La Iglesia ante la deuda externa

450 El derecho al desarrollo debe tenerse en cuenta en las cuestiones vinculadas a la crisis deudora de muchos países pobres.944 Esta crisis tiene en su origen causas complejas de naturaleza diversa, tanto de carácter internacional —fluctuación de los cambios, especulación financiera, neocolonialismo económico— como internas a los países endeudados —corrupción, mala gestión del dinero público, utilización distorsionada de los préstamos recibidos—. Los mayores sufrimientos, atribuibles a cuestiones estructurales pero también a comportamientos personales, recaen sobre la población de los países endeudados y pobres, que no tiene culpa alguna. La comunidad internacional no puede desentenderse de semejante situación: incluso reafirmando el principio de que la deuda adquirida debe ser saldada, es necesario encontrar los caminos para no comprometer el « derecho fundamental de los pueblos a la subsistencia y al progreso ».945

NOTAS para esta sección

944Cf. Juan Pablo II, Carta ap. Tertio millennio adveniente, 51: AAS 87 (1995) 36: Id., Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1998, 4: AAS 90 (1998) 151-152; Id., Discurso a la Conferencia de la Unión Interparlamentaria (30 de noviembre de 1998): L’Osservatore Romano, edición española, 11 de diciembre de 1998, p. 8; Id., Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz 1999, 9: AAS 91 (1999) 383-384.

945Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 35: AAS 83 (1991) 838; cf. Pontificia Comisión « Iustitia et Pax », Al servicio de la comunidad humana: una consideración ética de la deuda internacional (27 de diciembre de 1986), Tipografía Políglota Vaticana, Ciudad del Vaticano 1986.


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