[Conferencias en el curso de Teología Moral Social ofrecido en la Facultad de Teología de la Universidad Santo Tomás en el primer semestre de 2017.]
* Sobre la base del Compendio de Doctrina Social de la Iglesia Católica, esta parte trata de los restantes tres principios de la Justicia Social según el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, habiendo tratado el primero de estos principio en la entrada anterior.
* El segundo de los principios es el bien común, entendido como “el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección.” Cabe preguntarse si el bien común existe, dado que una versión alternativa sobre la convivencia social es la del “contrato social.” Según esta otra versión, difundida por autores como Rousseau o Hobbes, vivimos en sociedad sobre la base de una especie de pacto tácito, relativamente explicitado en documentos vinculantes como son las Constituciones Políticas de los países, pacto según el cual el individuo renuncia a parte de su pretensiones como contraprestación a las ventajas que tiene vivir con otros.
* Pero se puede demostrar que es razonable hablar del bien común. En efecto, el bien del individuo finalmente proviene de su crecimiento en la verdad y la bondad, y tanto una como otra son aditivas, de modo que lo verdadero es principio de unidad entre varios que conocen la verdad, y lo bueno es principio de cohesión entre los que buscan lo que es el bien.
* El tercero de los cuatro principios es la subsidiariedad, que consiste en respetar el derecho de existencia y de acción que tienen las instancias intermedias en una sociedad. En efecto, empezando por la familia, en la sociedad existen, y deben ser respetadas, instancias como la religión los partidos políticos, los centros de investigación, y muchas más. Pretender reducir la existencia de esas instancias es el caldo de cultivo para los totalitarismos, que pretenden gobernar las ideas, establecer los principios, plantar los afectos y los odios, decidir qué se puede discutir y qué no, y en fin, convertir a cada individuo en un producto del poder central.
* El cuarto principio es la solidaridad, que busca establecer puentes no sólo desde la obligación sino también desde la empatía, la compasión y la generosidad. Para entenderla correctamente hay que tener en cuenta que: (1) la solidaridad se refiere no sólo a los bienes materiales sino también a los culturales, intelectuales y religiosos; (2) la solidaridad no es asunto sólo de individuos sino de todas las instancias del tejidos social: debe existir pues la solidaridad de las empresas, de los grupos de fe, de las universidades, y demás; (3) la solidaridad, para ser genuina, no puede tratarse como una obligación, aunque en ocasiones hay la obligación de actuar pero no en razón de solidaridad sino de injusticia.