Prepararse para lo improbable

Hacer una lista de lo imprevisto puede ser bastante frustrante. Es darse cuenta de cuántas cosas ya han sucedido sin que las viéramos venir: toda una colección de sorpresas, a veces gratas, y a veces no tanto.

Todavía más difícil es hacer la lista de lo imprevisible. Apenas contamos con algunas instancias de fenómenos que tal vez se repetirán y amplificarán en el futuro. ¿Cómo distinguir la señal del ruido? ¿Qué acontecimientos son simplemente marginales, y cuáles son signo de tendencias que después cobrarán fuerza? Cristo nos manda que leamos los signos de los tiempos pero nuestra capacidad de lectura no suele estar al nivel requerido para tal empeño.

Y sin embargo, la tarea hay que hacerla, y aún nuestras equivocaciones pueden al final traer algo bueno. En esa línea quiero presentar una breve lista de realidades nuevas que creo que deberían atraer la atención de nuestros pastores, y en general de todos los que amamos la Iglesia.

1. Hay que prepararse mejor para las entrevistas y sesiones de preguntas. Quiero saber: ¿Quién entrena a los obispos, los teólogos, o al Papa en esto de las entrevistas? No soy un experto pero creo que hay bastante espacio para mejorar aquí. Es preciso comprender que, de modo ordinario, los intereses del periodista y los del entrevistado están cruzados: al primero le interesa la novedad, el conflicto, incluso el escándalo; se supone que al segundo le preocupa más confirmar en la fe, ampliar un punto de vista mientras se afianza la certeza de las enseñanzas recibidas. En asuntos doctrinales lo que debe esperarse del ministro ordenado es firmeza, claridad y luego también buena pedagogía. No veo yo mucho entrenamiento real en esas exigencias. Continuar leyendo “Prepararse para lo improbable”

La autoridad como fuerza moral

396 La autoridad debe dejarse guiar por la ley moral: toda su dignidad deriva de ejercitarla en el ámbito del orden moral,804 « que tiene a Dios como primer principio y último fin ».805En razón de la necesaria referencia a este orden, que la precede y la funda, de sus finalidades y destinatarios, la autoridad no puede ser entendida como una fuerza determinada por criterios de carácter puramente sociológico e histórico: « Hay, en efecto, quienes osan negar la existencia de una ley moral objetiva, superior a la realidad externa y al hombre mismo, absolutamente necesaria y universal y, por último, igual para todos. Por esto, al no reconocer los hombres una única ley de justicia con valor universal, no pueden llegar en nada a un acuerdo pleno y seguro ».806 En este orden, « si se niega la idea de Dios, esos preceptos necesariamente se desintegran por completo ».807 Precisamente de este orden proceden la fuerza que la autoridad tiene para obligar 808 y su legitimidad moral; 809 no del arbitrio o de la voluntad de poder,810 y tiene el deber de traducir este orden en acciones concretas para alcanzar el bien común.811

397 La autoridad debe reconocer, respetar y promover los valores humanos y morales esenciales. Estos son innatos, « derivan de la verdad misma del ser humano y expresan y tutelan la dignidad de la persona. Son valores, por tanto, que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún Estado nunca pueden crear, modificar o destruir ».812 Estos valores no se fundan en « mayorías » de opinión, provisionales y mudables, sino que deben ser simplemente reconocidos, respetados y promovidos como elementos de una ley moral objetiva, ley natural inscrita en el corazón del hombre (cf. Rm 2,15), y punto de referencia normativo de la misma ley civil.813 Si, a causa de un trágico oscurecimiento de la conciencia colectiva, el escepticismo lograse poner en duda los principios fundamentales de la ley moral,814 el mismo ordenamiento estatal quedaría desprovisto de sus fundamentos, reduciéndose a un puro mecanismo de regulación pragmática de los diversos y contrapuestos intereses.815

398 La autoridad debe emitir leyes justas, es decir, conformes a la dignidad de la persona humana y a los dictámenes de la recta razón: « En tanto la ley humana es tal en cuanto es conforme a la recta razón y por tanto deriva de la ley eterna. Cuando por el contrario una ley está en contraste con la razón, se le denomina ley inicua; en tal caso cesa de ser ley y se convierte más bien en un acto de violencia ».816 La autoridad que gobierna según la razón pone al ciudadano en relación no tanto de sometimiento con respecto a otro hombre, cuanto más bien de obediencia al orden moral y, por tanto, a Dios mismo que es su fuente última.817Quien rechaza obedecer a la autoridad que actúa según el orden moral « se rebela contra el orden divino » (Rm 13,2).818 Análogamente la autoridad pública, que tiene su fundamento en la naturaleza humana y pertenece al orden preestablecido por Dios,819 si no actúa en orden al bien común, desatiende su fin propio y por ello mismo se hace ilegítima.

 

NOTAS para esta sección

804Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 74: AAS 58 (1966) 1095-1097.

805Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 270; cf. Pío XII, Radiomensaje de Navidad (24 de diciembre de 1944): AAS 37 (1945) 15; Catecismo de la Iglesia Católica, 2235.

806Juan XXIII, Carta enc. Mater et magistra: AAS 53 (1961) 449-450.

807Juan XXIII, Carta enc. Mater et magistra: AAS 53 (1961) 450.

808Cf. Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 269-270.

809Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 1902.

810Cf. Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 258-259.

811Cf. Pío XII, Carta enc. Summi Pontificatus: AAS 31 (1939) 432-433.

812Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae, 71: AAS 87 (1995) 483.

813Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae, 70: AAS 87 (1995) 481-483; Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 258-259. 279-280.

814Cf. Pío XII, Carta enc. Summi Pontificatus: AAS 31 (1939) 423.

815Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae, 70: AAS 87 (1995) 481-483; Id., Carta enc. Veritatis splendor, 97. 99: AAS 85(1993) 1209-1211; Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota Doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida pública (24 de noviembre de 2002), 5-6, Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 2002, pp. 11-14.

816Sto. Tomás de Aquino, Summa theologiae, I-II, q. 93, a. 3, ad 2um. Ed Leon. 7, 164: « Lex humana intantum habet rationem legis, inquantum est secundum rationem rectam: et secundum hoc manifestum est quod a lege aeterna derivatur. Inquantum vero a ratione recedit, sic dicitur lex iniqua: et sic non habet rationem legis, sed magis violentiae cuiusdam ».

817Cf. Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 270.

818Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 1899-1900.

819Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 74: AAS 58 (1966) 1095-1097;Catecismo de la Iglesia Católica, 1901.


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El futuro de la Iglesia reclama una participación más activa de los laicos

“”La mayoría de ustedes -continuó el Papa en Filadelfia- conocen la historia de santa Catalina Drexel, una de las grandes santas que esta Iglesia local ha dado. Cuando le habló al Papa León XIII de las necesidades de las misiones, el Papa… le preguntó intencionadamente: ”¿Y tú?, ¿qué vas a hacer?”. Esas palabras cambiaron la vida de Catalina, porque le recordaron que al final todo cristiano, hombre o mujer, en virtud del bautismo, ha recibido una misión. Cada uno de nosotros tiene que responder lo mejor que pueda al llamado del Señor para edificar su Cuerpo, la Iglesia”…”

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Después de tres años de prisión injusta, queda libre el P. Isaac Ramírez

Esto hay que divulgarlo porque las acusaciones contra sacerdotes son abundantes y muy sonoras. Pues nosotros levantamos la voz para decir que en este caso se sometió a un inocente a tres años de prisión injusta. Así lo registra el periódico no-confesional colombiano, EL ESPECTADOR:

Un grito de júbilo se escuchó en la sala 313 del complejo judicial de Paloquemao después que el juez 21 de conocimiento emitiera sentido de fallo absolutorio a favor del padre José Isaac Ramírez en el marco del proceso que se le adelantó por el delito de abuso sexual.

En el juicio, que duró más de tres años, el funcionaria judicial estableció que no se presentaron elementos de prueba suficientes para inferir la participación del párroco de la iglesia María Inmaculada del barrio La Primavera de Bosa en el abuso de un menor de 14 años.

En este sentido se tuvo en cuenta que el menor, quien era acolito del padre Ramírez, se retractó de los señalamientos hechos contra el sacerdote a quien en un principio acusó de ofrecerle regalos para que se dejara tocar de manera indebida.

El abogado Elmer Montaña, quien defiende los intereses del sacerdote, aseguró que “la Fiscalía no presentó ningún elemento material de prueba, ninguna evidencia física que permitiera respaldar la acusación que había formulado contra el padre”.

“Desde el primer momento le presentamos a la Fiscalía una serie informes y testimonios que dan de cuenta que el niño había sido manipulado e inducido para que diera esa primera declaración. Se cometieron serias irregularidades con la denuncia presentada por el papá”, explicó.

Igualmente se ordenó la libertad inmediata del sacerdote quien desde hace tres años se encuentra privado de su libertad en la cárcel La Modelo de Bogotá.

¿Falta de pluralismo?

“Algunos afirman que en la Iglesia hay poco pluralismo, porque se quita de sus puestos a quienes manifiestan honrada y sinceramente su disconformidad con la doctrina oficial…”

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Tiempo para oír barbaridades

Cuando escuches barbaridades, incluso si las dicen obispos y prelados de alto rango, no dejes de considerarlas barbaridades. Si un cardenal dice que debería aprobarse el divorcio, cosa que ya sucedió en el actual Sínodo por boca de Mons. Lacunza, y si da como gran argumento que el divorcio lo aprobó Moisés, de ese hecho debes deducir tres cosas:

1. Estamos mal en muchas cosas en la Iglesia Católica; hay que hacer oración y penitencia.

2. Se está cumpliendo lo que dijo la Biblia: “Y habrá de llegar un día en que ya no soporten la doctrina sana, antes bien se dediquen a buscar continuamente nuevos maestros amoldados a sus gustos y que halaguen sus oídos; y entonces, en lugar de complacerse en la verdad, volverán su atención hacia las fábulas.” (2 Timoteo 4,3)

3. No importa quién diga qué, es hora de aferrarnos a la Sagrada escritura y a esa guía inmejorable: el catecismo de la Iglesia Católica.

Reitero: hay que orar. Y orar. Y orar. Si pedimos insistentemente a Dios, él nos dará mejores pastores.

El fundamento de la autoridad política según el pensamiento de la Iglesia

393 La Iglesia se ha confrontado con diversas concepciones de la autoridad, teniendo siempre cuidado de defender y proponer un modelo fundado en la naturaleza social de las personas: « En efecto, como Dios ha creado a los hombres sociales por naturaleza y ninguna sociedad puede conservarse sin un jefe supremo que mueva a todos y a cada uno con un mismo impulso eficaz, encaminado al bien común, resulta necesaria en toda sociedad humana una autoridad que la dirija; una autoridad que, como la misma sociedad, surge y deriva de la naturaleza, y, por tanto, del mismo Dios, que es su autor ».799 La autoridad política es por tanto necesaria,800 en razón de las tareas que se le asignan y debe ser un componente positivo e insustituible de la convivencia civil.801

394 La autoridad política debe garantizar la vida ordenada y recta de la comunidad, sin suplantar la libre actividad de los personas y de los grupos, sino disciplinándola y orientándola hacia la realización del bien común, respetando y tutelando la independencia de los sujetos individuales y sociales. La autoridad política es el instrumento de coordinación y de dirección mediante el cual los particulares y los cuerpos intermedios se deben orientar hacia un orden cuyas relaciones, instituciones y procedimientos estén al servicio del crecimiento humano integral. El ejercicio de la autoridad política, en efecto, « así en la comunidad en cuanto tal como en las instituciones representativas, debe realizarse siempre dentro de los límites del orden moral para procurar el bien común —concebido dinámicamente— según el orden jurídico legítimamente establecido o por establecer. Es entonces cuando los ciudadanos están obligados en conciencia a obedecer ».802

395 El sujeto de la autoridad política es el pueblo, considerado en su totalidad como titular de la soberanía. El pueblo transfiere de diversos modos el ejercicio de su soberanía a aquellos que elige libremente como sus representantes, pero conserva la facultad de ejercitarla en el control de las acciones de los gobernantes y también en su sustitución, en caso de que no cumplan satisfactoriamente sus funciones. Si bien esto es un derecho válido en todo Estado y en cualquier régimen político, el sistema de la democracia, gracias a sus procedimientos de control, permite y garantiza su mejor actuación.803 El solo consenso popular, sin embargo, no es suficiente para considerar justas las modalidades del ejercicio de la autoridad política.

NOTAS para esta sección

799Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 269; cf. León XIII, Carta enc.Inmortale Dei: Acta Leonis XIII, 5 (1885) 120.

800Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 1898; Sto. Tomás de Aquino, De regno. Ad regem Cypri, I,1: Ed. Leon. 42, 450: « Si igitur naturale est homini quod in societate multorum uiuat, necesse est in omnibus esse aliquid per quod multitudo regatur. Multis enim existentibus hominibus et unoquoque id quod est sibi congruum prouidente, multitudo in diuersa dispergetur nisi etiam esset aliquid de eo quod ad bonum multitudinis pertinet curam habens, sicut et corpus hominis et cuiuslibet animalis deflueret nisi esset aliqua uis regitiua communis in corpore, quae ad bonum commune omnium membrorum intenderet. Quod considerans Salomon dixit: “Ubi non est gubernator, dissipabitur populus” ».

801Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 1897; Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 279.

802Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 74: AAS 58 (1966) 1096.

803Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 46: AAS 83 (1991) 850-851; Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 271.


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No habíamos tenido un combate tan abierto y claro como este

En la preparación y celebración del Sínodo de la Familia han sucedido muchas cosas. Unas cuantas, positivas; muchas otras preocupantes. El mejor archivo que conozco sobre por qué hay que preocuparse está en una serie de artículos escritos por Bruno Moreno a los que se puede acceder haciendo click aquí.

La razón de este breve escrito es recordar a todos nuestro deber de orar, especialmente con el Santo Rosario. La familia es el último refugio que queda antes de que los poderes de este mundo se abalancen sobre el individuo aislado y necesitado para venderle con mentiras cualquier veneno disfrazado de felicidad. Son horas de duro combate y nuestras plegarias y penitencias no deben faltar.

Es cierto que las decisiones finales no corresponden a los padres sinodales sino al Papa pero también es cierto que las fuerzas oscuras, algunas de las cuales ya han sido desenmascaradas, no perderán ocasión para presionar al máximo al Sucesor de Pedro. Algo parecido aconteció en 1968 con Pablo VI, y lo que tuvo que enfrentar aquel Papa, después de una opinión desastrosa de una amplia comisión de teólogos y obispos, fue tortura moral, desobediencia descarada, dolor interminable, hasta su muerte. No queremos algo así para el Papa Francisco y por eso hay que multiplicar las oraciones para que haya voces valientes y votaciones claras que muestren que la Iglesia Católica de nuestro tiempo no está dispuesta a arrodillarse frente a los poderes de este mundo. Si algunos de sus hijos, para vergüenza de todos, lo han hecho, esa no puede ser la postura del pueblo cristiano.

¿Qué penitencias y oraciones vas a ofrecer durante cada día del sínodo?

La convivencia basada en la amistad civil

390 El significado profundo de la convivencia civil y política no surge inmediatamente del elenco de los derechos y deberes de la persona. Esta convivencia adquiere todo su significado si está basada en la amistad civil y en la fraternidad.790 El campo del derecho, en efecto, es el de la tutela del interés y el respeto exterior, el de la protección de los bienes materiales y su distribución según reglas establecidas. El campo de la amistad, por el contrario, es el del desinterés, el desapego de los bienes materiales, la donación, la disponibilidad interior a las exigencias del otro.791 La amistad civil,792 así entendida, es la actuación más auténtica del principio de fraternidad, que es inseparable de los de libertad y de igualdad.793 Se trata de un principio que se ha quedado en gran parte sin practicar en las sociedades políticas modernas y contemporáneas, sobre todo a causa del influjo ejercido por las ideologías individualistas y colectivistas.

391 Una comunidad está sólidamente fundada cuando tiende a la promoción integral de la persona y del bien común. En este caso, el derecho se define, se respeta y se vive también según las modalidades de la solidaridad y la dedicación al prójimo. La justicia requiere que cada uno pueda gozar de sus propios bienes, de sus propios derechos, y puede ser considerada como la medida mínima del amor.794 La convivencia es tanto más humana cuanto más está caracterizada por el esfuerzo hacia una conciencia más madura del ideal al que ella debe tender, que es la « civilización del amor ».795

El hombre es una persona, no sólo un individuo.796 Con el término « persona » se indica « una naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío »797 es por tanto una realidad muy superior a la de un sujeto que se expresa en las necesidades producidas por la sola dimensión material. La persona humana, en efecto, aun cuando participa activamente en la tarea de satisfacer las necesidades en el seno de la sociedad familiar, civil y política, no encuentra su plena realización mientras no supera la lógica de la necesidad para proyectarse en la de la gratuidad y del don, que responde con mayor plenitud a su esencia y vocación comunitarias.

392 El precepto evangélico de la caridad ilumina a los cristianos sobre el significado más profundo de la convivencia política. La mejor manera de hacerla verdaderamente humana « es fomentar el sentido interior de la justicia, de la benevolencia y del servicio al bien común y robustecer las convicciones fundamentales en lo que toca a la naturaleza verdadera de la comunidad política y al fin, recto ejercicio y límites de los poderes públicos ».798 El objetivo que los creyentes deben proponerse es la realización de relaciones comunitarias entre las personas. La visión cristiana de la sociedad política otorga la máxima importancia al valor de la comunidad, ya sea como modelo organizativo de la convivencia, ya sea como estilo de vida cotidiana.

NOTAS para esta sección

790Cf. Sto. Tomás de Aquino, Sententiae Octavi Libri Ethicorum, lect. 1: Ed. Leon. 47, 443: « Est enim naturalis amicitia inter eos qui sunt unius gentis ad invicem, inquantum communicant in moribus et convictu. Quartam rationem ponit ibi: Videtur autem et civitates continere amicitia. Et dicit quod per amicitiam videntur conservari civitates. Unde legislatores magis student ad amicitiam conservandam inter cives quam etiam ad iustitiam, quam quandoque intermittunt, puta in poenis inferendis, ne dissensio oriatur. Et hoc patet per hoc quod concordia assimulatur amicitiae, quam quidem, scilicet concordiam, legislatores maxime appetunt, contentionem autem civium maxime expellunt, quasi inimicam salutis civitatis. Et quia tota moralis philosophia videtur ordinari ad bonum civile, ut in principio dictum est, pertinet ad moralem considerare de amicitia ».

791Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2212-2213.

792Cf. Sto. Tomás de Aquino, De regno. Ad regem Cypri, I, 10: Ed. Leon. 42, 461: « omnis autem amicitia super aliqua communione firmatur: eos enim qui conueniunt uel per nature originem uel per morum similitudinem uel per cuiuscumque communionem, uidemus amicitia coniungi… Non enim conseruatur amore, cum parua uel nulla sit amicitia subiectae multitudinis ad tyrannum, ut prehabitis patet ».

793« Libertad, igualdad, fraternidad » ha sido el lema de la Revolución Francesa. « En el fondo son ideas cristianas », afirmó Juan Pablo II durante su primer viaje a Francia: Homilíaen Le Bourget (1º de junio de 1980) 5: AAS 72 (1980) 720.

794Cf. Sto. Tomás de Aquino, Summa theologiae, I-II, q. 99: Ed. Leon. 7, 199-205; Id., II-II, q. 23, a.3, ad 1um: Ed. Leon. 8, 168.

795Pablo VI, Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1977: AAS 68 (1976) 709.

796Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2212.

797Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 259.

798Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 73: AAS 58 (1966) 1095.

 


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¿Es precisa la fe para la validez del matrimonio?

“El magisterio ordinario de los pontífices, la jurisprudencia consolidada de la Rota Romana y la doctrina común canónica señalan que para la celebración válida del matrimonio no se requiere un determinado grado de fe por parte de los contrayentes, sino que es suficiente la intención de celebrar verdadero matrimonio, que entre bautizados, por voluntad de Cristo, es sacramento. Es decir, la intención de celebrar matrimonio como Dios lo creó al principio es la intención de hacer lo que hace la Iglesia, y ésta es la intención necesaria para la administración válida de un sacramento…”

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Tutelar y promover los derechos humanos

388 Considerar a la persona humana como fundamento y fin de la comunidad política significa trabajar, ante todo, por el reconocimiento y el respeto de su dignidad mediante la tutela y la promoción de los derechos fundamentales e inalienables del hombre: « En la época actual se considera que el bien común consiste principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana ».787 En los derechos humanos están condensadas las principales exigencias morales y jurídicas que deben presidir la construcción de la comunidad política. Estos constituyen una norma objetiva que es el fundamento del derecho positivo y que no puede ser ignorada por la comunidad política, porque la persona es, desde el punto de vista ontológico y como finalidad, anterior a aquélla: el derecho positivo debe garantizar la satisfacción de las exigencias humanas fundamentales.

389 La comunidad política tiende al bien común cuando actúa a favor de la creación de un ambiente humano en el que se ofrezca a los ciudadanos la posibilidad del ejercicio real de los derechos humanos y del cumplimiento pleno de los respectivos deberes: « De hecho, la experiencia enseña que, cuando falta una acción apropiada de los poderes públicos en lo económico, lo político o lo cultural, se produce entre los ciudadanos, sobre todo en nuestra época, un mayor número de desigualdades en sectores cada vez más amplios, resultando así que los derechos y deberes de la persona humana carecen de toda eficacia práctica ».788

La plena realización del bien común requiere que la comunidad política desarrolle, en el ámbito de los derechos humanos, una doble y complementaria acción, de defensa y de promoción: debe « evitar, por un lado, que la preferencia dada a los derechos de algunos particulares o de determinados grupos venga a ser origen de una posición de privilegio en la Nación, y para soslayar, por otro, el peligro de que, por defender los derechos de todos, incurran en la absurda posición de impedir el pleno desarrollo de los derechos de cada uno ».789

NOTAS para esta sección

787Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 273; cf. Catecismo de la Iglesia Católica, 2237; Juan Pablo II, Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 2000, 6: AAS 92 (2000) 362; Id., Discurso a la Quincuagésima Asamblea General de las Naciones Unidas (5 de octubre de 1995), 3, Tipografía Vaticana, p. 7.

788Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 274.

789Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 275.


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Polonia se levanta en defensa de la familia según el plan de Dios

“En un comunicado publicado ayer en la web de la Conferencia Episcopal de Polonia, los obispos de la nación que dio al mundo a San Juan Pablo II, Papa, han dado a conocer cuál es su postura ante el próximo sínodo sobre la familia que tendrá lugar en Roma en el mes de octubre. Como en anteriores ocasiones, se muestran absolutamente fieles al magisterio de la Iglesia…”

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