Fray Nelson, además de saludarlo, quisiera hacerle la siguiente pregunta: ¿Cuál es la postura de la iglesia frente a síntomas de enfermedades mentales que se consideran como pecado? O dicho de otra forma, ¿Cómo entiende la iglesia esos pecados que han sido causados principalmente por una enfermedad mental? Agradezco su atención, quedo atento. Dios lo siga bendiciendo. — B.C.
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En el número 1754 del catecismo leemos que las circunstancias “…pueden también atenuar o aumentar la responsabilidad del que obra (como actuar por miedo a la muerte).” Si esto vale para condicionamientos más o menos externos, como puede ser una amenaza de muerte, mucho más se cumple cuando hablamos de condicionamientos más estables y profundos como pueden ser: la ignorancia invencible, o un estado mental de clara perturbación.
Si bien es lamentable que una persona que padece una enfermedad mental causa daño o incluso la muerte a otra persona, es evidente que la responsabilidad moral puede estar seriamente disminuida o incluso no existir en absoluto. De hecho, no solo la Iglesia sino que las leyes civiles y penales de muchos países así lo admiten.
Por supuesto, la evaluación específica del tipo de enfermedad mental y cuánta responsabilidad puede quitar es un tema distinto, que puede llegar a altos niveles de complejidad y de incertidumbre, sobre todo cuando la influencia de la enfermedad mental no es permanente sino en cierto modo por episodios.