“La llamada Ley de no discriminación califica de “arbitraria” prácticamente toda clase de discriminación. Cosa curiosa cuando el ser humano es capaz de optar de acuerdo a un sinfín de motivos, impulsado precisamente por su naturaleza racional. Si se quisiera, por ejemplo, crear una organización para judíos con el fin de discutir temas que son afines a dicha comunidad, ¿se estaría discriminando al no invitar a católicos? Efectivamente, pero no de un modo arbitrario. No hay arbitrariedad cuando se ejerce legítimamente el derecho a asociarse. El derecho a elegir, a asociarse o a expresarse, resulta en decisiones que ciertamente conllevan cierto grado de discriminación, pero que emanan del ejercicio de la libertad que toda sociedad democrática y pluralista debiera proteger…”
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