“Hace unos días se conoció la noticia de una sentencia del Tribunal Supremo italiano, la nº 7668 (audiencia del 23-9-2019, sentencia del 3-4-2020), por la que los jueces rechazaban la solicitud de una pareja homosexual de rectificar la partida de nacimiento de una niña, nacida de una de las dos mujeres tras una inseminación artificial en el extranjero, para darle la condición de hija también de la pareja, considerada “progenitora intencional”…”
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