{"id":66002,"date":"2018-10-09T01:32:31","date_gmt":"2018-10-09T06:32:31","guid":{"rendered":"http:\/\/fraynelson.com\/blog\/?p=66002"},"modified":"2018-10-08T09:36:30","modified_gmt":"2018-10-08T14:36:30","slug":"que-es-un-sinodo-de-obispos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/2018\/10\/09\/que-es-un-sinodo-de-obispos\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 es un s\u00ednodo de obispos?"},"content":{"rendered":"<p><em>Estos d\u00edas sale mucho en las noticias sobre el s\u00ednodo de los j\u00f3venes pero ya vi que en realidad son obispos que se re\u00fanen para hablar sobre los j\u00f3venes y la evangelizaci\u00f3n. Entonces me pregunt\u00e9, fray Nelson, \u00bfqu\u00e9 es un s\u00ednodo? \u00bfEs como una reuni\u00f3n de todos los obispos del mundo? &#8212; H.H.<\/em><\/p>\n<p>* * *<\/p>\n<p>AciPrensa tiene una magn\u00edfica respuesta:<\/p>\n<p> El S\u00ednodo de los Obispos es una instituci\u00f3n permanente, creada por el Papa Pablo VI (15 de septiembre de 1965), en respuesta a los deseos de los Padres del Concilio Vaticano II para mantener vivo el esp\u00edritu de colegialidad nacido de la experiencia conciliar.<\/p>\n<p>Etimol\u00f3gicamente hablando la palabra &#8220;s\u00ednodo&#8221;, derivada de los t\u00e9rminos griegos syn (que significa &#8220;juntos&#8221;) yhodos (que significa &#8220;camino&#8221;), expresa la idea de &#8220;caminar juntos&#8221;. Un S\u00ednodo es un encuentro religioso o asamblea en la que unos obispos, reunidos con el Santo Padre, tienen la oportunidad de intercambiarse mutuamente informaci\u00f3n y compartir experiencias, con el objetivo com\u00fan de buscar soluciones pastorales que tengan validez y aplicaci\u00f3n universal. El S\u00ednodo puede ser definido, en t\u00e9rminos generales, como una asamblea de obispos que representa al episcopado cat\u00f3lico y tiene como tarea ayudar al Papa en el gobierno de la Iglesia universal d\u00e1ndole su consejo. El Papa Juan Pablo II dec\u00eda que el S\u00ednodo es &#8220;una expresi\u00f3n particularmente fructuosa y un instrumento de la colegialidad episcopal&#8221; ( Discurso al Consejo de la Secretar\u00eda General del S\u00ednodo de los Obispos , 30 de abril de 1983: L&#8217;Osservatore Romano , 1 de mayo de 1983). Ya en la fase preparatoria del Concilio Vaticano II madur\u00f3 la idea de una estructura, todav\u00eda por determinar, que pudiera proporcionar a los obispos los medios para asistir al Papa en el gobierno de la Iglesia universal. El Cardenal Silvio Oddi, entonces Pro-Nuncio Apost\u00f3lico en la Rep\u00fablica \u00c1rabe Unida (Egipto), hizo una propuesta, el 15 de noviembre de 1959, para establecer un \u00f3rgano de gobierno central de la Iglesia o, usando sus palabras, &#8220;un \u00f3rgano consultivo&#8221;. Dec\u00eda: &#8220;Desde muchas partes del mundo llegan quejas de que la Iglesia no tenga, aparte de las Congregaciones, un \u00f3rgano permanente de consulta. Por tanto deber\u00eda establecerse una especie de &#8216;Concilio en miniatura&#8217; formado por personas de toda la Iglesia, que pueda reunirse peri\u00f3dicamente, al menos una vez al a\u00f1o, para tratar los problemas m\u00e1s importantes y sugerir nuevas posibles direcciones en la marcha de la Iglesia. Este \u00f3rgano abarcar\u00eda toda la Iglesia, al igual que las Conferencias episcopales re\u00fanen toda o parte de la jerarqu\u00eda de uno o varios pa\u00edses, y al igual que otros \u00f3rganos, como el Celam. (el Consejo Episcopal Latinoamericano), extienden su actividad en beneficio de todo un continente&#8221;.<\/p>\n<p>El Cardenal Bernardus Alfrink, Arzobispo de Utrecht, escribi\u00f3 el 22 de diciembre de 1959: &#8220;Con t\u00e9rminos claros proclama el Concilio que el gobierno de la Iglesia universal es, por derecho propio, ejercido por el colegio de los obispos con el Papa como cabeza. De aqu\u00ed se deduce que, por una aparte, el cuidado de la Iglesia universal es responsabilidad de cada obispo tomado singularmente y tambi\u00e9n, por otra parte, que todos los obispos participan en el gobierno de la Iglesia universal. Esto puede hacerse no solamente convocando un concilio ecum\u00e9nico, sino tambi\u00e9n creando nuevas instituciones. Un consejo permanente de obispos especializados, elegidos de toda la Iglesia, podr\u00eda encargarse de una funci\u00f3n legislativa en uni\u00f3n con el Sumo Pont\u00edfice y los cardenales de la Curia Romana. Las Congregaciones mantendr\u00edan entonces solamente un poder consultivo y ejecutivo&#8221;.<\/p>\n<p>Fue, sin embargo, el Papa Pablo VI, siendo todav\u00eda Arzobispo de Mil\u00e1n, quien dio fuerza a estas ideas. En el discurso conmemorativo con ocasi\u00f3n de la muerte del Papa Juan XXIII, hac\u00eda referencia a una &#8220;continua colaboraci\u00f3n del episcopado, todav\u00eda no efectiva, que permanecer\u00eda personal y unitiva, pero que tendr\u00eda la responsabilidad del gobierno de la Iglesia universal&#8221;.<\/p>\n<p>Elegido Papa, volvi\u00f3 al concepto de colaboraci\u00f3n en el colegio episcopal &#8211; los obispos en uni\u00f3n con el sucesor de S. Pedro en la responsabilidad del gobierno de la Iglesia universal &#8211; en el discurso a la Curia Romana (21 de septiembre de 1963), en la apertura de la segunda sesi\u00f3n del Concilio Vaticano II (29 de septiembre de 1963) y en la clausura de la misma (4 de diciembre de 1963).<\/p>\n<p>Finalmente, al concluir el discurso inaugural de la \u00faltima sesi\u00f3n del Concilio (14 de septiembre de 1965), el mismo Papa Pablo VI hizo p\u00fablica su intenci\u00f3n de instituir el S\u00ednodo de los Obispos con estas palabras: &#8220;Tenemos la alegr\u00eda de anunciaros Nos mismo la instituci\u00f3n, tan deseada por este Concilio, de un S\u00ednodo de los obispos, que, compuesto de obispos, nombrados la mayor parte por las Conferencias episcopales con nuestra aprobaci\u00f3n, ser\u00e1 convocado, seg\u00fan las necesidades de la Iglesia, por el Romano Pont\u00edfice, para su consulta y colaboraci\u00f3n, cuando, para el bien general de la Iglesia, le parezca a El oportuno. No es necesario a\u00f1adir que esta colaboraci\u00f3n del episcopado tiene que ser de gran beneficio a la Santa Sede y a toda la Iglesia, de modo particular al cotidiano trabajo de la Curia Romana, a la que estamos tan agradecidos por su valios\u00edsima ayuda, y de la que, como los obispos en sus di\u00f3cesis, tambi\u00e9n Nos tenemos permanentemente necesidad para nuestras solicitudes apost\u00f3licas. Las normas y dem\u00e1s informaci\u00f3n ser\u00e1n dadas a conocer cuanto antes a esta asamblea. Nos, no hemos querido privarnos del honor y de la satisfacci\u00f3n de daros esta sucinta comunicaci\u00f3n para testimoniaros una vez m\u00e1s personalmente nuestra confianza, y nuestra uni\u00f3n fraterna. Esta nueva instituci\u00f3n, singular y esperanzadora, la ponemos bajo la protecci\u00f3n de la Sant\u00edsima Virgen Mar\u00eda&#8221;.<\/p>\n<p>Al d\u00eda siguiente (15 de septiembre de 1965), al inicio de la 128\u00aa Congregaci\u00f3n general, el entonces Obispo Pericle Felici, Secretario General del Concilio, promulg\u00f3 el Motu Proprio Apostolica sollicitudo con el cual ven\u00eda oficialmente instituido el S\u00ednodo de los Obispos. La principal caracter\u00edstica del S\u00ednodo de los Obispos es el servicio a la comuni\u00f3n y a la colegialidad de todos los obispos con el Santo Padre. No es un organismo particular con limitada competencia como las Congregaciones y los Consejos de la Curia Romana. Tiene amplia competencia para tratar cualquier tema de acuerdo con el procedimiento establecido por el Santo Padre en la carta de convocaci\u00f3n. El S\u00ednodo de los Obispos con su Secretar\u00eda General permanente no forma parte de la Curia Romana y no depende de ella; sino que est\u00e1 directa y exclusivamente bajo la autoridad del Santo Padre, al cual permanece unido en el gobierno universal de la Iglesia.<\/p>\n<p>A\u00fan cuando el S\u00ednodo de los Obispos es una instituci\u00f3n de car\u00e1cter permanente, sus funciones y su concreta colaboraci\u00f3n no tienen tal car\u00e1cter. En otras palabras, el S\u00ednodo de los Obispos se re\u00fane y act\u00faa solo cuando el Santo Padre considera necesario y oportuno consultar al episcopado, el cual durante un encuentro sinodal expresa su opini\u00f3n &#8220;sobre argumentos de gran importancia y gravedad&#8221; (Pablo VI, Discurso a los Cardenales , 24 de junio de 1967). La finalidad de cada asamblea sinodal es vivir una experiencia de colegialidad entre el episcopado y el Santo Padre. A trav\u00e9s de la aceptaci\u00f3n del Santo Padre de las sugerencias o conclusiones de una determinada asamblea, el episcopado ejerce una actividad colegial que se aproxima pero que no coincide con aquella manifestada en un concilio ecum\u00e9nico. Esto es un resultado directo de varios factores: de una presencia de Padres provenientes del entero episcopado, de la convocaci\u00f3n de parte del Santo Padre y de &#8220;la unidad del episcopado, el cual, para ser uno, necesita una Cabeza del Colegio&#8221; (Juan Pablo II, Pastores gregis, 56), que es primero en el orden episcopal.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estos d\u00edas sale mucho en las noticias sobre el s\u00ednodo de los j\u00f3venes pero ya vi que en realidad son obispos que se re\u00fanen para hablar sobre los j\u00f3venes y la evangelizaci\u00f3n. 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