificar un trabajo que humanamente sea una pura mediocridad, porque no debemos ofrecer a Dios tareas mal hechas.

Me has preguntado qué puedes ofrecer al Señor. -No necesito pensar mi respuesta: lo mismo de siempre, pero mejor acabado, con un remate de amor, que te lleve a pensar más en El y menos en ti.

Más pensamientos de San Josemaría.

La santificación a través de lo más sencillo y ordinario

Pido a Dios que te sirvan también de modelo la adolescencia y la juventud de Jesús, lo mismo cuando argumentaba con los doctores del Templo, que cuando trabajaba en el taller de José.

¡Treinta y tres años de Jesús!…: treinta fueron de silencio y oscuridad; de sumisión y trabajo…

Ante Dios, ninguna ocupación es por sí misma grande ni pequeña. Todo adquiere el valor del Amor con que se realiza.

El heroísmo del trabajo está en llevar a término cada tarea.

Insisto: en la sencillez de tu labor ordinaria, en los detalles monótonos de cada día, has de descubrir el secreto -para tantos escondido- de la grandeza y de la novedad: el Amor.

Más pensamientos de San Josemaría.

La importancia de los sindicatos

305 El Magisterio reconoce la función fundamental desarrollada por los sindicatos de trabajadores, cuya razón de ser consiste en el derecho de los trabajadores a formar asociaciones o uniones para defender los intereses vitales de los hombres empleados en las diversas profesiones. Los sindicatos « se han desarrollado sobre la base de la lucha de los trabajadores, del mundo del trabajo y, ante todo, de lo trabajadores industriales para la tutela de sus justos derechos frente a los empresarios y a los propietarios de los medios de producción ».667 Las organizaciones sindicales, buscando su fin específico al servicio del bien común, son un factor constructivo de orden social y de solidaridad y, por ello, unelemento indispensable de la vida social. El reconocimiento de los derechos del trabajo ha sido desde siempre un problema de difícil solución, porque se realiza en el marco de procesos históricos e institucionales complejos, y todavía hoy no se puede decir cumplido. Lo que hace más actual y necesario el ejercicio de una auténtica solidaridad entre los trabajadores.

306 La doctrina social enseña que las relaciones en el mundo del trabajo se han de caracterizar por la colaboración: el odio y la lucha por eliminar al otro, constituyen métodos absolutamente inaceptables, porque en todo sistema social son indispensables al proceso de producción tanto el trabajo como el capital. A la luz de esta concepción, la doctrina social « no considera de ninguna manera que los sindicatos constituyan únicamente el reflejo de la estructura “de clase”, de la sociedad ni que sean el exponente de la lucha de clases que gobierna inevitablemente la vida social ».668 Los sindicatos son propiamente los promotores de la lucha por la justicia social, por los derechos de los hombres del trabajo, en sus profesiones específicas: « Esta “lucha” debe ser vista como una acción de defensa normal “en favor” del justo bien; […] no es una lucha “contra” los demás ».669 El sindicato, siendo ante todo un medio para la solidaridad y la justicia, no puede abusar de los instrumentos de lucha; en razón de su vocación, debe vencer las tentaciones del corporativismo, saberse autorregular y ponderar las consecuencias de sus opciones en relación al bien común.670

307 Al sindicato, además de la función de defensa y de reivindicación, le competen las de representación, dirigida a « la recta ordenación de la vida económica »,671 y de educación de la conciencia social de los trabajadores, de manera que se sientan parte activa, según las capacidades y aptitudes de cada uno, en toda la obra del desarrollo económico y social, y en la construcción del bien común universal. El sindicato y las demás formas de asociación de los trabajadores deben asumir una función de colaboración con el resto de los sujetos sociales e interesarse en la gestión de la cosa pública. Las organizaciones sindicales tienen el deber de influir en el poder público, en orden a sensibilizarlo debidamente sobre los problemas laborales y a comprometerlo a favorecer la realización de los derechos de los trabajadores. Los sindicatos, sin embargo, no tienen carácter de « partidos políticos » que luchan por el poder, y tampoco deben estar sometidos a las decisiones de los partidos políticos o tener vínculos demasiado estrechos con ellos: « En tal situación fácilmente se apartan de lo que es su cometido específico, que es el de asegurar los justos derechos de los hombres del trabajo en el marco del bien común de la sociedad entera, y se convierten, en cambio, en un instrumento de presión para realizar otras finalidades ».672

NOTAS para esta sección

667Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 20: AAS 73 (1981) 629.

668Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 20: AAS 73 (1981) 630.

669Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 20: AAS 73 (1981) 630.

670Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2430.

671Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 68: AAS 58 (1966) 1090.

672Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 20: AAS 73 (1981) 631.


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¿En qué condiciones es lícito hacer huelga?

304 La doctrina social reconoce la legitimidad de la huelga « cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado »,663 después de haber constatado la ineficacia de todas las demás modalidades para superar los conflictos.664 La huelga, una de las conquistas más costosas del movimiento sindical, se puede definir como el rechazo colectivo y concertado, por parte de los trabajadores, a seguir desarrollando sus actividades, con el fin de obtener, por medio de la presión así realizada sobre los patrones, sobre el Estado y sobre la opinión pública, mejoras en sus condiciones de trabajo y en su situación social. También la huelga, aun cuando aparezca « como una especie de ultimátum »,665 debe ser siempre un método pacífico de reivindicación y de lucha por los propios derechos; resulta « moralmente inaceptable cuando va acompañada de violencias o también cuando se lleva a cabo en función de objetivos no directamente vinculados con las condiciones del trabajo o contrarios al bien común ».666

NOTAS para esta sección

663Catecismo de la Iglesia Católica, 2435.

664Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 68: AAS 58 (1966) 1089-1090; Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 20: AAS 73 (1981) 629-632; Catecismo de la Iglesia Católica, 2430.

665Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 20: AAS 73 (1981) 632.

666Catecismo de la Iglesia Católica, 2435.


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El derecho a la justa remuneración y distribución de la renta

302 La remuneración es el instrumento más importante para practicar la justicia en las relaciones laborales.659 El « salario justo es el fruto legítimo del trabajo »; 660 comete una grave injusticia quien lo niega o no lo da a su debido tiempo y en la justa proporción al trabajo realizado (cf.Lv 19,13; Dt 24,14-15; St 5,4). El salario es el instrumento que permite al trabajador acceder a los bienes de la tierra: « La remuneración del trabajo debe ser tal que permita al hombre y a su familia una vida digna en el plano material, social, cultural y espiritual, teniendo presentes el puesto de trabajo y la productividad de cada uno, así como las condiciones de la empresa y el bien común ».661 El simple acuerdo entre el trabajador y el patrono acerca de la remuneración, no basta para calificar de « justa » la remuneración acordada, porque ésta « no debe ser en manera alguna insuficiente » 662 para el sustento del trabajador: la justicia natural es anterior y superior a la libertad del contrato.

303 El bienestar económico de un país no se mide exclusivamente por la cantidad de bienes producidos, sino también teniendo en cuenta el modo en que son producidos y el grado de equidad en la distribución de la renta, que debería permitir a todos disponer de lo necesario para el desarrollo y el perfeccionamiento de la propia persona. Una justa distribución del rédito debe establecerse no sólo en base a los criterios de justicia conmutativa, sino también de justicia social, es decir, considerando, además del valor objetivo de las prestaciones laborales, la dignidad humana de los sujetos que las realizan. Un bienestar económico auténtico se alcanza también por medio de adecuadas políticas sociales de redistribución de la renta que, teniendo en cuenta las condiciones generales, consideren oportunamente los méritos y las necesidades de todos los ciudadanos.

NOTAS para esta sección

659Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 19: AAS 73 (1981) 625-629.

660Catecismo de la Iglesia Católica, 2434; cf. Pío XI, Carta enc.Quadragesimo anno: « El salario justo » es el título del capítulo 4 de la Parte II.

661Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 67: AAS 58 (1966) 1088- 1089.

662León XIII, Carta enc. Rerum novarum: Acta Leonis XIII, 11 (1892) 131.


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