{"id":74862,"date":"2019-10-18T16:10:52","date_gmt":"2019-10-18T21:10:52","guid":{"rendered":"http:\/\/fraynelson.com\/blog\/?p=74862"},"modified":"2019-10-18T16:10:52","modified_gmt":"2019-10-18T21:10:52","slug":"en-la-correccion-fraterna-debe-preceder-la-amonestacion-secreta-a-la-denuncia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/2019\/10\/18\/en-la-correccion-fraterna-debe-preceder-la-amonestacion-secreta-a-la-denuncia\/","title":{"rendered":"En la correcci\u00f3n fraterna, \u00bfdebe preceder la amonestaci\u00f3n secreta a la denuncia?"},"content":{"rendered":"<p>El tema de la denuncia p\u00fablica de los pecados exige una distinci\u00f3n, ya que los pecados pueden ser p\u00fablicos u ocultos. Si son p\u00fablicos, no hay que preocuparse solamente del remedio de quien pec\u00f3 para que se haga mejor, sino tambi\u00e9n de todos aquellos que pudieran conocer la falta, para evitar que sufran esc\u00e1ndalo. Por ello, este tipo de pecados debe ser recriminado p\u00fablicamente, a tenor de lo que escribe el Ap\u00f3stol en 1 Tim 5,20: Increpa delante de todos al que peca, para que los otros conciban temor. Esto se entiende de los pecados p\u00fablicos, seg\u00fan el parecer de San Agust\u00edn en el libro De verb. Dom.<\/p>\n<p>En cambio, si se trata de pecados ocultos, parece que debe tenerse en cuenta lo que dice el Se\u00f1or: Si tu hermano te ofendiere (Mt 18,15). En verdad, cuando te ofende en presencia de otros, no s\u00f3lo peca contra ti, sino tambi\u00e9n contra los otros a quienes ha causado perturbaci\u00f3n. Mas dado que incluso en los pecados ocultos se puede ofender al pr\u00f3jimo, es preciso establecer una distinci\u00f3n. Hay, en efecto, pecados ocultos que redundan en perjuicio corporal o espiritual del pr\u00f3jimo. Por ejemplo, si uno maquina la manera de entregar la ciudad al enemigo, o si el hereje privadamente aparta a los hombres de la fe. En esos casos, como quien peca ocultamente, peca no s\u00f3lo contra ti, sino tambi\u00e9n contra otros, se debe proceder inmediatamente a la denuncia para impedir tal da\u00f1o, a no ser que alguien tuviera buenas razones para creer que se podr\u00eda alejar ese mal con la recriminaci\u00f3n secreta. Pero hay tambi\u00e9n pecados secretos que solamente redundan en perjuicio de quien peca y de ti contra quien peca, porque resultas da\u00f1ado por quien comete el pecado o simplemente por conocimiento de ello. Entonces solamente hay que buscar el remedio del hermano delincuente. Como el m\u00e9dico del cuerpo intenta la salud corporal, si puede, sin cortar ning\u00fan miembro, y, si no puede, corta el miembro menos necesario para conservar la vida de todo el cuerpo, as\u00ed tambi\u00e9n, quien tiene inter\u00e9s por la correcci\u00f3n del hermano, debe, si puede, enmendarlo en su conciencia, salvaguardando su reputaci\u00f3n. Esta, en verdad, es \u00fatil, en primer lugar para el mismo que peca, no solamente en el plano temporal, en el que la p\u00e9rdida de la buena reputaci\u00f3n conlleva m\u00faltiples perjuicios, sino tambi\u00e9n en el plano espiritual, ya que el temor a la infamia aleja a muchos del pecado, de suerte que, cuando se sienten difamados, pecan sin freno. Por eso escribe San Jer\u00f3nimo: Ha de ser corregido el hermano a solas, no suceda que, al perder una vez el pudor y la verg\u00fcenza, se quede en el pecado. En segundo lugar se debe guardar la fama del hermano que ha pecado, ya que su deshonor repercute en los dem\u00e1s, como advierte San Agust\u00edn en la ep\u00edstola Ad Plebem Hipponensem: Cuando de alguno que profesa el santo nombre se deja o\u00edr falso crimen o se pone de manifiesto el verdadero, se insiste, se remueve, se intriga, para hacer creer que todos est\u00e1n en el mismo caso. Adem\u00e1s, sucede tambi\u00e9n que, hecho p\u00fablico el pecado de uno, otros se sienten inducidos a pecar. Pero como la conciencia debe ser preferida a la fama, ha querido Dios que, incluso con dispendio de la fama, la conciencia del hermano se librara del pecado por p\u00fablica denuncia.<\/p>\n<p>Es, pues, evidente que es de necesidad de precepto que la amonestaci\u00f3n secreta preceda a la denuncia p\u00fablica. (<em>S. Th., II-II, q.33, a.7, resp.<\/em>)<\/p>\n<hr \/>\n<p>[Estos fragmentos han sido tomados de la <em>Suma Teol\u00f3gica<\/em> de Santo Tom\u00e1s, en la segunda secci\u00f3n de la segunda parte. Pueden leerse en orden los fragmentos publicados haciendo clic <a href=\"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/categorias\/santo_tomas\/suma-teologica-fragmentos\/?order=ASC\">aqu\u00ed<\/a>.]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El tema de la denuncia p\u00fablica de los pecados exige una distinci\u00f3n, ya que los pecados pueden ser p\u00fablicos u ocultos. 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