LA BIBLIA – Día 024 de 365

Fr. Nelson Medina, O.P. lee contigo el texto completo de la Sagrada Escritura. – Día 024 de 365

Génesis 34–35
Salmo 23
Mateo 13,24-43

Lo que se ha publicado de esta serie de lectura de la Biblia.

Formación católica todos los días: amigos@fraynelson.com

Predicación y más oración: https://fraynelson.com/blog

Seguimos el texto publicado en la página web del Vaticano.

¿Un cismático conserva algo de la potestad que recibió en la Iglesia?

La potestad espiritual es doble: la sacramental y la de jurisdicción. La potestad sacramental es la conferida por la consagración. Pues bien, todas las consagraciones de la Iglesia son permanentes en tanto dure la consagración, como es evidente en las cosas inanimadas; así, el altar consagrado no se consagra de nuevo si no se destruye. Por tanto, dicha potestad permanece esencialmente en el hombre, que la recibió por consagración, mientras viva, aunque incurra en cisma o en herejía. Esto es evidente, dado que no es consagrado de nuevo al regresar a la Iglesia. Mas dado que la potestad inferior no debe actualizarse más que por la moción de un poder superior, como es también evidente en las cosas naturales, resulta de ello que ese hombre pierde el uso de su potestad, de suerte que no le sea permitido servirse de ella. Mas en el caso de que se sirvan de ella, surte efecto en el plano de los sacramentos, ya que en ellos el hombre no actúa sino como instrumento de Dios, y por eso los efectos sacramentales no quedan impedidos por cualquier culpa que tenga quien lo administre. La potestad, en cambio, de jurisdicción es la conferida por simple intimación humana. Esta potestad no se adquiere de manera inamovible, y por eso no permanece ni en el cismático ni en el hereje. De aquí que no pueden ni absolver, ni excomulgar, ni conceder indulgencias o cosas por el estilo, y, si lo hacen, carecen de valor. En consecuencia, cuando se dice que estos hombres no tienen potestad espiritual, se ha de entender del segundo tipo de potestad espiritual; y si se trata del primero, no se entiende en cuanto a la esencia de la misma, sino en cuanto a su legítimo uso. (S. Th., II-II, q.39, a.3, resp.)


[Estos fragmentos han sido tomados de la Suma Teológica de Santo Tomás, en la segunda sección de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic aquí.]

LA BIBLIA – Día 023 de 365

Fr. Nelson Medina, O.P. lee contigo el texto completo de la Sagrada Escritura. – Día 023 de 365

Génesis 32–33
Salmo 22
Mateo 13,1-23

Lo que se ha publicado de esta serie de lectura de la Biblia.

Formación católica todos los días: amigos@fraynelson.com

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Seguimos el texto publicado en la página web del Vaticano.

Un Himno a Cristo, Palabra de Dios

<p>Señor, ¿a quién iremos,<br>
si tú eres la Palabra?</p>

<p>A la voz de tu aliento<br>
se estremeció la nada;<br>
la hermosura brilló<br>
y amaneció la gracia.</p>

<p>Señor, ¿a quién iremos,<br>
si tu voz nos habla?</p>

<p>Nos hablas en las voces<br>
de tu voz semejanza:<br>
en los goces pequeños<br>
y en las angustias largas.</p>

<p>Señor, ¿a quién iremos,<br>
si tú eres la Palabra?</p>

<p>En los silencios íntimos<br>
donde se siente el alma,<br>
tu clara voz creadora<br>
despierta la nostalgia.</p>

<p>¿A quién iremos, Verbo,<br>
entre tantas palabras?</p>

<p>Al golpe de la vida,<br>
perdemos la esperanza;<br>
hemos roto el camino<br>
y el roce de tu planta.</p>

<p>¿A dónde iremos, dinos,<br>
Señor, si no nos hablas?</p>

<p>¡Verbo del Padre, Verbo<br>
de todas las mañanas,<br>
de las tardes serenas,<br>
de las noches cansadas!</p>

<p>¿A dónde iremos, Verbo,<br>
si tú eres la Palabra?</p>

<p>Amén.</p>