¡Quedan pocos días para el final del Año de la Fe! (24 de Noviembre de 2013).
¿Cómo obtener –o lucrar, la Indulgencia Plenaria por el Año de la fe?
(Tomado del Decreto de la Penitenciaría Apostólica)
A) Cada vez que participen al menos en tres momentos de predicación durante las sagradas Misiones, o al menos, en tres lecciones sobre los actos del Concilio Vaticano II y sobre los artículos del Catecismo de la Iglesia en cualquier iglesia o lugar idóneo;
B) Cada vez que visiten en peregrinación una basílica papal, una catacumba cristiana o un lugar sagrado designado por el Ordinario del lugar para el Año de la fe (por ejemplo basílicas menores, santuarios marianos o de los apóstoles y patronos) y participen allí en una ceremonia sacra o, al menos, se recojan durante un tiempo en meditación y concluyan con el rezo del Padre nuestro, la Profesión de fe en cualquier forma legítima, las invocaciones a la Virgen María y, según el caso, a los santos apóstoles o patronos.
C) Cada vez, en los días determinados por el Ordinario del lugar para el Año de la fe, que participen en cualquier lugar sagrado en una solemne celebración eucarística o en la liturgia de las horas, añadiendo la Profesión de fe en cualquier forma legítima.
D) Un día, elegido libremente, durante el Año de la fe, para visitar el baptisterio o cualquier otro lugar donde recibieron el sacramento del Bautismo, si renuevan las promesas bautismales de cualquier forma legítima.
Los obispos diocesanos o eparquiales y los que están equiparados a ellos por derecho, en los días oportunos o con ocasión de las celebraciones principales, podrán impartir la Bendición Papal con la Indulgencia plenaria a los fieles que la reciban devotamente.
(Traducción del latín, para Zenit, por el Vatican Information Service)