La Mujer en la Vida de la Iglesia (8 de 9)

Nuevas Perspectivas

Su conclusión hasta ahora es que ni la Biblia, ni la Tradición, ni el Magisterio autorizan la ordenación de mujeres. ¿Significa eso que ellas no tienen ese derecho? ¿Nunca lo tendrán?

Bueno, ante todo, yo espero que no sea simplemente �mi� conclusión. Uno plantea argumentos y responde preguntas razonadamente porque quiere ir más allá de las opiniones o los gustos de cada quien. Y sobre lo otro que Ud. dice, creo que con respecto a la palabra “derecho” no terminamos de aclararnos.

Hay un punto básico, y es que no puede hablarse de un derecho sino sobre la base de una determinada potencia, en el sentido que Aristóteles daba a esta palabra. Hablamos aquí de potencia pasiva, porque no es algo que el ser se da sino de algo que puede llegar a ser.

Me explico: si yo no puedo volar, eso puede ser visto de dos maneras. Si presumo que yo debería poder volar, entonces hay un derecho del que soy privado; si descubro que yo no debería poder volar, entonces no hay un derecho del que haya sido privado, ni por tanto pienso que deba explicárseme por qué carezco de tal derecho. Yo no digo que he sido privado del derecho de volar. Es decir, el derecho presupone la existencia de la potencia, es decir, de algo que es propio de mi naturaleza y que me es debido.

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