¿Cuáles son los derechos específicamente humanos?

155 Las enseñanzas de Juan XXIII,314 del Concilio Vaticano II,315 de Pablo VI 316 han ofrecido amplias indicaciones acerca de la concepción de los derechos humanos delineada por el Magisterio. Juan Pablo II ha trazado una lista de ellos en la encíclica « Centesimus annus »: « El derecho a la vida, del que forma parte integrante el derecho del hijo a crecer bajo el corazón de la madre después de haber sido concebido; el derecho a vivir en una familia unida y en un ambiente moral, favorable al desarrollo de la propia personalidad; el derecho a madurar la propia inteligencia y la propia libertad a través de la búsqueda y el conocimiento de la verdad; el derecho a participar en el trabajo para valorar los bienes de la tierra y recabar del mismo el sustento propio y de los seres queridos; el derecho a fundar libremente una familia, a acoger y educar a los hijos, haciendo uso responsable de la propia sexualidad. Fuente y síntesis de estos derechos es, en cierto sentido, la libertad religiosa, entendida como derecho a vivir en la verdad de la propia fe y en conformidad con la dignidad trascendente de la propia persona ».317

El primer derecho enunciado en este elenco es el derecho a la vida, desde su concepción hasta su conclusión natural,318 que condiciona el ejercicio de cualquier otro derecho y comporta, en particular, la ilicitud de toda forma de aborto provocado y de eutanasia.319 Se subraya el valor eminente del derecho a la libertad religiosa: « Todos los hombres deben estar inmunes de coacción, tanto por parte de personas particulares como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y ello de tal manera, que en materia religiosa ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos ».320 El respeto de este derecho es un signo emblemático « del auténtico progreso del hombre en todo régimen, en toda sociedad, sistema o ambiente ».321

NOTAS para esta sección

314Cf. Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 259-264.

315Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 26: AAS 58 (1966) 1046-1047.

316Cf. Pablo VI, Discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas (4 de octubre de 1965), 6: AAS 57 (1965) 883-884; Id., Mensaje a los Obispos reunidos para el Sínodo (23 de octubre de 1974): AAS 66 (1974) 631-639.

317Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 47: AAS 83 (1991) 851-852; cf. también Id., Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas (2 de octubre de 1979), 13: AAS 71 (1979) 1152-1153.

318Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae, 2: AAS 87 (1995) 402.

319Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 27: AAS 58 (1966) 1047-1048; Juan Pablo II, Carta enc. Veritatis splendor, 80: AAS 85 (1993) 1197-1198; Id., Carta enc. Evangelium vitae, 7-28: AAS 87 (1995) 408-433.

320Concilio Vaticano II, Decl. Dignitatis humanae, 2: AAS 58 (1966) 930-931.

321Juan Pablo II, Carta enc. Redemptor hominis, 17: AAS 71 (1979) 300.

Este Compendio se publica íntegramente, por entregas, aquí.

Conversión Pastoral, 06 de 12, Sencillez de vida y fidelidad doctrinal

[Retiro espiritual para sacerdotes de la Diócesis de Yopal, en Colombia; Enero de 2014.]

Tema 6 de 12: Sencillez de vida y fidelidad doctrinal

* La sencillez, la austeridad y la sobriedad apuntan hacia un cristianismo que se concentra en el anuncio fundamental del amor transformante de Dios. Ese modo de ver la fe parece dejar en segundo plano la contextura moral tanto de quien predica como de quien escucha. Unas cuantas reglas sencillas, propuestas por el Papa Benedicto, ayudan a evitar malos entendidos y posiciones extremas:

(1) No a la pasividad: “estoy tranquilo y seguro en la verdad que conozco bien”

(2) No al relativismo: “estoy tranquilo y seguro en mi verdad, que yo mismo defino y conozco bien”

(3) Sí a la acogida, venciendo el asco.

(4) Sí a la misión, venciendo la pereza, la comodidad y el pesimismo.

(5) Sí al camino, a la resolución de hacer camino con el hermano, venciendo el conformismo.

Conversión Pastoral, 05 de 12, Austeridad y celo misionero

[Retiro espiritual para sacerdotes de la Diócesis de Yopal, en Colombia; Enero de 2014.]

Tema 5 de 12: Austeridad y celo misionero

* La conciencia del don que uno recibe cuando se abre plenamente al don de la fe se convierte, en primer lugar, en una fuente de abundantísima alegría.

* El tesoro recibido trae pronto otro fruto: la escala de los antiguos bienes se ve reducida. Lo que antes fascinaba, hasta el punto de encadenarnos en idolatría, pronto pierde poder. De esa manera, el don de la fe invita, y casi empuja, a una vida más sobria, más sencilla, más austera.

* La secuencia sigue: el corazón que depende menos de las complacencias y bienes del mundo es mucho más libre; ese don de libertad se traduce en disponibilidad, agilidad, capacidad de salir de sí y de darse a los demás. La alegría de sabernos amados se traduce entonces en celo por anunciar a otros los bienes recibidos.

Conversión Pastoral, 04 de 12, Alegría

[Retiro espiritual para sacerdotes de la Diócesis de Yopal, en Colombia; Enero de 2014.]

Tema 4 de 12: Alegría

* La alegría es la expresión de la respuesta que brota ante el exceso de amor que Dios ha manifestado “pues su divino poder nos ha concedido todo cuanto concierne a la vida y a la piedad, mediante el verdadero conocimiento de aquel que nos llamó por su gloria y excelencia” (2 Pedro 1,3).

* Es un contrasentido anunciar con tristeza una buena noticia. La evangelización sólo es posible desde una experiencia inicial de gozo; un gozo tan grande, que reclama ser compartido.

* Por el contrario, cuando la fe cristiana se quiere reducir a sus “resultados,” es decir, al tipo de comportamiento que debe garantizar, entonces la alegría se extingue y sólo queda el deber frío, el imperativo categórico kantiano, que puede complacer a nuestra razón pero que tiene todas las carencias de la Ley de Moisés.

* La alegría, en cambio, la verdadera alegría cristiana, se parece mucho a un genuino enamorarse: la persona que se sienta plena, e incluso desbordada por el amor de su pareja, simplemente no considera la posibilidad de ser infiel. En este sentido, la perseverancia fiel va ligada a un ministerio vivido con alegría y gratitud.

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Desde el comienzo, luces y sombras

El Patronato Real

El Patronato real fue históricamente el modo en que se articuló esta misión de la Corona de España hacia las Indias. El Patronato real sobre las Indias no fue sino una gran amplificación de la institución del patronato, desde antiguo conocida en el mundo cristiano: por él la Iglesia señalaba un conjunto de privilegios y obligaciones a los patronos o fundadores de templos o colegios, hospitales o monasterios, o a los promotores de importantes obras religiosas. El Padroao de los Reyes lusitanos fue el precedente inmediato al de la Corona española.

Por el real Patronato, los Reyes castellanos, como delegados del Papa, y sujetos a las leyes canónicas, asumieron así la administración general de la Iglesia en las Indias, con todo lo que ello implicaba: percepción de diezmos, fundación de diócesis, nombramientos de obispos, autorización y mantenimiento de los misioneros, construcción de templos, etc. Julio II, en la Bula Universalis Ecclesiæ, concedida a la Corona de Castilla en la persona de Fernando el Católico, dió la forma definitiva a este conjunto de derechos y deberes.

Pronto se crearon las primeras diócesis americanas, y las Capitulaciones de Burgos (1512) establecieron el estatuto primero de la Iglesia indiana. Cuando Roma vio con los años el volumen tan grande que iba cobrando la Iglesia en América, pretendió en 1568 suprimir el Patronato, pero Felipe II no lo permitió. Poco después, la Junta Magna de Madrid (1574) fue un verdadero congreso misional, en el que se impulsó la autonomía relativa de los obispos en las Indias para nombramientos y otras graves cuestiones. Las modernas Repúblicas hispanoamericanas mantuvieron el régimen del Patronato hasta el concilio Vaticano II, y en algunas todavía perdura, en la práctica al menos de algunas cuestiones.

Mal comienzo

España, en efecto, con la ayuda de Dios, era un pueblo bien dispuesto para acometer la empresa inmensa de civilizar y evangelizar el Nuevo Mundo. Sin embargo, a los comienzos, cuando todavía no existía una organización legal, ni se conocían las tierras, todavía envueltas en las nieblas de la ignorancia, el personalismo anárquico y la improvisación, la codicia y la violencia, amenazaron con pervertir en su misma raíz una acción grandiosa. Para empezar, Cristóbal Colón, con altos títulos y pocas cualidades de gobernante, fracasó en las Indias como Virrey Gobernador. Tampoco el comendador Bobadilla, que le sucedió en 1500, en Santo Domingo, capital de La Española, pudo hacer gran cosa con aquellos indios diezmados y desconcertados, y con unos cientos de españoles indisciplinados y divididos entre sí.

Alarmados los Reyes, enviaron en 1502 al comendador fray Nicolás de Ovando, con 12 franciscanos y 2.500 hombres de todo oficio y condición, Bartolomé de Las Casas entre ellos. En las Instrucciones de Granada (1501) los Reyes dieron a Ovando normas muy claras. Ellos querían tener en los indios vasallos libres, tan libres y bien tratados como los de Castilla:

«Primeramente, procuraréis con mucha diligencia las cosas del servicio de Dios… Porque Nos deseamos que los indios se conviertan a nuestra santa Fe católica, y sus almas se salven… Tendréis mucho cuidado de procurar, sin les hacer fuerza alguna, cómo los religiosos que allá están los informen y amonesten para ello con mucho amor… Otrosí: Procuraréis como los indios sea bien tratados, y puedan andar seguramente por toda la tierra, y ninguno les haga fuerza, ni los roben, ni hagan otro mal ni daño». Si los caciques conocen algún abuso, «que os lo hagan saber, porque vos lo castigaréis». Los tributos para el Rey han de ser con ellos convenidos, «de manera que ellos conozcan que no se les hace injusticia». En fin, si los oficiales reales hicieran algo malo, «quitarles heis el oficio, y castigarlos conforme a justicia… y en todo hacer como viéredes que cumple al servicio de Dios, y descargo de nuestras conciencias, y provecho de nuestras rentas, pues de vos hacemos toda la confianza» (Céspedes del Castillo, Textos n.14).

Ovando, caballero profeso de la orden de Alcántara, con gran energía, puso orden y mejoró notablemente la situación -Las Casas le elogia-, ganándose el respeto de todos. Pero en una campaña de sometimiento, en la región de Xaraguá, avisado de ciertos preparativos belicosos de los indios, ordenó una represalia preventiva, en la que fue muerta la reina Anacaona. La Reina Isabel alcanzó a saber esta salvajada, que ocasionó a Ovando, a su regreso, una grave reprobación por parte del Consejo Real.

El Testamento de Isabel la Católica

La reina Isabel veía que su vida se iba acabando, y con ésta y otras noticias estaba angustiada por la suerte de los indios, de modo que mes y medio después de hacer su Testamento, un día antes de morir, el 25 de noviembre de 1504, le añade un codicilo en el que expresa su última y más ardiente voluntad:

«De acuerdo a mis constantes deseos, y reconocidos en las Bulas que a este efecto se dieron, de enseñar, doctrinar buenas costumbres e instruir en la fe católica a los pueblos de las islas y tierras firmes del mar Océano, mando a la princesa, mi hija, y al príncipe, su marido, que así lo hayan y cumplan, e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, y non consientan ni den lugar que los indios, vecinos y moradores de las dichas Indias y tierra firme, ganadas y por ganar, reciban agravio alguno en sus personas y bienes, mas manden que sean bien y justamente tratados. Y si algún agravio han recibido, lo remedien y provean».El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.