{"id":24284,"date":"2013-12-13T01:48:37","date_gmt":"2013-12-13T06:48:37","guid":{"rendered":"http:\/\/fraynelson.com\/blog\/?p=24284"},"modified":"2013-12-11T19:55:42","modified_gmt":"2013-12-12T00:55:42","slug":"la-igual-dignidad-de-todas-las-personas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/2013\/12\/13\/la-igual-dignidad-de-todas-las-personas\/","title":{"rendered":"La igual dignidad de todas las personas"},"content":{"rendered":"<p>144 \u00ab Dios no hace acepci\u00f3n de personas \u00bb (Hch 10,34; cf. Rm 2,11; Ga 2,6; Ef 6,9), porque todos los hombres tienen la misma dignidad de criaturas a su imagen y semejanza.281 La Encarnaci\u00f3n del Hijo de Dios manifiesta la igualdad de todas las personas en cuanto a dignidad: \u00ab Ya no hay jud\u00edo ni griego; ni esclavo ni libre; ni hombre ni mujer, ya que todos vosotros sois uno en Cristo Jes\u00fas \u00bb (Ga 3,28; cf. Rm 10,12; 1 Co 12,13; Col 3,11).<\/p>\n<p>Puesto que en el rostro de cada hombre resplandece algo de la gloria de Dios, la dignidad de todo hombre ante Dios es el fundamento de la dignidad del hombre ante los dem\u00e1s hombres.282 Esto es, adem\u00e1s, el fundamento \u00faltimo de la radical igualdad y fraternidad entre los hombres, independientemente de su raza, Naci\u00f3n, sexo, origen, cultura y clase.<\/p>\n<p>145 S\u00f3lo el reconocimiento de la dignidad humana hace posible el crecimiento com\u00fan y personal de todos (cf. St 2,19). Para favorecer un crecimiento semejante es necesario, en particular, apoyar a los \u00faltimos, asegurar efectivamente condiciones de igualdad de oportunidades entre el hombre y la mujer, garantizar una igualdad objetiva entre las diversas clases sociales ante la ley.283<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en las relaciones entre pueblos y Estados, las condiciones de equidad y paridad son el presupuesto para un progreso aut\u00e9ntico de la comunidad internacional.284 No obstante los avances en esta direcci\u00f3n, es necesario no olvidar que a\u00fan existen demasiadas desigualdades y formas de dependencia.285<\/p>\n<p>A la igualdad en el reconocimiento de la dignidad de cada hombre y de cada pueblo, debe corresponder la conciencia de que la dignidad humana s\u00f3lo podr\u00e1 ser custodiada y promovida de forma comunitaria, por parte de toda la humanidad. S\u00f3lo con la acci\u00f3n concorde de los hombres y de los pueblos sinceramente interesados en el bien de todos los dem\u00e1s, se puede alcanzar una aut\u00e9ntica fraternidad universal; 286 por el contrario, la permanencia de condiciones de grav\u00edsima disparidad y desigualdad empobrece a todos.<\/p>\n<p>146 \u00ab Masculino \u00bb y \u00ab femenino \u00bb diferencian a dos individuos de igual dignidad, que, sin embargo, no poseen una igualdad est\u00e1tica, porque lo espec\u00edfico femenino es diverso de lo espec\u00edfico masculino. Esta diversidad en la igualdad es enriquecedora e indispensable para una armoniosa convivencia humana: \u00ab La condici\u00f3n para asegurar la justa presencia de la mujer en la Iglesia y en la sociedad es una m\u00e1s penetrante y cuidadosa consideraci\u00f3n de los fundamentos antropol\u00f3gicos de la condici\u00f3n masculina y femenina, destinada a precisar la identidad personal propia de la mujer en su relaci\u00f3n de diversidad y de rec\u00edproca complementariedad con el hombre, no s\u00f3lo por lo que se refiere a los papeles a asumir y las funciones a desempe\u00f1ar, sino tambi\u00e9n y m\u00e1s profundamente, por lo que se refiere a su significado personal \u00bb.287<\/p>\n<p>147 La mujer es el complemento del hombre, como el hombre lo es de la mujer: mujer y hombre se completan mutuamente, no s\u00f3lo desde el punto de vista f\u00edsico y ps\u00edquico, sino tambi\u00e9n ontol\u00f3gico. S\u00f3lo gracias a la dualidad de lo \u00ab masculino \u00bb y lo \u00ab femenino \u00bb se realiza plenamente lo \u00ab humano \u00bb. Es la \u00ab unidad de los dos \u00bb,288 es decir, una \u00ab unidualidad \u00bb relacional, que permite a cada uno experimentar la relaci\u00f3n interpersonal y rec\u00edproca como un don que es, al mismo tiempo, una misi\u00f3n: \u00ab A esta \u201cunidad de los dos\u201d Dios les conf\u00eda no s\u00f3lo la opera de la procreaci\u00f3n y la vida de la familia, sino la construcci\u00f3n misma de la historia \u00bb.289 \u00ab La mujer es \u201cayuda\u201d para el hombre, como el hombre es \u201cayuda\u201d para la mujer \u00bb: 290 en su encuentro se realiza una concepci\u00f3n unitaria de la persona humana, basada no en la l\u00f3gica del egocentrismo y de la autoafirmaci\u00f3n, sino en la del amor y la solidaridad.<\/p>\n<p>148 Las personas minusv\u00e1lidas son sujetos plenamente humanos, titulares de derechos y deberes: \u00ab A pesar de las limitaciones y los sufrimientos grabados en sus cuerpos y en sus facultades, ponen m\u00e1s de relieve la dignidad y grandeza del hombre \u00bb.291 Puesto que la persona minusv\u00e1lida es un sujeto con todos sus derechos, ha de ser ayudada a participar en la vida familiar y social en todas las dimensiones y en todos los niveles accesibles a sus posibilidades.<\/p>\n<p>Es necesario promover con medidas eficaces y apropiadas los derechos de la persona minusv\u00e1lida. \u00ab Ser\u00eda radicalmente indigno del hombre y negaci\u00f3n de la com\u00fan humanidad admitir en la vida de la sociedad, y, por consiguiente, en el trabajo, \u00fanicamente a los miembros plenamente funcionales, porque obrando as\u00ed se caer\u00eda en una grave forma de discriminaci\u00f3n: la de los fuertes y sanos contra los d\u00e9biles y enfermos \u00bb.292 Se debe prestar gran atenci\u00f3n no s\u00f3lo a las condiciones de trabajo f\u00edsicas y psicol\u00f3gicas, a la justa remuneraci\u00f3n, a la posibilidad de promoci\u00f3n y a la eliminaci\u00f3n de los diversos obst\u00e1culos, sino tambi\u00e9n a las dimensiones afectivas y sexuales de la persona minusv\u00e1lida: \u00ab Tambi\u00e9n ella necesita amar y ser amada; necesita ternura, cercan\u00eda, intimidad \u00bb,293 seg\u00fan sus propias posibilidades y en el respeto del orden moral que es el mismo, tanto para los sanos, como para aquellos que tienen alguna discapacidad.<\/p>\n<p><strong>NOTAS para esta secci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>281Cf. Catecismo de la Iglesia Cat\u00f3lica, 1934.<\/p>\n<p>282Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 29: AAS 58 (1966) 1048-1049.<\/p>\n<p>283Cf. Pablo VI, Carta ap. Octogesima adveniens, 16: AAS 63 (1971) 413.<\/p>\n<p>284Cf. Juan XXIII, Carta enc. Pacem in terris, 47-48: AAS 55 (1963) 279-281; Pablo VI, Discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas (4 de octubre de 1965), 5: AAS 57 (1965) 881; Juan Pablo II, Discurso a la Quincuag\u00e9sima Asamblea General de las Naciones Unidas (5 de octubre de 1995), 13, Tipograf\u00eda Vaticana, p. 16.<\/p>\n<p>285Cf. Concilio Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes, 84: AAS 58 (1966) 1107-1108.<\/p>\n<p>286Cf. Pablo VI, Discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas (4 de octubre de 1965), 5: AAS 57 (1965) 881; Id., Carta enc. Populorum progressio, 43-44: AAS 59 (1967) 278-279.<\/p>\n<p>287Juan Pablo II, Exh. ap. Christifideles laici, 50: AAS 81 (1989) 489.<\/p>\n<p>288Juan Pablo II, Carta ap. Mulieris dignitatem, 11: AAS 80 (1988) 1678.<\/p>\n<p>289Juan Pablo II, Carta a las mujeres, 8: AAS 87 (1995) 808.<\/p>\n<p>290Juan Pablo II, Angelus Domini (9 de julio de 1995), 1: L&#8217;Osservatore Romano, edici\u00f3n espa\u00f1ola, 14 de julio de 1995, p. 1; Congregaci\u00f3n para la Doctrina de la Fe, Carta a los Obispos de la Iglesia cat\u00f3lica sobre la colaboraci\u00f3n del hombre y la mujer en la Iglesia y en el mundo (31 de mayo de 2004): L&#8217;Osservatore Romano, edici\u00f3n espa\u00f1ola, 6 de agosto de 2004, pp. 3-6.<\/p>\n<p>291Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 22: AAS 73 (1981) 634.<\/p>\n<p>292Juan Pablo II, Carta enc. Laborem exercens, 22: AAS 73 (1981) 634.<\/p>\n<p>293Juan Pablo II, Mensaje al Simposio internacional \u00ab Dignidad y derechos de la persona con discapacidad mental \u00bb (5 de enero de 2004): L&#8217;Osservatore Romano, edici\u00f3n espa\u00f1ola, 16 de enero de 2004, p. 5.<\/p>\n<p><i>Este Compendio se publica \u00edntegramente, por entregas, <a href=\"https:\/\/fraynelson.com\/blog\/categorias\/iglesia-catolica\/biblioteca-vaticana\/compendio-de-doctrina-social\/?order=ASC\">aqu\u00ed<\/a>.<\/i><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>144 \u00ab Dios no hace acepci\u00f3n de personas \u00bb (Hch 10,34; cf. 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