199 La libertad es, en el hombre, signo eminente de la imagen divina y, como consecuencia, signo de la sublime dignidad de cada persona humana: 435 « La libertad se ejercita en las relaciones entre los seres humanos. Toda persona humana, creada a imagen de Dios, tiene el derecho natural de ser reconocida como un ser libre y responsable. Todo hombre debe prestar a cada cual el respeto al que éste tiene derecho. El derecho al ejercicio de la libertad es una exigencia inseparable de la dignidad de la persona humana ».436 No se debe restringir el significado de la libertad, considerándola desde una perspectiva puramente individualista y reduciéndola a un ejercicio arbitrario e incontrolado de la propia autonomía personal: « Lejos de perfeccionarse en una total autarquía del yo y en la ausencia de relaciones, la libertad existe verdaderamente sólo cuando los lazos recíprocos, regulados por la verdad y la justicia, unen a las personas ».437 La comprensión de la libertad se vuelve profunda y amplia cuando ésta es tutelada, también a nivel social, en la totalidad de sus dimensiones.
200 El valor de la libertad, como expresión de la singularidad de cada persona humana, es respetado cuando a cada miembro de la sociedad le es permitido realizar su propia vocación personal; es decir, puede buscar la verdad y profesar las propias ideas religiosas, culturales y políticas; expresar sus propias opiniones; decidir su propio estado de vida y, dentro de lo posible, el propio trabajo; asumir iniciativas de carácter económico, social y político. Todo ello debe realizarse en el marco de un « sólido contexto jurídico »,438 dentro de los límites del bien común y del orden público y, en todos los casos, bajo el signo de la responsabilidad.
La libertad, por otra parte, debe ejercerse también como capacidad de rechazar lo que es moralmente negativo, cualquiera que sea la forma en que se presente,439 como capacidad de desapego efectivo de todo lo que puede obstaculizar el crecimiento personal, familiar y social. La plenitud de la libertad consiste en la capacidad de disponer de sí mismo con vistas al auténtico bien, en el horizonte del bien común universal.440
NOTAS para esta sección
435Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 17: AAS 58 (1966) 1037-1038; Catecismo de la Iglesia Católica, 1705. 1730; Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Libertatis conscientia, 28: AAS 79 (1987) 565.
436Catecismo de la Iglesia Católica, 1738.
437Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Libertatis conscientia, 26: AAS 79 (1987) 564-565.
438Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 42: AAS 83 (1991) 846. La afirmación se refiere a la iniciativa económica, sin embargo parece correcto ampliarlo a los otros ámbitos del actuar personal.
439Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 17: AAS 83 (1991) 814-815.
440Cf. Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris: AAS 55 (1963) 289-290.
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