{"id":30152,"date":"2014-09-05T01:34:44","date_gmt":"2014-09-05T06:34:44","guid":{"rendered":"http:\/\/fraynelson.com\/blog\/?p=30152"},"modified":"2014-09-05T09:01:06","modified_gmt":"2014-09-05T14:01:06","slug":"la-familia-es-el-santuario-de-la-vida","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/2014\/09\/05\/la-familia-es-el-santuario-de-la-vida\/","title":{"rendered":"La familia es el santuario de la vida"},"content":{"rendered":"<p><strong>230 <\/strong>El amor conyugal est\u00e1 por su naturaleza abierto a la acogida de la vida.<sup>512<\/sup> En la tarea procreadora se revela de forma eminente la dignidad del ser humano, llamado a hacerse int\u00e9rprete de la bondad y de la fecundidad que proviene de Dios: \u00ab La paternidad y la maternidad humanas, a\u00fan siendo biol\u00f3gicamente parecidas a las de otros seres de la naturaleza, tienen en s\u00ed mismas, de manera esencial y exclusiva, una \u201csemejanza\u201d con Dios, sobre la que se funda la familia, entendida como comunidad de vida humana, como comunidad de personas unidas en el amor (communio personarum) \u00bb.<sup>513<\/sup><\/p>\n<p>La procreaci\u00f3n expresa la subjetividad social de la familia e inicia un dinamismo de amor y de solidaridad entre las generaciones que constituye la base de la sociedad. Es necesario redescubrir el valor social de part\u00edcula del bien com\u00fan insita en cada nuevo ser humano: cada ni\u00f1o \u00ab hace de s\u00ed mismo un don a los hermanos, hermanas, padres, a toda la familia. Su vida se convierte en don para los mismos donantes de la vida, los cuales no dejar\u00e1n de sentir la presencia del hijo, su participaci\u00f3n en la vida de ellos, su aportaci\u00f3n a su bien com\u00fan y al de la comunidad familiar \u00bb.<sup>514<\/sup><\/p>\n<p><strong>231 <\/strong>La familia fundada en el matrimonio es verdaderamente el santuario de la vida, \u00ab el \u00e1mbito donde la vida, don de Dios, puede ser acogida y protegida de manera adecuada contra los m\u00faltiples ataques a los que est\u00e1 expuesta, y puede desarrollarse seg\u00fan las exigencias de un aut\u00e9ntico crecimiento humano \u00bb.<sup>515<\/sup> La funci\u00f3n de la familia es determinante e insustituible en la promoci\u00f3n y construcci\u00f3n de la cultura de la vida,<sup>516<\/sup> contra la difusi\u00f3n de una \u00ab \u201canticivilizaci\u00f3n\u201d destructora, como demuestran hoy tantas tendencias y situaciones de hecho \u00bb.<sup>517<\/sup><\/p>\n<p>Las familias cristianas tienen, en virtud del sacramento recibido, la peculiar misi\u00f3n de ser testigos y anunciadoras del Evangelio de la vida. Es un compromiso que adquiere, en la sociedad, el valor de verdadera y valiente profec\u00eda. Por este motivo, \u00ab servir el Evangelio de la vida supone que las familias, participando especialmente en asociaciones familiares, trabajan para que las leyes e instituciones del Estado no violen de ning\u00fan modo el derecho a la vida, desde la concepci\u00f3n hasta la muerte natural, sino que la defiendan y promuevan \u00bb.<sup>518<\/sup><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p><strong>232 <\/strong>La familia contribuye de modo eminente al bien social por medio de la paternidad y la maternidad responsables, formas peculiares de la especial participaci\u00f3n de los c\u00f3nyuges en la obra creadora de Dios.<sup>519<\/sup> La carga que conlleva esta responsabilidad, no se puede invocar para justificar posturas ego\u00edstas, sino que debe guiar las opciones de los c\u00f3nyuges hacia una generosa acogida de la vida: \u00ab En relaci\u00f3n con las condiciones f\u00edsicas, econ\u00f3micas, psicol\u00f3gicas y sociales, la paternidad responsable se pone en pr\u00e1ctica, ya sea con la deliberaci\u00f3n ponderada y generosa de tener una familia numerosa, ya sea con la decisi\u00f3n, tomada por graves motivos y en el respeto de la ley moral, de evitar un nuevo nacimiento durante<\/p>\n<p>alg\u00fan tiempo o por tiempo indefinido \u00bb.<sup>520<\/sup> Las motivaciones que deben guiar a los esposos en el ejercicio responsable de la paternidad y de la maternidad, derivan del pleno reconocimiento de los propios deberes hacia Dios, hacia s\u00ed mismos, hacia la familia y hacia la sociedad, en una justa jerarqu\u00eda de valores.<\/p>\n<p><strong>233 <\/strong>En cuanto a los \u00ab medios \u00bb para la procreaci\u00f3n responsable, se han de rechazar como moralmente il\u00edcitos tanto la esterilizaci\u00f3n como el aborto.<sup>521<\/sup> Este \u00faltimo, en particular, es un delito abominable y constituye siempre un desorden moral particularmente grave; <sup>522<\/sup> lejos de ser un derecho, es m\u00e1s bien un triste fen\u00f3meno que contribuye gravemente a la difusi\u00f3n de una mentalidad contra la vida, amenazando peligrosamente la convivencia social justa y democr\u00e1tica.<sup>523<\/sup><\/p>\n<p>Se ha de rechazar tambi\u00e9n el recurso a los medios contraceptivos en sus diversas formas.<sup>524<\/sup> Este rechazo deriva de una concepci\u00f3n correcta e \u00edntegra de la persona y de la sexualidad humana,<sup>525<\/sup> y tiene el valor de una instancia moral en defensa del verdadero desarrollo de los pueblos.<sup>526<\/sup> Las mismas razones de orden antropol\u00f3gico, justifican, en cambio, como l\u00edcito el recurso a la abstinencia en los per\u00edodos de fertilidad femenina.<sup>527<\/sup> Rechazar la contracepci\u00f3n y recurrir a los m\u00e9todos naturales de regulaci\u00f3n de la natalidad comporta la decisi\u00f3n de vivir las relaciones interpersonales entre los c\u00f3nyuges con rec\u00edproco respeto y total acogida; de ah\u00ed derivar\u00e1n tambi\u00e9n consecuencias positivas para la realizaci\u00f3n de un orden social m\u00e1s humano.<\/p>\n<p><strong>234 <\/strong>El juicio acerca del intervalo entre los nacimientos y el n\u00famero de los hijos corresponde solamente a los esposos. Este es uno de sus derechos inalienables, que ejercen ante Dios, considerando los deberes para consigo mismos, con los hijos ya nacidos, la familia y la sociedad.<sup>528<\/sup> La intervenci\u00f3n del poder p\u00fablico, en el \u00e1mbito de su competencia, para la difusi\u00f3n de una informaci\u00f3n apropiada y la adopci\u00f3n de oportunas medidas demogr\u00e1ficas, debe cumplirse respetando las personas y la libertad de las parejas: no puede jam\u00e1s sustituir sus decisiones; <sup>529<\/sup> tanto menos lo pueden hacer las diversas organizaciones que trabajan en este campo.<\/p>\n<p>Son moralmente condenables, como atentados a la dignidad de la persona y de la familia, los programas de ayuda econ\u00f3mica destinados a financiar campa\u00f1as de esterilizaci\u00f3n y anticoncepci\u00f3n o subordinados a la aceptaci\u00f3n de dichas campa\u00f1as. La soluci\u00f3n de las cuestiones relacionadas con el crecimiento demogr\u00e1fico se debe buscar, m\u00e1s bien, respetando contempor\u00e1neamente la moral sexual y la social, promoviendo una mayor justicia y una aut\u00e9ntica solidaridad para dar en todas partes dignidad a la vida, comenzando por las condiciones econ\u00f3micas, sociales y culturales.<\/p>\n<p><strong>235 <\/strong>El deseo de maternidad y paternidad no justifica ning\u00fan \u00ab derecho al hijo \u00bb, en cambio, son evidentes los derechos de quien a\u00fan no ha nacido, al que se deben garantizar las mejores condiciones de existencia, mediante la estabilidad de la familia fundada sobre el matrimonio y la complementariedad de las dos figuras, paterna y materna.<sup>530<\/sup> El acelerado desarrollo de la investigaci\u00f3n y de sus aplicaciones t\u00e9cnicas en el campo de la reproducci\u00f3n, plantea nuevas y delicadas cuestiones que exigen la intervenci\u00f3n de la sociedad y la existencia de normas que regulen este \u00e1mbito de la convivencia humana.<\/p>\n<p>Es necesario reafirmar que no son moralmente aceptables todas aquellas t\u00e9cnicas de reproducci\u00f3n \u2014como la donaci\u00f3n de esperma o de \u00f3vulos; la maternidad sustitutiva; la fecundaci\u00f3n artificial heter\u00f3loga\u2014 en las que se recurre al \u00fatero o a los gametos de personas extra\u00f1as a los c\u00f3nyuges. Estas pr\u00e1cticas da\u00f1an el derecho del hijo a nacer de un padre y de una madre que lo sean tanto desde el punto de vista biol\u00f3gico como jur\u00eddico. Tambi\u00e9n son reprobables las pr\u00e1cticas que separan el acto unitivo del procreativo mediante t\u00e9cnicas de laboratorio, como la inseminaci\u00f3n y la fecundaci\u00f3n artificial hom\u00f3loga, de forma que el hijo aparece m\u00e1s como el resultado de un acto t\u00e9cnico, que como el fruto natural del acto humano de donaci\u00f3n plena y total de los esposos.<sup>531<\/sup> Evitar el recurso a las diversas formas de la llamada procreaci\u00f3n asistida, la cual sustituye el acto conyugal, significa respetar \u2014tanto en los mismos padres como en los hijos que pretenden generar\u2014 la dignidad integral de la persona humana.<sup>532<\/sup> Son l\u00edcitos, en cambio, los medios que se configuran como ayuda al acto conyugal o en orden a lograr sus efectos.<sup>533<\/sup><\/p>\n<p><strong>236 <\/strong>Una cuesti\u00f3n de particular importancia social y cultural, por las m\u00faltiples y graves implicaciones morales que presenta, es la clonaci\u00f3n humana, t\u00e9rmino que, de por s\u00ed, en sentido general, significa reproducci\u00f3n de una entidad biol\u00f3gica gen\u00e9ticamente id\u00e9ntica a la originante. La clonaci\u00f3n ha adquirido, tanto en el pensamiento como en la praxis experimental, diversos significados que suponen, a su vez, procedimientos diversos desde el punto de vista de las modalidades t\u00e9cnicas de realizaci\u00f3n, as\u00ed como finalidades diferentes. Puede significar la simple replicaci\u00f3n en laboratorio de c\u00e9lulas o de porciones de ADN. Pero hoy espec\u00edficamente se entiende por clonaci\u00f3n la reproducci\u00f3n de individuos, en estado embrional, con modalidades diversas de la fecundaci\u00f3n natural y en modo que sean gen\u00e9ticamente id\u00e9nticos al individuo del que se originan. Este tipo de clonaci\u00f3n puede tener una finalidad reproductiva de embriones humanos o una finalidad, llamada terap\u00e9utica, que tiende a utilizar estos embriones para fines de investigaci\u00f3n cient\u00edfica o, m\u00e1s espec\u00edficamente, para la producci\u00f3n de c\u00e9lulas estaminales.<\/p>\n<p>Desde el punto de vista \u00e9tico, la simple replicaci\u00f3n de c\u00e9lulas normales o de porciones del ADN no presenta problemas particulares. Muy diferente es el juicio del Magisterio acerca de la clonaci\u00f3n propiamente dicha. \u00c9sta es contraria a la dignidad de la procreaci\u00f3n humana porque se realiza en ausencia total del acto de amor personal entre los esposos, trat\u00e1ndose de una reproducci\u00f3n ag\u00e1mica y asexual.<sup>534<\/sup> En segundo lugar, este tipo de reproducci\u00f3n representa una forma de dominio total sobre el individuo reproducido por parte de quien lo reproduce.<sup>535<\/sup> El hecho que la clonaci\u00f3n se realice para reproducir embriones de los cuales extraer c\u00e9lulas que puedan usarse con fines terap\u00e9uticos no aten\u00faa la gravedad moral, porque adem\u00e1s para extraer tales c\u00e9lulas el embri\u00f3n primero debe ser producido y despu\u00e9s eliminado.<sup>536<\/sup><\/p>\n<p><strong>237 <\/strong>Los padres, como ministros de la vida, nunca deben olvidar que la dimensi\u00f3n espiritual de la procreaci\u00f3n merece una consideraci\u00f3n superior a la reservada a cualquier otro aspecto: \u00ab La paternidad y la maternidad representan un cometido de naturaleza no simplemente f\u00edsica, sino espiritual; en efecto, por ellas pasa la genealog\u00eda de la persona, que tiene su inicio eterno en Dios y que debe conducir a \u00c9l \u00bb.<sup>537<\/sup> Acogiendo la vida humana en la unidad de sus dimensiones, f\u00edsicas y espirituales, las familias contribuyen a la \u00ab comuni\u00f3n de las generaciones \u00bb, y dan as\u00ed una contribuci\u00f3n esencial e insustituible al desarrollo de la sociedad. Por esta raz\u00f3n, \u00ab la familia tiene derecho a la asistencia de la sociedad en lo referente a sus deberes en la procreaci\u00f3n y educaci\u00f3n de los hijos. Las parejas casadas con familia numerosa, tienen derecho a una ayuda adecuada y no deben ser discriminadas \u00bb.<sup>538<\/sup><\/p>\n<p><strong>NOTAS para esta secci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><sup>512<\/sup>Cf. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 1652.<\/p>\n<p><sup>513<\/sup>Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 6: AAS 86 (1994) 874; cf. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2366.<\/p>\n<p><sup>514<\/sup>Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 11: AAS 86 (1994) 884.<\/p>\n<p><sup>515<\/sup>Juan Pablo II, Carta enc. Centesimus annus, 39: AAS 83 (1991) 842.<\/p>\n<p><sup>516<\/sup>Cf. Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae, 92: AAS 87 (1995) 505-507.<\/p>\n<p><sup>517<\/sup>Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 13: AAS 86 (1994) 891.<\/p>\n<p><sup>518<\/sup>Juan Pablo II, Carta enc. Evangelium vitae, 93: AAS 87 (1995) 507-508.<\/p>\n<p><sup>519<\/sup>Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 50: AAS 58 (1966) 1070-1072; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2367.<\/p>\n<p><sup>520<\/sup>Pablo VI, Carta enc. Humanae vitae, 10: AAS 60 (1968) 487; cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 50: AAS 58 (1966) 1070-1072.<\/p>\n<p><sup>521<\/sup>Cf. Pablo VI, Carta enc. Humanae vitae, 14: AAS 60 (1968) 490-491.<\/p>\n<p><sup>522<\/sup>Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 51: AAS 58 (1966) 1072-1073; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2271-2272; Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 21: AAS 86 (1994) 919-920; Id., Carta enc. Evangelium vitae, 58.59.61-62: AAS 87 (1995) 466-468. 470-472.<\/p>\n<p><sup>523<\/sup>Cf. Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 21: AAS 86 (1994) 919-920; Id., Carta enc. Evangelium vitae, 72.101: AAS 87 (1995) 484-485. 516-<sup>518<\/sup>; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2273.<\/p>\n<p><sup>524<\/sup>Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 51: AAS 58 (1966) 1072-1073; Pablo VI, Carta enc. Humanae vitae, 14: AAS 60 (1968) 490-491; Juan Pablo II, Exh. ap. Familiaris consortio, 32: AAS 74 (1982) 118-120; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2370. P\u00edo XI, Carta enc. Casti connubii (31 de diciembre de 1930): AAS 22 (1930) 559-561.<\/p>\n<p><sup>525<\/sup>Cf. Pablo VI, Carta enc. Humanae vitae, 7: AAS 60 (1968) 485; Juan Pablo II, Exh. ap. Familiaris consortio, 32: AAS 74 (1982) 118-120.<\/p>\n<p><sup>526<\/sup>Cf. Pablo VI, Carta enc. Humanae vitae, 17: AAS 60 (1968) 493-494.<\/p>\n<p><sup>527<\/sup>Cf. Pablo VI, Carta enc. Humanae vitae, 16: AAS 60 (1968) 491-492; Juan Pablo II, Exh. ap. Familiaris consortio, 32: AAS 74 (1982) 118-120; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2370.<\/p>\n<p><sup>528<\/sup>Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 50: AAS 58 (1966) 1070-1072; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2368; Pablo VI, Carta enc. Populorum progressio, 37: AAS 59 (1967) 275-276.<\/p>\n<p><sup>529<\/sup>Cf. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2372.<\/p>\n<p><sup>530<\/sup>Cf. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2378.<\/p>\n<p><sup>531<\/sup>Cf. Congregaci\u00f3n para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae (22 de febrero de 1987) II\/2.3.5: AAS 80 (1988) 88-89.92-94; Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2376-2377.<\/p>\n<p><sup>532<\/sup>Cf. Congregaci\u00f3n para Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae (22 de febrero de 1987), II\/7: AAS 80 (1988) 95-96.<\/p>\n<p><sup>533<\/sup>Cf. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 2375.<\/p>\n<p><sup>534<\/sup>Cf. Juan Pablo II, Discurso a la Pontificia Academia para la Vida (21 de febrero de 2004), 2: AAS 96 (2004) 418.<\/p>\n<p><sup>535<\/sup>Cf. Pontificia Academia para la Vida, Reflexiones sobre la clonaci\u00f3n, Libreria Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 1997; Pontificio Consejo \u00ab Justicia y Paz \u00bb, La Iglesia ante el Racismo. Para una sociedad m\u00e1s fraterna. Contribuci\u00f3n de la Santa Sede a la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminaci\u00f3n Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, 21, Tipograf\u00eda Vaticana, Ciudad del Vaticano 2001, p. 23.<\/p>\n<p><sup>536<\/sup>Cf. Juan Pablo II, Discurso al XVIII Congreso Internacional de la Sociedad de Trasplantes (29 de agosto de 2000), 8: AAS 92 (2000) 826.<\/p>\n<p><sup>537<\/sup>Juan Pablo II, Carta a las Familias Gratissimam sane, 10: AAS 86 (1994) 881.<\/p>\n<p><sup>538<\/sup>Santa Sede, Carta de los derechos de la familia, art. 3, c, Tipograf\u00eda Pol\u00edglota Vaticana, Ciudad del Vaticano 1983, p. 9. La Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos del Hombre afirma que \u00ab La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protecci\u00f3n de la sociedad y del Estado \u00bb (Art. 16,3): Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos del Hombre, www.unhchr.ch\/udhr\/lang\/spn.html<\/p>\n<p><em>Este Compendio se publica \u00edntegramente, por entregas, <a href=\"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/categorias\/iglesia-catolica\/biblioteca-vaticana\/compendio-de-doctrina-social\/?order=ASC\">aqu\u00ed<\/a>.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>230 El amor conyugal est\u00e1 por su naturaleza abierto a la acogida de la vida.512 En la tarea procreadora se revela de forma eminente la dignidad del ser humano, llamado a hacerse int\u00e9rprete de la bondad y de la fecundidad que proviene de Dios: \u00ab La paternidad y la maternidad humanas, a\u00fan siendo biol\u00f3gicamente parecidas &hellip; <\/p>\n<p class=\"link-more\"><a href=\"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/2014\/09\/05\/la-familia-es-el-santuario-de-la-vida\/\" class=\"more-link\">Continuar leyendo<span class=\"screen-reader-text\"> &#8220;La familia es el santuario de la vida&#8221;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1138,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1050,558,355,50],"tags":[],"class_list":["post-30152","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-compendio-de-doctrina-social","category-defensa_de_la_vida","category-familia","category-mujer-familia"],"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30152","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1138"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=30152"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30152\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":30156,"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/30152\/revisions\/30156"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=30152"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=30152"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=30152"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}