{"id":25398,"date":"2014-01-29T01:12:49","date_gmt":"2014-01-29T06:12:49","guid":{"rendered":"http:\/\/fraynelson.com\/blog\/?p=25398"},"modified":"2014-01-27T14:24:25","modified_gmt":"2014-01-27T19:24:25","slug":"la-encomienda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/2014\/01\/29\/la-encomienda\/","title":{"rendered":"La encomienda"},"content":{"rendered":"<p>La <em>encomienda<\/em> fue en el XVI la clave de todas las discusiones sobre <em>el problema social<\/em> de los indios en Am\u00e9rica. Cuando los espa\u00f1oles llegaron a las Indias, aquel inmenso continente, de posibilidades formidables en la agricultura, ganader\u00eda y miner\u00eda, estaba pr\u00e1cticamente sin explotar. La mayor\u00eda de los indios eran selv\u00e1ticos, pero los mismos ind\u00edgenas m\u00e1s desarrollados, como aztecas e incas, ten\u00edan muy reducidas sus \u00e1reas de cultivo, pues ignoraban el arado, la rueda, no ten\u00edan animal alguno de tracci\u00f3n, y desconoc\u00edan en general las t\u00e9cnicas que hacen posibles los amplios cultivos agropecuarios.<\/p>\n<p>Pero, sobre todo, ignoraban las formidables posibilidades creativas de un trabajo humano fijo y diario, organizado y sistem\u00e1tico. As\u00ed las cosas, \u00bfc\u00f3mo hispanos e indios pod\u00edan <em>colaborar<\/em>, asociados en un gigantesco trabajo com\u00fan, que aunase la t\u00e9cnica e iniciativa <em>moderna<\/em> y la fuerza y habilidad de los indios? \u00bfC\u00f3mo establecer un sistema laboral que permitiese multiplicar la producci\u00f3n, como as\u00ed sucedi\u00f3, por diez o por cien en unos pocos decenios?&#8230;<\/p>\n<p>Prohibida la esclavitud por la Corona, se fue imponiendo desde el principio, con una u otra forma, el sistema de <em>la encomienda<\/em>, que ya ten\u00eda antecedentes en el Derecho Romano, en las leyes castellanas medievales y en algunas costumbres ind\u00edgenas. Sol\u00f3rzano la define as\u00ed: \u00abUn derecho concedido por merced real a los benem\u00e9ritos de las Indias para recibir y cobrar para s\u00ed los tributos de los indios que se le encomendaren por su vida y la de un heredero, con cargo de cuidar de los indios en lo espiritual y defender las provincias donde fueren encomendados\u00bb (<em>Pol\u00edtica indiana<\/em> II,8). Carlos Alvear Acevedo, historiador mexicano actual -cuya <em>Historia de M\u00e9xico<\/em>, por cierto, en 1986 hab\u00eda tenido ya 40 ediciones- describe as\u00ed la encomienda:<\/p>\n<p>\u00abUn grupo de familias de indios, que viv\u00edan en sus lugares de costumbre, que dispon\u00edan de la propiedad de sus tierras y que contaban con la autoridad de sus mismos caciques, fueron sometidas al gobierno de un espa\u00f1ol. Los indios eran los encomendados. El espa\u00f1ol era el encomendero\u00bb (161).<\/p>\n<p>Unos y otros ten\u00edan sus derechos y obligaciones. El encomendero ten\u00eda la obligaci\u00f3n de dirigir el trabajo de los indios, de cuidarles, y de procurarles instrucci\u00f3n religiosa, al mismo tiempo que ten\u00eda el derecho de percibir de los indios un tributo. <\/p>\n<p>Aun conscientes de los muchos peligros de abusos que tal sistema entra\u00f1aba, Cort\u00e9s, los gobernantes de la Corona, y en general los misioneros, concretamente los franciscanos, aceptaron la encomienda, y se preocuparon de su moderaci\u00f3n y humanizaci\u00f3n. A la vista de las circunstancias reales, estimaron que sin la encomienda apenas era posible la presencia de los espa\u00f1oles en la India, y que sin tal presencia corr\u00eda muy grave peligro no s\u00f3lo la civilizaci\u00f3n y humanizaci\u00f3n del continente, sino la misma evangelizaci\u00f3n. Por eso, cuando las <em>Leyes Nuevas<\/em> de 1542, bajo el influjo de Las Casas, quisieron terminar con ellas, los superiores de las tres Ordenes misioneras principales, franciscanos, dominicos y agustinos, intercedieron ante Carlos I para que no se aplicase tal norma. <\/p>\n<p>De todos modos, la instituci\u00f3n de la encomienda siempre fue criticada y moderada por los misioneros, que ve\u00edan en ella una ocasi\u00f3n para m\u00faltiples abusos, y siempre fue restringida por la Corona, en parte por escr\u00fapulos de conciencia, y en parte porque, como se\u00f1ala C\u00e9spedes del Castillo, \u00abno pod\u00eda tolerar la aparici\u00f3n [en Am\u00e9rica] de una nueva aristocracia se\u00f1orial y con ribetes de feudal que, si lograba afirmarse, no habr\u00eda modo de controlar desde el otro lado del Atl\u00e1ntico\u00bb.<\/p>\n<p>Por eso, las leyes espa\u00f1olas de Indias, siempre con el apoyo de los misioneros, fueron siempre muy restrictivas, haciendo que la <em>encomienda de servicio<\/em> fuera derivando a ser <em>encomienda de tributo<\/em>, \u00absin que el encomendero tenga contacto con los indios ni autoridad sobre ellos\u00bb (<em>Am\u00e9rica hisp.<\/em> 92-93).<\/p>\n<p>J. H. Elliot explica bien esta importante cuesti\u00f3n: \u00abPara una Corona deseosa de consolidar y asegurar su propio control sobre los territorios recientemente adquiridos, el auge de la esclavitud y del sistema de encomienda constitu\u00eda un serio peligro. Desde el principio, Fernando e Isabel se hab\u00edan mostrado decididos a evitar el desarrollo, en el Nuevo Mundo, de las tendencias feudales que durante tanto tiempo hab\u00edan minado, en Castilla, el poder de la Corona. Reservaron para \u00e9sta todas las tierras no ocupadas por los ind\u00edgenas, con la intenci\u00f3n de evitar la repetici\u00f3n de los hechos del primer per\u00edodo de la Reconquista, cuando las tierras abandonadas fueron ocupadas por la iniciativa privada sin t\u00edtulos legales. Al hacer el reparto de las tierras tuvieron mucho cuidado en limitar la extensi\u00f3n concedida a cada individuo, para prevenir as\u00ed la acumulaci\u00f3n, en el Nuevo Mundo, de extensas propiedades seg\u00fan el modelo andaluz [&#8230;]<\/p>\n<p>\u00abEl desarrollo del sistema de la encomienda, sin embargo, pod\u00eda frustrar perfectamente los planes de la Corona. Exist\u00edan afinidades naturales entre la encomienda y el feudo, y se corr\u00eda el peligro de que los encomenderos llegaran a convertirse en una poderosa casta hereditaria. Durante los primeros a\u00f1os de la conquista la Corte se vio inundada de solicitudes de creaci\u00f3n de <em>se\u00f1or\u00edos indianos<\/em> y de perpetuaci\u00f3n de encomiendas en las familias de los primeros encomenderos. Con notable habilidad, el Gobierno se las arregl\u00f3 para dar de lado a estas peticiones y retrasar las decisiones que los colonizadores aguardaban con ansiedad. Debido a esto las encomiendas no llegaron nunca a ser hereditarias de un modo formal, y su valor se vio constantemente reducido por la imposici\u00f3n de nuevas cargas tributarias, cada vez que se produc\u00eda una vacante. Adem\u00e1s, cuantas m\u00e1s encomiendas revert\u00edan a la Corona m\u00e1s decrec\u00eda el n\u00famero de los encomenderos, y \u00e9stos fueron perdiendo importancia como clase a medida que transcurr\u00eda el siglo\u00bb XVI&#8230;<\/p>\n<p>No logr\u00f3, pues, formarse en la Am\u00e9rica hispana una clase poderosa de grandes propietarios.<\/p>\n<p>\u00abEn vez de ello, los funcionarios de la Corona espa\u00f1ola consolidaron lentamente su autoridad en todos los aspectos de la vida americana, y obligaron a los encomenderos y a los cabildos a somet\u00e9rseles. La realizaci\u00f3n es mucho m\u00e1s notable si se la ve recortada ante el sombr\u00edo tel\u00f3n de fondo de la Castilla del siglo XV. A mediados de este siglo, los reyes castellanos no pod\u00edan ni siquiera gobernar su propio pa\u00eds; un centenar de a\u00f1os despu\u00e9s eran los gobernantes efectivos de un vasto imperio que se hallaba a miles de millas de distancia. El cambio s\u00f3lo puede explicarse gracias a la extraordinaria realizaci\u00f3n real durante los a\u00f1os intermedios: la edificaci\u00f3n de un Estado por Isabel y Fernando\u00bb (<em>La Espa\u00f1a<\/em> 74-75).<\/p>\n<p>La concentraci\u00f3n de la propiedad agraria en pocas manos, tan com\u00fan hoy en muchas partes de Hispanoam\u00e9rica, rara vez procede de la \u00e9poca primera del descubrimiento y la conquista, sino que se fue desarrollando con el tiempo, sobre todo a partir de la Independencia.<\/p>\n<p>Para valorar la repercusi\u00f3n social de este hecho se debe adem\u00e1s tener en cuenta el cambio profundo que durante este proceso se fue operando en la misma concepci\u00f3n jur\u00eddica de <em>la propiedad<\/em>, y particularmente en lo referente a la propiedad de gran n\u00famero de bienes que pertenecieron a los <em>comunales<\/em> de los pueblos o a la Iglesia, y que proced\u00edan, al paso de los a\u00f1os, de legados y donaciones.<\/p>\n<p>Estos bienes, de ser <em>bienes vinculados<\/em>, no vendibles, \u00abde mano muerta\u00bb, protegidos as\u00ed para cumplir su funci\u00f3n esencial al servicio del bien com\u00fan -mantenimiento del culto y de doctrinas, de escuelas, hospitales y asilos, de tierras de pastos y de cultivos comunales o arrendadas para ayuda de los m\u00e1s necesitados-, pasaron en la \u00abdesamortizaci\u00f3n\u00bb, durante la revoluci\u00f3n liberal del XIX, a ser <em>propiedades de libre disposici\u00f3n<\/em>, con nuevos due\u00f1os que comerciaron con ellas, obtuvieron notables enriquecimientos, y consiguieron una acumulaci\u00f3n progresiva de grandes propiedades. <\/p>\n<p>Este proceso ya fue parcialmente anticipado por la pol\u00edtica ilustrada del XVIII, como se ve, por ejemplo, en la extinci\u00f3n de las reducciones jesu\u00edticas. En efecto, la expulsi\u00f3n de los jesuitas (1768), inspirada por esa pol\u00edtica, trajo consigo el empobrecimiento y la dispersi\u00f3n de los indios, cuando los padres de la Compa\u00f1\u00eda de Jes\u00fas fueron sustitu\u00eddos por administradores, y \u00e9stos m\u00e1s tarde por propietarios privados.<\/p>\n<p>De este modo, en el transcurso de algunas generaciones, gran n\u00famero de tierras fueron pasando a manos de muy reducidos grupos olig\u00e1rquicos, con lo cual los ricos se enriquecieron m\u00e1s y los pobres se quedaron m\u00e1s pobres. De ah\u00ed suelen proceder muchos de los grandes propietarios que han llegado hasta nuestros d\u00edas.<\/p>\n<p>Es cierto, sin embargo, y conviene recordarlo, que algunos de estos nuevos grandes propietarios, manteniendo la conciencia cat\u00f3lica y la tradici\u00f3n hispana, permanecieron en sus tierras, y administraron sus <em>fundos<\/em> con un cierto sentido ben\u00e9fico hacia los trabajadores -procurando casas y escuelas, velando por su seguridad social, organizando misiones, etc.-; pero los m\u00e1s, integr\u00e1ndose en la alta burgues\u00eda de las capitales, cayeron de lleno en la dureza del capitalismo liberal.<\/p>\n<p>Pues bien, mientras la encomienda estuvo vigente, tuvo formas concretas, e incluso jur\u00eddicas, bastante diversas seg\u00fan las regiones de Am\u00e9rica. Frecuentemente restringida en el XVI, su extinci\u00f3n legal se fue preparando a lo largo del XVII -por ejemplo, con grav\u00e1menes desventajosos para los encomenderos-. Y por \u00faltimo, cambiadas ya las circunstancias sociales y laborales, la encomienda fue suprimida pr\u00e1cticamente en todas las Indias en 1718.<\/p>\n<p>Buena parte de los debates jur\u00eddicos y teol\u00f3gicos del XVI giraron en torno a la encomienda y el repartimiento, que fueron vi\u00e9ndose como un mal menor.<\/p>\n<p>A medida que se fue creando una opini\u00f3n generalizada en cuanto a la <em>inevitabilidad<\/em> de la encomienda, la indignaci\u00f3n de Las Casas fue creciendo, pues en ellas \u00e9l ve\u00eda algo, por decirlo as\u00ed, <em>intr\u00ednsecamente perverso<\/em>. No era para \u00e9l la encomienda un tema social y pol\u00edtico discutible, sobre el cual varones prudentes y sinceramente amantes de los indios se divid\u00edan en sus opiniones, sino que era algo malo <em>per se<\/em>. Por eso cuando, ya muy anciano, supo que sus mismos hermanos dominicos de Guatemala informaban favorablemente de la situaci\u00f3n de los indios, les envi\u00f3 en 1563 una carta amarga, llena de reproches. Pero hablemos del padre Las Casas m\u00e1s detenidamente, pues en el siglo XVI \u00e9l fue sin duda el eje principal de todo el debate moral hispano sobre las Indias. <\/p>\n<p><em>El autor de esta obra es el sacerdote espa\u00f1ol Jos\u00e9 Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aqu\u00ed la obra se publica \u00edntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse<\/em> <a href=\"http:\/\/is.gd\/iglesiamerica\">aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La encomienda fue en el XVI la clave de todas las discusiones sobre el problema social de los indios en Am\u00e9rica. 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