LA GRACIA 2025/03/29 Recordar qué es la justificación

La justificación según la Biblia es el proceso por el cual una persona deja su injusticia, su vida de pecado para encaminarse hacia Dios y ajustarse a su querer.

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LA GRACIA 2025/03/14 La oración no reemplaza el perdón

El mandato de Jesús es trabajar por la auténtica reconciliación la cual no puede prescindir del elemento de justicia.

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LA GRACIA 2025/03/10 Relación entre la sed de justicia y la auténtica caridad

La vida cristiana tiene fases: la primera es decidir no ser malo, la segunda es aprender a ser bueno y la tercera fase es ser bueno también con aquellos que nunca me podrán pagar.

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LA GRACIA 2024/11/16 Hacer justicia es traer orden

Hacer justicia en la Biblia es poner las cosas en el orden de Dios.

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LA GRACIA 2024/10/03 El libro de Job supera la teología de la retribución

El libro de Job nos ayuda a salir de la idea de que todo se paga en esta vida. Es muy distinto creer en un “dios” que retribuye todo en esta vida a creer en Dios, que es justo para siempre.

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LA GRACIA 2024/03/13 Jesús es juez al traer el orden de Dios

Recordemos que Jesucristo es nuestro juez, no para vivir en pánico sino para traer a nuestra mirada la realidad de que Él nos trae la verdad, el plan, el orden de Dios a nuestra vida ahora y en la eternidad.

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LA GRACIA 2023/11/25 Dios es justo y compasivo

Evitemos la enfermedad del cinismo donde se cree que se puede pecar impunemente y la enfermedad de la desesperación donde se cree que la misericordia de Dios es muy corta.

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LA GRACIA 2022/11/12 Dios hará justicia

Saber que al final de la historia Dios hará justicia nos lleva a permanecer en la esperanza, a comprometernos en nuestro camino cristiano y nos cambia la manera de ver el mundo, nuestra vida y el futuro.

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LA GRACIA 2022/07/13 Diferencia entre justicia y revancha

En medio de tanto odio y juego sucio los cristianos estamos llamados a ser hombres de justicia, no de revancha.

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LA GRACIA 2021/12/18 Cristo nuestra justicia

Dios nos promete algo mejor de lo que ya ha hecho, el futuro en Él supera al presente. Cristo es nuestra justicia, en Él se recupera el orden que habíamos perdido por el pecado.

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Relación entre religión y santidad

Que la palabra santidad, según parece, se toma por dos cosas. Una, pureza, y según esto, significa lo que la palabra griega agios, que es como decir sin tierra. Otra, firmeza. De ahí el que los antiguos llamasen santo a lo firmemente establecido por las leyes, de suerte que se lo debiera considerar inviolable; y el que se llame sancionado (o santo) a lo prescrito de manera inmutable por la Ley. Ésta palabra santo, según los latinos, puede referirse asimismo a la pureza, si se toma sanctus (santo) como derivado de sanguine tinctus (tinto o teñido en sangre), porque antiguamente quienes querían purificarse se mojaban con la sangre de la víctima, como dice San Isidoro en sus Etymol.

Uno y otro sentido convienen en atribuir santidad a lo que está destinado al culto divino, de tal modo que no sólo los hombres, sino también los templos, cálices y otras cosas parecidas se dice que están santificados por el mismo hecho de destinarlos al culto divino. La pureza, pues, es necesaria para que nuestra mente se una a Dios. Porque la mente humana se mancha al alearse con las cosas inferiores, como se ensucia cualquier materia al mezclarse con otra más vil; por ejemplo, la plata con el plomo. Es preciso, según esto, que nuestra mente se separe de las cosas inferiores para que pueda unirse al ser supremo. De ahí el que sin pureza no haya unión posible de nuestra mente con Dios. Por eso se nos dice en la carta a los Heb 12,14: Procurad tener paz con todos y santidad de vida, sin la cual nadie podrá ver a Dios. También se exige firmeza para la unión de nuestra mente con Dios. Se une a El, en efecto, como a su último fin y a su primer principio, extremos que necesariamente están dotados de la máxima inmovilidad. Por eso dice el Apóstol en Rom 8,38-39: Estoy persuadido de que ni la muerte ni la vida me separarán del amor de Dios. Así, pues, se llama santidad a la aplicación que el hombre hace de su mente y de sus actos a Dios. No difiere, por tanto, de la religión en lo esencial, sino tan sólo con distinción de razón. Se le da, en efecto, el nombre de religión por servir a Dios como debe en lo que se refiere especialmente al culto divino, como en los sacrificios, oblaciones o cosas similares; y el de santidad, porque el hombre refiere a Dios, además de eso, las obras de las demás virtudes, o en cuanto que, mediante obras buenas, se dispone para el culto divino. (S. Th., II-II, q.81, a.8 resp.)


[Estos fragmentos han sido tomados de la Suma Teológica de Santo Tomás, en la segunda sección de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic aquí.]

LA GRACIA 2021/12/10 Dos maneras de rechazar a Dios

¿Has rechazado a Dios porque te parece muy duro o lo has trivializado porque se predica cualquier cosa sobre su misericordia? Porque Él es justo no es justo seguir pecando y porque es misericordioso su misericordia es capaz de perdón y transformación para mi vida.

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Por qué hay que volver YA al Bien Común

Hay dos modos sencillos de reventar una sociedad y hacer desaparecer toda posibilidad de convivencia:

(1) Exaltar unos derechos omitiendo sistemáticamente otros.

(2) Privilegiar a unas personas y relegar sistemáticamente a otras.

Dos ejemplos de exaltación unilateral de derechos:

(1) Me importa tanto proteger “mi” propiedad privada que no me interesa quién se muera de hambre.

(2) Es tan importante el derecho a la protesta que no interesa cuánto se afecte el derecho de otros a su trabajo o su movilización.

Dos ejemplos de privilegios:

(1) Hay una brecha entre ricos y pobres. Y sucede que sólo los hijos de los ricos tienen las mejores oportunidades, con lo que la brecha sigue.

(2) Los miembros del partido comunista tienen plenos derechos ciudadanos, y los que no lo sean carecen de ellos.

La búsqueda consecuente del BIEN COMÚN, enseñanza predicada con perseverancia por la Iglesia, intenta apartarnos de esas visiones unilaterales, precisamente para ayudar a construir sociedad en condiciones de paz y convivencia humana para todos.

Y sí es verdad: la religión es una virtud

Conforme escribe San Isidoro en el libro Etymol., llamamos religioso, palabra derivada, según dice Cicerón, de relección, a quien repasa y como que relee lo referente al culto divino. Así, pues, la palabra religión proviene, según parece, de releer lo concerniente al culto divino, por el hecho de que a estas materias hay que darles muchas vueltas en nuestro interior, según se nos manda en Prov 3,6: En todos tus caminos, piensa en Él. Aunque también pudiéramos suponer que se llama así a la religión por nuestra obligación de reelegir a Dios, a quien por negligencia hemos perdido, como dice San Agustín en el X De Civ. Dei. O puede asimismo pensarse que la palabra religión se deriva de religar, y de ahí la frase de San Agustín en el libro De vera relig.: La religión nos religa al Dios único y omnipotente.

Ahora bien: sea que la religión se llame así por la repetida lectura, por la reelección de lo que por negligencia hemos perdido o por la religación, lo cierto es que propiamente importa orden a Dios. Pues a El es a quien principalmente debemos ligarnos como a principio indeficiente, a El debe tender sin cesar nuestra elección como a fin último, perdido por negligencia al pecar, y El es también a quien nosotros debemos recuperar creyendo y atestiguando nuestra fe. (S. Th., II-II, q.79, a.4 resp.)


[Estos fragmentos han sido tomados de la Suma Teológica de Santo Tomás, en la segunda sección de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic aquí.]

Qué dice Aristóteles y qué dice Santo Tomás sobre el lucro del comerciante

Es propio de los comerciantes dedicarse a los cambios de las cosas; y como observa el Filósofo en I Pol., tales cambios son de dos especies: una, como natural y necesaria, es decir, por la cual se hace el trueque de cosa por cosa o de cosas por dinero para satisfacer las necesidades de la vida; tal clase de cambio no pertenece propiamente a los comerciantes, sino más bien a los cabezas de familia o a los jefes de la ciudad, que tienen que proveer a su casa o a la ciudad de las cosas necesarias para la vida; la segunda especie de cambio es la de dinero por dinero o cualquier objeto por dinero, no para proveer las necesidades de la vida, sino para obtener algún lucro; y este género de negociación parece pertenecer, propiamente hablando, al que corresponde a los comerciantes. Mas, según el Filósofo, la primera especie de cambio es laudable, porque responde a la necesidad natural; mas la segunda es con justicia vituperada, ya que por su misma naturaleza fomenta el afán de lucro, que no conoce límites, sino que tiende al infinito. De ahí que el comercio, considerado en sí mismo, encierre cierta torpeza, porque no tiende por su naturaleza a un fin honesto y necesario.

No obstante, el lucro, que es el fin del comercio, aunque en su esencia no entrañe algún elemento honesto o necesario, tampoco implica por esencia nada vicioso o contrario a la virtud. Por consiguiente, nada impide que ese lucro sea ordenado a un fin necesario o incluso honesto, y entonces la negociación se volverá lícita. Así ocurre cuando un hombre destina el moderado lucro que adquiere mediante el comercio al sustento de la familia o también a socorrer a los necesitados, o cuando alguien se dedica al comercio para servir al interés público, para que no falten a la vida de la patria las cosas necesarias, pues entonces no busca el lucro como un fin, sino remuneración de su trabajo. (S. Th., II-II, q.77, a.4 resp.)


[Estos fragmentos han sido tomados de la Suma Teológica de Santo Tomás, en la segunda sección de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic aquí.]

Análisis moral de los fraudes al comprar o vender

Utilizar el fraude para vender algo en más del precio justo es absolutamente un pecado, por cuanto se engaña al prójimo en perjuicio suyo; de ahí que también Tulio, en el libro De offic., diga que toda mentira debe excluirse de los contratos; no ha de poner el vendedor un postor que eleve el precio, ni el comprador otra persona que puje en contra de su oferta.

Pero si se excluye el fraude, entonces podemos considerar la compraventa bajo un doble concepto: primero, en sí misma; en este sentido, la compraventa parece haber sido instituida en interés común de ambas partes, es decir, mientras que cada uno de los contratantes tenga necesidad de la cosa del otro, como claramente expone el Filósofo en I Polit. Mas lo que se ha establecido para utilidad común no debe redundar más en perjuicio de uno que del otro otorgante, por lo cual debe constituirse entre ellos un contrato basado en la igualdad de la cosa. Ahora bien: el valor de las cosas que están destinadas al uso del hombre se mide por el precio a ellas asignado, para lo cual se ha inventado la moneda, como se dice en V Ethic. Por consiguiente, si el precio excede al valor de la cosa, o, por lo contrario, la cosa excede en valor al precio, desaparecerá la igualdad de justicia. Por tanto, vender una cosa más cara o comprarla más barata de lo que realmente vale es en sí injusto e ilícito.

En un segundo aspecto, podemos tratar de la compraventa en cuanto accidentalmente redunda en utilidad de una de las partes y en detrimento de la otra; por ejemplo, cuando alguien tiene gran necesidad de poseer una cosa y otro sufre perjuicio si se desprende de ella. En este caso, el precio justo debe determinarse de modo que no sólo atienda a la cosa vendida, sino al quebranto que ocasiona al vendedor por deshacerse de ella. Y así podrá lícitamente venderse una cosa en más de lo que vale en sí, aunque no se venda en más del valor que tiene para el poseedor de la misma.

Pero si el comprador obtiene gran provecho de la cosa que ha recibido de otro, y éste, que vende, no sufre daño al desprenderse de ella, no debe ser vendida en más de lo que vale, porque, en este caso, la utilidad, que crece para el comprador, no proviene del vendedor, sino de la propia condición del comprador, y nadie debe cobrar a otro lo que no le pertenece, aunque sí puede cobrarle el perjuicio que sufre. No obstante, el que obtiene gran provecho de un objeto que ha sido adquirido de otro puede, espontáneamente, dar al vendedor algo más del precio convenido, lo cual es un signo de honradez. (S. Th., II-II, q.76, a.1 resp.)


[Estos fragmentos han sido tomados de la Suma Teológica de Santo Tomás, en la segunda sección de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic aquí.]