Vasco Núñez de Balboa (1475-1519)

Fue Balboa un hidalgo extremeño pobre, que desde 1501 viajó por el Caribe, viviendo oscuramente. Sin embargo, después de Hojeda y Nicuesa, entre 1510 y 1513 gobernó con mano prudente en Santa María de La Antigua, el único enclave de España en Tierra Firme. Y usando un mínimo de fuerza, en contraste con la brutalidad de sus predecesores, pudo establecer con los indios unas relaciones amistosas, respetando sus estructuras tribales, y llegando a ser árbitro entre tribus enfrentadas.

Pues bien, a este Balboa le eligió Dios para descubrir el Océano Pacífico, o como se decía entonces, con gran ignorancia, Mar del Sur. El cronista Gonzalo Fernández de Oviedo cuenta el acontecimiento muy bien contado:

«Un martes, veinte y cinco de septiembre de aquel año de mil quinientos y trece, a las diez horas del día, yendo el capitán Vasco Núñez en la delantera de todos los que llevaba por un monte raso arriba, vio desde encima de la cumbre dél la Mar del Sur, antes que ninguno de los cristianos compañeros que allí iban; y volvióse incontinente la cara hacia la gente, muy alegre, alzando las manos y los ojos al cielo, alabando a Jesucristo y a su gloriosa Madre la Virgen Nuestra Señora; y luego hincó ambas rodillas en tierra y dio muchas gracias a Dios por la merced que le había hecho en le dejar descubrir aquella mar… Y mandó a todos los que con él iban que asimismo se hincasen de rodillas y diesen las mismas gracias a Dios… Todos lo hicieron así muy de grado y gozosos, y incontinente hizo el capitán cortar un hermoso árbol, de que se hizo una cruz alta, que se hincó e fijó en aquel mismo lugar… Y porque lo primero que se vio fue un golfo o ancón que entra en la tierra, mandóle llamar Vasco Núñez golfo de San Miguel, porque era la fiesta de aquel arcángel desde a cuatro días» (Historia gral. XXIX,2 y 3).

Al modo de Colón, alzó Balboa una gran cruz y dió nombre cristiano a aquellos lugares. Más tarde se produjo una escena grandiosa que pasó a la historia. En aquellos parajes bellísimos, «llenos de arboleda», ante 26 hombres de armas, uno de ellos Francisco Pizarro, y cuando el sol iniciaba su caída en el horizonte, Balboa «llegó a la rivera a la hora de víspera, y el agua era menguante». Esperó a la pleamar, y «estando así creció la mar a vista de todos mucho y con gran ímpetu». Sólo entonces fue cuando Balboa, con la bandera real de Castilla y León, «con una espada desnuda y una rodela en la mano entró en el agua de la mar salada, hasta que le dio en las rodillas», y tomó posesión del Océano Pacífico en el nombre de Dios y de los Reyes Católicos.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Descubridores, conquistadores y cronistas

Descubridores, conquistadores y cronistas

Pero estamos aquí para recordar los hechos de los Apóstoles de América, es decir las grandes gestas misioneras que deben ser conmemoradas en su quinto centenario. Y antes de entrar a contemplar la figura de los santos apóstoles de las Indias, en su gran mayoría religiosos, debemos recordar también a los buenos cristianos que, sin ser propiamente misioneros, colaboraron positivamente en la evangelización.

Y en primer lugar hemos de recordar a aquellos descubridores, conquistadores y cronistas que, cada uno a su manera, supieron colaborar a la difusión de la fe en Cristo. Ya hemos dedicado un breve capítulo a Cristóbal Colón, y en seguida estudiaremos en otro el talante apostólico de Cortés. Aludiremos ahora brevemente a algunos otros personajes que interesan a nuestro tema.

Alonso de Hojeda (1466-1515)

Compañero de Colón en el segundo viaje, en 1493, era Hojeda un hombre muy atractivo, «de los más sueltos hombres en correr y hacer vueltas y en todas las otras cosas de fuerzas», dice Las Casas, y añade: «todas las perfecciones que un hombre podía tener corporales, parecía que se habían juntado en él, sino ser pequeño». Obtuvo Hojeda la gobernación de la Nueva Andalucía -parte de la actual Colombia-Venezuela-, donde él y los suyos pasaron innumerables calamidades.

Hojeda siempre llevaba consigo una imagen de la Virgen que le había regalado en España el obispo Juan Rodríguez de Fonseca, el del Consejo de Indias. Cuando al fin tuvieron que pasar a La Española en busca de socorros, fueron a dar en una costa cenagosa del sur de Cuba, y hubieron de caminar varias semanas con barro hasta las rodillas y la vida en peligro. Cada vez que descansaban sobre las raíces de algún mangle, allí plantaba Hojeda su imagen de la Virgen, exhortando a todos a que le rezasen y pusieran en ella su confianza. En la mayor angustia, hizo voto de regalar la imagen en el primer pueblo que hallasen, que fue Cueyba, en Camagüey, donde les acogieron compasivos unos indios infieles. Hojeda, en el lenguaje de la mímica, se ganó al cacique para hacer allí una ermita.

Y el padre Las Casas cuenta: «Yo llegué algunos días después de este desastre de Hojeda», y estaba la imagen bien guardada por los indios, «compuesta y adornada». Quiso Las Casas quedarse con ella, ofreciendo otra a los indios, pero éstos no quisieron ni oir hablar del tema. Y cuando al otro día fue a celebrar misa en la ermita, la imagen no estaba, pues el cacique se la había llevado al monte, y no la volvió hasta que se fueron los españoles. Según parece es ésta la actual Virgen de la Caridad del Cobre. Así que el primer santuario mariano de las Indias lo fundó un laico (Historia II,60). También Cortés, como veremos, hacía lo mismo al afirmarse en un lugar: lo primero de todo, un altar con una cruz y la imagen de la Virgen con su glorioso Niño. Y muchas flores.

Por lo demás, estos hombres que iban de exploración o de guerra con una imagen de la Virgen a la espalda no eran santos, sino cristianos pecadores, y no raras veces prevalecía en ellos el pecado sobre la gracia. Hojeda, por ejemplo, fue a veces muy duro con los indios, y Balboa tuvo que denunciarle en carta al emperador. Tampoco Fonseca, que le regaló la imagen de la Virgen, era un obispo demasiado ejemplar, si pensamos que tuvo en La Española sus buenos intereses económicos y un no pequeño repartimiento de indios. Eran pecadores, cristianos pecadores, para ser más exactos. Es decir, cristianos. Hojeda en 1510 entró en un convento de Santo Domingo, para dedicarse sólo a Dios.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Aprender a adquirir perspectiva histórica: hubo crímenes no vistos como tales

El maltrato y la sujeción servil de los indígenas eran prácticas consideradas en el siglo XVI más o menos como en el siglo XX son considerados el aborto, el divorcio o la práctica de la homosexualidad, es decir, como algo que, sin ser ideal -ni tampoco practicado por la mayoría-, debe ser tolerado, pues de su eventual eliminación se seguirían males peores.

Entre aquella situación moral y ésta hay, sin embargo, una diferencia importante. Mientras que en el XVI hispano se alzaba contra aquellos males un clamor continuo de protestas, que modificaba con frecuencia las conciencias y conductas, y que llegaba a configurar las leyes civiles, en cambio, en el siglo XX, las denuncias morales de los males aludidos son mucho más débiles, afectan menos las conciencias y conductas, y desde luego no tienen fuerza para modelar las leyes.

Eran otros tiempos, sin duda. La primera época de España en las Indias era un tiempo muy diverso del nuestro actual, y no podríamos juzgar rectamente a aquellos hombres sin colocarnos mentalmente en su cuadro histórico cultural y circunstancial. Por lo demás, si hiciéramos una comparación entre la moralidad de los encomenderos o de los representantes de la Corona en las Indias, y el grado de honradez de los empresarios o políticos españoles e hispanoamericanos de hoy, probablemente saldrían ganando aquéllos. Y de los soldados, funcionarios, artesanos y comerciantes, habría que decir lo mismo.

Será mejor, pues, que no juzguemos a aquellos hombres con excesiva dureza, ya que nuestro presente no nos permite hacer duras acusaciones a nuestro pasado. Y menos aún deben hacerlas quienes hoy más las hacen, es decir, aquéllos que durante cuarenta años no han tenido nada que denunciar en los países esclavizados por el comunismo en Europa, sino que por el contrario, cuando eran invitados a visitarlos, volvían cantando alabanzas…

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¿Qué significaba en realidad ser siervo o esclavo en la conquista y la colonia?

Otra gran diferencia que nos distancia de los hombres del XVI, y de la que debemos ser conscientes, se da en que tanto los europeos, como en mayor grado los indios, estaban habituados a ciertas modalidades, más o menos duras, de servidumbre, y la consideraban, como Aristóteles, natural. Puede incluso decirse que, allí donde era normal que los indios presos en la guerra fueran muertos, comidos o sacrificados a los dioses, una supervivencia en esclavitud podía ser interpretada a veces como signo de la benignidad del vencedor.

Por otra parte, el respeto sincero, interiorizado, del inferior al superior o del vencido al vencedor era en las Indias relativamente frecuente. El inca Garcilaso, por ejemplo, en la Historia General del Perú, hace notar que los indios veneraban y guardaban leal servidumbre hacia quienes veían como superiores:

«Cada vez que los españoles sacan una cosa nueva que ellos no han visto… dicen que merecen los españoles que los indios los sirvan». Esta actitud de docilidad sincera era aún mayor en los indios cuando habían sido vencidos en guerra abierta: «El indio rendido y preso en la guerra, se tenía por más sujeto que un esclavo, entendiendo, que aquel hombre era su dios y su ídolo, pues le había vencido, y que como tal le debía respetar, obedecer, servir y serle fiel hasta la muerte, y no le negar ni por la patria, ni por los parientes, ni por los propios padres, hijos y mujer. Con esta creencia posponía a todos los suyos por la salud del Español su amo; y si era necesario, mandándolo su señor, los vendía sirviendo a los Españoles de espía, escucha y atalaya» (cit. Madariaga, Auge 74).

Esta sumisión de los indios a aquellos hombres, que en el desarrollo cultural iban miles de años por delante, era sincera en muchos casos. Y concretamente, cuando había mediado una batalla, la sujeción del indio al vencedor blanco no indicaba con frecuencia una actitud meramente servil, sino también caballeresca.

Cuenta, por ejemplo, Alvar Núñez Cabeza de Vaca en sus Comentarios que, una vez vencidos al norte de La Plata los indios guaycurúes, se produjo esta escena: «hasta veinte hombres de su nación vinieron ante el Gobernador, y en su presencia se sentaron sobre un pie como es costumbre entre ellos, y dijeron por su lengua que ellos eran principales de su nación de guaycurúes, y que ellos y sus antepasados habían tenido guerras con todas las generaciones de aquella tierra, así de los guaraníes como de los imperúes y agaces y guatataes y naperúes y mayaes, y otras muchas generaciones, y que siempre les habían vencido y maltratado, y ellos no habían sido vencidos de ninguna generación ni lo pensaron ser; y que pues habían hallado [en los españoles] otros más valientes que ellos, que se venían a poner en su poder y a ser sus esclavos» (cp.30).

La gran mayoría de los indios de Hispanoamérica fueron siempre fieles a la autoridad de la Corona española, incluso en los tiempos de la Independencia, no sólo porque estaban habituados a encontrar defensa en ella y en sus representantes, sino por respeto leal a una autoridad que internamente reconocían.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Un mundo extremadamente violento

En los capítulos siguientes describiremos una acción apostólica que se dió en un mundo muy diverso del actual, y conviene que ya desde ahora tomemos conciencia de estas diferencias. Concretamente, en el XVI era el hombre, indio o blanco, sumamente violento, aficionado a la caza, la guerra y los torneos más crueles, y con todo ello, altamente resistente al sufrimiento físico.

En esto último apenas podemos hacernos una idea. La resistencia física de aquellos hombres al dolor y al cansancio apenas parece creíble. Cabeza de Vaca, ocho años caminando miles y miles de kilómetros, medio desnudo, atravesando zonas de indios por una geografía desconocida; Hojeda, con la pierna herida por una flecha envenenada, haciéndose aplicar hierros al rojo vivo, y escapando así de la muerte; Soto, aguantando en pie sobre los estribos de su caballo durante horas de batalla, con una flecha atravesada en el trasero…, forman un retablo alucinante de personajes increíbles.

La dureza de los castigos físicos y de la disciplina militar de la época apenas es tampoco imaginable para el hombre de nuestro tiempo. Hernán Cortés, querido por sus soldados a causa de su ecuanimidad amigable, cuando conoció una conspiración contra él de partidarios de Velázquez, «se mostró -dice Madariaga- capaz de una moderación ejemplar en el uso de la fuerza». Fingió ignorar la traición del sacerdote Juan Díaz, mandó ahorcar sólo a Escudero y Cermeño, y cortar los pies al piloto Umbría. «Habida cuenta de la severidad de la disciplina militar y de sus castigos, no ya en aquellos días sino hasta hace unos cien años, estas medidas de Cortés resultan más bien suaves que severas» (Cortés 181).

Con los indios traidores manifestaba un talante semejante: por ejemplo, a los diecisiete espías confesos enviados por Xicotenga, Cortés se limitó a devolverlos vivos, mutilados de nariz y manos. Muy duro se mostraba contra quienes ofendían a los indios de paz. Mandó dar cien azotes a Polanco por quitar una ropa a un indio, y a Mora le mandó ahorcar por robar a otro indio una gallina. Este fue salvado in extremis por Alvarado, que de un sablazo cortó la soga… Todo perfectamente normal, se entiende, entonces. Los indios, por supuesto, eran de costumbres todavía más duras.

A los indígenas incas, por ejemplo, no debió causarles un estupor excesivo ver cómo Atahualpa exterminaba a toda la familia real, centenares de hombres, mujeres y niños, y cómo él, hijo de doncella (ñusta), para usurpar el trono imperial, asesinaba a su hermano Huáscar, hijo de reina (coya), guardaba su cráneo para beber en él, y su pellejo para usarlo de tambor; y tampoco debió causarles una perplejidad especial ver cómo, finalmente, era ejecutado por Pizarro, su vencedor. Normal. Y normal no sólo en las Indias: «Cuando Pizarro mataba al Inca Atahualpa… Enrique VIII de Inglaterra asesinaba a su mujer, Ana Bolena. Ese mismo Rey ahorcaba a 72.000 ingleses» (C. Pereyra, Las huellas 256)…

Tampoco los españoles peruanos de entonces eran de los que tratan de arreglar sus diferencias por medio del «diálogo». En los Anales de Potosí, que refieren las guerras civiles libradas entre ellos, puede leerse por ejemplo: «Este mismo año 1588, dándose una batalla, de una parte andaluces y extremeños, y criollos de los pueblos del Perú; y de la otra vascongados, navarros y gallegos, y de otras naciones españolas, se mataron unos a otros 85 hombres». Banderías y luchas, que duraron un par de decenios. Normal.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Unión de todos en la misión

En el capítulo precedente recordábamos el clamor continuo de protesta contra el maltrato de los indios, y de aquella evocación podríamos sacar la impresión de que los españoles en las Indias no hicieron otra cosa que salvajadas y crímenes. Pero eso estaría muy lejos de la verdad histórica.

Los esquemas maniqueos distribuyen bondad y maldad en forma automática, por gremios o nacionalidades. Pues bien, al recordar la evangelización de América conviene desechar desde un principio tal esquema, según el cual los indios y misioneros serían los buenos, y los otros, conquistadores y encomenderos, funcionarios y comerciantes, serían los malos. Es preciso reconocer que los españoles en las Indias respiraban un espíritu común, y por eso imaginar que los religiosos, impulsados por un evangelismo heroico, se gastaban y desgastaban por el bien de los indios, arriesgando incluso sus vidas, en tanto que sus mismos hermanos, amigos y vecinos se dedicaban a explotar o matar indios, es algo que no corresponde a la realidad.

En Hispanoamérica entonces, como ahora, había de todo en cada uno de los grupos. Ya conocemos qué clase de hombres eran en el XVI aquellos españoles, en su mayoría andaluces, extremeños, castellanos y vascos, que pasaron a las Indias. Había entre ellos santos y pecadores, honrados trabajadores y pícaros de fortuna, pero lo que puede afirmarse de todos ellos sin dudas es que formaban un pueblo de profunda convicción de fe cristiana, y que fueron capaces de transmitir su fe a los naturales de las Indias. Ellos eran más cristianos que nosotros. Ellos, por ejemplo, creían en la posibilidad de condenarse en el infierno para siempre, y muchos pensaban, siquiera a la hora de la muerte, que era necesario estar a bien con Dios. Lo veremos luego, recordando testamentos y restituciones.

Y por otro lado los españoles en América no sólo temían a Dios, sino también al Rey. La autoridad de la Corona, sobre todo en el XVI y primera mitad del XVII, es decir, cuando se realizó la evangelización fundamental, no era cosa de broma. Las Indias, ciertamente, estaban muy lejos de la Corte, pero el brazo del Rey era muy largo, y no pocos españoles pagaron duramente sus crímenes indianos.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Reyes misioneros

El Papa, como vimos, concedió la soberanía del Nuevo Mundo a los Reyes hispanos con la condición de que éstos promovieran allí la evangelización misionera. Pues bien, como dice Pedro Borges, «desde el momento en que los monarcas españoles» asumieron esa responsabilidad, enviaron continuamente misioneros al Novus Orbis: «he aquí por qué, desde el siglo XV al XIX, e independientemente de cualquier interpretación que se le pudiera dar a la bula Inter cætera, e independientemente también de la mayor o menor religiosidad personal de cada monarca, la Corona española consideró siempre suya, y de hecho le incumbía, la responsabilidad espiritual de América y, por lo mismo, la del envío a ella de los misioneros necesarios como único medio para responder de dicha responsabilidad» (AV, Evangelización 577).

Hay que tener en cuenta además que hasta comienzos del siglo pasado, durante tres siglos, un peruano o mexicano era tan español como un andaluz o un aragonés, y que la solicitud religiosa de los Reyes hispanos llegaba con igualdad a todos sus reinos. En este aspecto, como bien observa Salvador de Madariaga, «la idea de colonia en su sentido moderno no existía en la España del siglo XVI. Méjico una vez conquistado vino a ser otro de tantos Reinos como los que constituían la múltiple Corona del Rey de España, en lista con Castilla, León, Galicia, Granada y otros de la Península, con Nápoles y Sicilia y otros de Ultramar -reinos de todos los que el Rey de España respondía ante Dios-» (Cortés 543-544). Es decir, «la colonización en el sentido moderno de la palabra, el desarrollo económico de un pueblo atrasado a beneficio de la metrópoli, no existía todavía» (47), aunque, añadiremos nosotros, este planteamiento se hizo predominante ya en el siglo XVIII, con el espíritu de la Ilustración, y del liberalismo después.

Pues bien, los Reyes Católicos, fieles a los compromisos espirituales de su Patronato regio, ya para el segundo viaje de Colón, enviaron una pequeña expedición de misioneros, presidida por fray Bernardo Boil, benedictino de Montserrat, para quien habían conseguido del Papa en la Bula Piis fidelium, de junio de 1493, altos poderes apostólicos. Esta primera misión, en buena parte por la ignorancia de la lengua indígena, fue un fracaso. Pero en las Capitulaciones del tercer viaje los Reyes insisten:

«Item, se ha de proveer que vayan a dichas Indias algunos religiosos clérigos y buenas personas para que allí administren los sacramentos a los que allí están y procurarán de convertir a nuestra santa fe católica a los dichos indios» (AV, Evangelización 583). Lo mismo reiteran las instrucciones dadas a Ovando en 1501; igual voluntad se expresa, con intensidad patética, en el Testamento de la Reina Católica; análogas instrucciones son dadas por Fernando el Católico en 1509 a Diego Colón, y son establecidas en las Leyes de Burgos de 1512.

Carlos I (1516-1556) dió un fuerte impulso al paso de misioneros a las Indias, y para ellos consiguió del papa Adriano VI el Breve Omnimoda (1522), en el que se organizaba mejor el esfuerzo misionero y se daba a los evangelizadores omnímodas facultades canónicas. Y parecido celo misional mostró Felipe II (1556-1598). En fin, para no alargar nuestro memorial, puede decirse que en los tres siglos que duró la presencia hispana en América, el apoyo de los Reyes a la evangelización fue continuo, aunque ya en el siglo XVIII, hasta la Independencia, como veremos, este apoyo fue decreciendo claramente.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

¿Se cumplían las leyes en favor de los indios?

Es indudable que la Corona española, asistida por los misioneros, teólogos y juristas más valiosos, procuró desde el principio con gran empeño leyes justas, que fueran favorables a los indios. El historiador norteamericano Lewis Hanke, en su obra sobre La lucha por la justicia en la conquista de América (1949), dice con razón en su prólogo que «la conquista de América por los españoles… fue uno de los mayores intentos que el mundo haya visto de hacer prevalecer la justicia y las normas cristianas en una época brutal y sanguinaria» (17). Efectivamente, puede decirse que la Corona española fue siempre en América, con los misioneros, la principal protectora de los indios.

Hoy se reconoce con una considerable unanimidad que las leyes hispanas de Indias fueron muy buenas, y que en muchas cuestiones pudieron servir de modelo a otras legislaciones posteriores. Pero con frecuencia se añade simultáneamente que «no se cumplían», con lo que se desvirtúa prácticamente la afirmación anterior. Pues bien, las leyes cívicas y penales, ciertamente -basta mirar las situaciones presentes-, sean nacionales o internacionales, con gran frecuencia se incumplen, o se cumplen a medias, pero no por eso puede afirmarse que carecen de todo influjo benéfico.

Como observa el padre Lopetegui, «las leyes, y más cuando se urgen periódicamente, acaban por forjar una opinión, una conciencia, una norma de conducta, y esto indudablemente se dio también en las Indias Occidentales en un grado apreciable, especialmente cuando, después de las primeras guerras, se entró en un período de paz y de prosperidad relativa» (Historia 102).

Es cierto que para afirmar que «las leyes no se cumplían» en las Indias, donde la autoridad quedaba a veces tan lejos, podrá citarse una gran batería de hechos criminales comprobados. Pero la dureza de algunas resistencias, incluso armadas, que a veces se produjeron contra determinadas legislaciones, «los mismos nimios detalles de ciertas ordenanzas, las consultas continuas a virreyes o gobernadores, y de éstos a Madrid, con la repetición machacona de las mismas disposiciones, indican bien que se cumplían en grado apreciable» (103).

El cumplimiento de las leyes en las Indias se vio considerablemente favorecido por los juicios de residencia, en los que las autoridades reales, por altas que fueran -como el mismo Cortés-, habían de rendir cuenta de lo hecho en su gobierno. Estos juicios se realizaron con frecuencia, y quien los ha estudiado, como José María Mariluz Urquijo, estima que en los «tres siglos de gobierno español en América… no se escatimaron esfuerzos para lograr la máxima efectividad de las residencias, y lo que es más, esos esfuerzos dieron buen resultado» (Ensayo 293).

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

En busca de leyes justas

En aquel tiempo, como hemos visto, los Reyes prestaban oído al consejo de los teólogos y misioneros. Recordemos brevemente algunos de los pasos dados en búsqueda de la justicia en las Indias. Tras el sermón de fray Antonio de Montesinos, Fernando el Católico convocó una junta de notables, de la que nacieron las Leyes de Burgos (1512), en las que se declaró la libertad de los indios, la prioridad de la evangelización, y una serie de derechos fundamentales, al tiempo que se humanizaba el régimen de la encomienda. Poco después, en 1514, el Rey ordenó que no se hicieran conquistas sin previo requerimiento pacífico, medida que fue tenida en cuenta por todos los conquistadores, pero que no servía de mucho.

En 1525 las protestas de conciencia eran tan graves, que de momento se suspendieron los descubrimientos y conquistas. Al año siguiente, en las Ordenanzas de Granada (1526), establecidas por el Consejo de Indias, se dieron normas «sobre el buen tratamiento a los indios y manera de hacer nuevas conquistas», exigiendo en ellas requerimiento y presencia de dos clérigos que velasen por el buen trato, y prohibiendo de nuevo toda esclavización de los indios. Por otro lado, el tema de las encomiendas sigue siendo objeto de dudas continuas y de frecuentes retoques jurídicos, siempre insatisfactorios.

En 1529, una cédula real enviada desde Génova, impulsa a los tres grandes Consejos -Real, de Indias y de Hacienda- a regular de nuevo la encomienda, haciéndola pasar de servicio a tributo moderado (Céspedes, Textos n.34).

En 1537, el primer obispo de Tlaxcala, en México, el dominico fray Julián Garcés, escribió al papa Pablo III una notable carta, en la que ensalza la racionalidad y libertad de los indios, así como su idoneidad religiosa, y denuncia con fuerza a quienes, queriendo explotar a los indios, alegan para excusarse que éstos son como brutos sin entendimiento. Esta carta, según parece, fue causa principal de la Bula pontificia Sublimis Deus, de ese mismo año, en la que se reiteran, con la plena autoridad apostólica, esas mismas verdades (Xirau 87-101).

En 1541, a las muchas quejas que iban llegando, se añadieron las de cuatro dominicos procedentes de México, Perú y Cartagena, los padres Juan de Torres, Martín de Paz, Pedro de Angulo y Bartolomé de Las Casas, que reclamaron ante la corte de Carlos I. El emperador, que estaba dispuesto a suspender su acción en América si se demostraba que no tenía títulos legítimos para ella, convocó una junta extraordinaria del Consejo de Indias, y bajo el influjo de Las Casas, se promulgaron las famosas Leyes Nuevas (1542), un cuerpo legal de normas claras: «por ninguna vía se hagan los indios esclavos», sino que han de ser tratados como vasallos de la Corona; «de aquí en adelante ningun visorrey, gobernador… no pueda encomendar indios por nueva provisión, sino que muriendo la persona que tuviere los dichos indios sean puestos en nuestra real Corona» (Céspedes n.35).

Sin embargo, las convulsiones producidas en las Indias por estas Leyes Nuevas, sobre todo en lo referente a las encomiendas, fueron tales, en forma de recursos y alzamientos, que fue preciso suavizarlas o suspender su aplicación. No sólo los representantes de la Corona, sino la gran mayoría de los misioneros, estimaron que la acción de España en América, sin la base laboral de las encomiendas, al menos por entonces, se hacía imposible.

De nuevo en 1549, antes de la Junta de Valladolid, el emperador está dispuesto a abandonar las Indias a sus antiguos señores si su dominio allí no tuviera justos títulos. Tal decisión no se ejecutó al mediar en contrario el dictamen del padre Vitoria y otros consejos, de modo que se asentó ya moralmente la presencia de España en las Indias.

Recordemos, finalmente, la Recopilación de las leyes de los Reynos de las Indias, de 1681. En el prólogo de la excelente edición realizada en México en 1987, don Jesús Rodríguez Gómez, presidente del mexicano Colegio Nacional de Abogados, escribe: «De entre las numerosas legislaciones españolas de la época, son las castellanas las que se reflejan sobresalientemente en las Leyes de Indias, que no soslayan el derecho indígena, a tal grado que sorprende encontrar la minuciosa referencia a las costumbres de la República de Tlaxcala; pero más asombran disposiciones como las relativas a la jornada de ocho horas, interrumpidas por un descanso de dos, y a la inviolabilidad de la correspondencia»… (pg. XI).

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Organización jurídica en tiempos de la Conquista

El protagonismo de Castilla en el descubrimiento y otras circunstancias políticas de la península hispana explican, como dice Ots Capdequi, que los territorios de las «Indias Occidentales quedaran incorporados políticamente a la Corona de Castilla y que fuera el derecho castellano -y no los otros derechos españoles peninsulares- el que se proyectase desde España sobre estas comarcas del Nuevo Mundo» (El Estado 9).

Según el mismo autor, los rasgos característicos de este nuevo derecho indiano son éstos: «Un casuismo acentuado», más bien que amplias construcciones jurídicas. «Una tendencia asimiladora y uniformista», acentuada en la época borbónica. «Una gran minuciosidad reglamentista», por la que se pretendía llegar hasta la cuestiones más pequeñas. «Un hondo sentido religioso y espiritual. La conversión de los indios a la fe en Cristo y la defensa de la religión católica en estos territorios fue una de las preocupaciones primordiales en la política colonizadora de los monarcas españoles. Esta actitud se reflejó ampliamente en las llamadas Leyes de Indias. En buen parte fueron dictadas estas Leyes, más que por juristas y hombres de gobierno, por moralistas y teólogos» (12-14).

Los Reyes españoles decretaron «que se respetase la vigencia de las primitivas costumbres jurídicas» de los indios, en tanto no fueran inconciliables con la legislación hispana, con lo cual los derechos tradicionales de los indios «dejaron huella considerable en orden a la regulación del trabajo, clases sociales, régimen de la tierra, etc., instituciones tan representativas como los cacicazgos, la mita y otras» (11,15). Por otra parte, «frente al derecho propiamente indiano, el derecho de Castilla sólo tuvo en estos territorios un carácter supletorio» (15), es decir, sólo se aplicaba cuando en las leyes de Indias había algún vacío legal.

Finalmente, otro rasgo muy peculiar del derecho indiano fue que las autoridades locales, «frente a Cédulas Reales de cumplimiento difícil, o en su concepto peligroso, apelaron con frecuencia a la socorrida fórmula de declarar que se acata pero no se cumple», explícitamente reconocida como legítima en la Recopilación de 1680 (Leyes XXII y XXIV, tit.I, lib.II).

En efecto, «recibida la Real Cédula cuya ejecución no se consideraba pertinente, el virrey, presidente o gobernador, la colocaba solemnemente sobre su cabeza, en señal de acatamiento y reverancia, al propio tiempo que declaraba que su cumplimiento quedaba en suspenso. No implicaba esta medida acto alguno de desobediencia, porque en definitiva se daba cuenta al Rey de lo acordado para que éste, en última instancia y a la vista de la nueva información recibida, resolviese» (14).

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Organización política en tiempo de la Conquista

Tras unos primeros años en que adelantados, gobernadores y auditores, apenas lograban establecer un orden político, entre vacíos legales y conflictos de autoridad, muy pronto la Corona fue dando a las Indias españolas una organización política suficiente. En la península, junto al Consejo de Castilla y al de Aragón, en 1526 se estableció el Consejo de Indias, operante en las cuestiones prácticas mediante la Casa de Contratación, situada en Sevilla.

En América la autoridad política española se organizó en Virreinatos, Audiencias y Capitanías generales o presidencias-gobernaciones, y en su primera configuración histórica tuvieron particular importancia hombres de gran categoría personal, como en México don Antonio de Mendoza y don Luis de Velasco, o en el Perú don Pedro de la Gasca y don Francisco de Toledo. Cuando terminó la autoridad de España en América, a principios del siglo XIX, Hispanoamérica estaba organizada en los Virreinatos de Nueva España (México), de Nueva Granada (Colombia), del Perú y del Río de la Plata (Argentina, Paraguay y Uruguay), y en las Capitanías Generales de Cuba, Guatemala, Venezuela y Chile.

A todo lo cual hay que añadir que en América las Audiencias tuvieron una gran importancia, pues no sólo centraban, como en la península, todo el sistema judicial, sino que tenían también funciones de gobierno y hacienda. El arraigo real de todas estas organizaciones políticas se pone de manifiesto, por ejemplo, en el momento de la Independencia. De hecho «las Audiencias -dice Morales Padrón- fueron el elemento básico o solar donde se alzaron los actuales Estados soberanos de Hispanoamérica. En efecto, todas, salvo la de Guadalajara en México, han cumplido tal fin. Paraguay y Uruguay, junto con cuatro de los seis Estados centroamericanos, se asientan sobre gobernaciones. Cuba, Venezuela y Chile se apoyan en sendas capitanías generales. El resto de las naciones se levantan donde antes existían Audiencias» (La Cierva, Gran Hª 1382-1383).

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Organización municipal y administrativa

En la primera organización de las Indias hispanas tuvo el municipio una importancia particular. Para comprender el origen de este fenómeno singular es preciso recordar que, mientras que el feudo fue en el medioevo europeo la institución política básica, en España casi no se conoció, pues los reconquistadores hispanos, se asentaban en las tierras ganadas al moro, y obtenían de los reyes fueros y libertades, privilegios y exenciones, organizándose en seguida en municipios, concejos y cabildos. Esto originó, sobre todo en las tierras del norte del Duero, las más difíciles de conquistar, un pueblo profundamente democrático, con fuertes instituciones comunales, en las que una directa representatividad popular se expresaba en una democracia orgánica, como diríamos hoy, ajena al pluralismo partidista.

Así pues, a las Indias llegó un pueblo con una gran experiencia de lucha, de repoblación y de organización política y administrativa, en la que no podía faltar el fraile, pero tampoco el escribano. Lo primero, por ejemplo, que hizo Cortés en Nueva España fue fundar en Veracruz un municipio, y amparándose en las leyes y tradiciones castellanas, recibir de su cabildo toda clase de autorizaciones, de las que no andaba sobrado.

En cuanto a la administración, en general, de aquellos inmensos dominios de las Indias, «mucho se ha ponderado la ineficacia administrativa española -escribe Manuel Lucena Salmoral-; sin embargo ya es hora de afirmar que resultó extraordinariamente funcional para dirigir aquel enorme complejo mundial; difícilmente podría haberse organizado mejor con otro sistema.

La prueba es su funcionamiento durante siglos. La fórmula consistió en sostener las administraciones regionales y en crear las generales absolutamente imprescindibles. La llave maestra fueron los Consejos, que teóricamente eran órganos consultivos de la monarquía y que en la práctica eran resolutivos, ya que el Rey se limitaba las más de las veces a estampar su firma en los documentos que le presentaban» (AV, Iberoamérica 431).

Concretamente, la hacienda pública, en aquel continente enorme y apenas conocido, logró organizarse desde el principio en formas considerablemente eficaces. «Visto a distancia -escribe Ismael Sánchez Bella-, el juicio sobre el sistema es favorable, porque permitió un alto rendimiento y la rápida adaptación a la marcha de la conquista y colonización de inmensos territorios. Al éxito indudable del sistema contribuyó sin duda el respeto profundo que sentían entonces hacia todo lo relacionado con la institución real» (La organización 328). Quien visite el Archivo de Indias en Sevilla no podrá menos de quedar asombrado del orden administrativo que durante tres siglos rigió la presencia de España en América. Allí constan hasta los alfileres que iban o venían entre España y las Indias.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

Las exageraciones de Las Casas

Las enormidades de Fr. Bartolomé las Casas son tan grandes que también quienes le admiran reconocen sus exageraciones, aunque las consideran con benevolencia (+V. Carro; M. Mª Martínez 114s). Sin embargo, éstas llegan a tales extremos que a veces son simples difamaciones. Las Casas se muestra lúcido y persuasivo en sus argumentaciones doctrinales -esto es lo que hay en él de más valioso, y en ocasiones genial-, pero pierde con frecuencia esa veracidad al referirse a las situaciones reales de las Indias, cayendo en esa enormización de la que habla Menéndez Pidal (321), uno de sus más severos críticos.

Si tomamos, por ejemplo, La destrucción de las Indias (1542) -que es la obra de Las Casas más leída en Europa y la que ha tenido más ediciones, también hoy-, vamos encontrando falsedades tan grandes que causan perplejidad. Así, al referirse a la trágica despoblación de las Antillas, de la que antes hemos hablado, asegura que «habiendo en la isla Española sobre tres cuentos [millones] de almas que vimos, no hay hoy de los naturales de ella doscientas personas». Más aún, «daremos por cuenta muy cierta y verdadera que son muertas en los dichos cuarenta años por las dichas tiranías e infernales obras de los cristianos, injusta y tiránicamente, más de doce cuentos de ánimas, hombres y mujeres y niños; y en verdad que creo, sin pensar engañarme, que son más de quince cuentos» (15).

En la Española, asegura Las Casas, los cristianos quemaban vivos a los naturales «de trece en trece», y precisa delicadamente «a honor y reverencia de Nuestro Redentor y de los doce apóstoles» (18). En Venezuela han matado y echado al infierno «de infinitas e inmensas injusticias, insultos y estragos tres o cuatro» millones de indios (88). Y en la región de Santa Marta los españoles «tienen carnicería pública de carne humana, y dícense unos a otros: “Préstame un cuarto de un bellaco de ésos para dar de comer a mis perros hasta que yo mate otro”» (112)…

Y todavía Las Casas no queda conforme con lo que ha dicho, pues añade que «en todas cuantas cosas he dicho y cuanto lo he encarecido, no he dicho ni encarecido, en calidad ni en cantidad, de diez mil partes (de lo que se ha hecho y se hace hoy) una» (113).

Cuando, por ejemplo, dice Las Casas que en la Española hay «treinta mil ríos y arroyos», de los cuales «veinte y veinte y cinco mil son riquísimos de oro» (21), podemos aceptar -con reservas, tratándose de un informe serio- tan enorme hipérbole. También nosotros empleamos expresiones semejantes: «Te he dicho mil veces»… Pero en otros lugares, como los citados, nos vemos obligados a estimar que se trata de afirmaciones falsas. Concretamente, las cifras para el historiador Las Casas nunca constituyeron un problema especial. En denigración de los españoles puede decir, por ejemplo, que Pedrarias, en los pocos años que estuvo de gobernador en el Darién, mató y echó al infierno «sobre más de 500.000 almas» (Hª Indias III,141); en tanto que, en defensa de los indios no trepida en asegurar que en Nueva España los aztecas no mataban al año «ni ciento ni cincuenta»…

Tampoco la fama de las personas requiere de Las Casas un tratamiento cuidadoso. Hablando, por ejemplo, del capitán Hernando de Soto, de cuya muerte cristianísima sabemos por el relato de un portugués, dice en la Destrucción que «el tirano mayor», después de cometer toda clase de maldades, «murió como malaventurado, sin confesión, y no dudamos sino que fue sepultado en los infiernos, si quizá Dios ocultamente no le proveyó, según su divina misericordia y no según los deméritos de él» (95). Al disponerse a referir la muerte de Núñez de Balboa, que fue degollado por sus rivales políticos, escribe con manifiesto regodeo: «Comencemos a referir el principio y discurso de cómo se le aparejaba su San Martín» -día acostumbrado en España para degollar los cerdos- (Hª Indias III,53). Y del ya muerto, añade: «Y será bien que se coloque a Vasco Núñez en el catálogo de los perdidos, con Nicuesa y Hojeda» (III,76).

Es un grave error pensar que no puede haber exceso ni falsedad en la defensa de los inocentes. Los inocentes deben ser defendidos honradamente con el arma de la verdad exacta, que es la más fuerte. Nunca la falsedad es buen fundamento para una causa justa, sino que más bien la debilita. Cuando se leen algunos de estos relatos de Las Casas es como para dudar de si estaba en sus cabales. Todo hace pensar que Las Casas no mentía conscientemente, sino que se obnubilaba defendiendo su amor y justificando su odio.

Ya algunos contemporáneos, como Motolinía, fueron conscientes de la condición anómala de la personalidad de Las Casas. El mismo padre Las Casas cuenta que, después que tuvo una violenta discusión con el obispo Fonseca, los del Consejo de Indias pensaron que no se podía hacer demasiado caso del Clérigo, «como hombre defectuoso y que excedía, en lo que de los males y daños que padecían estas gentes y destruición de estas tierras afirmaba, los términos de la verdad» (Hª Indias III,140). Por eso tiene razón Ramón Menéndez Pidal cuando afirma que Las Casas «no tiene intención de falsear los hechos, sino que los ve falsamente» (108).

Por lo demás, todas las enormidades de Las Casas sirvieron para estimular la defensa de los indios, para alimentar la leyenda negra -que en sus escritos, especialmente en la Destruición, encontró su base fundamental-, y para restar credibilidad a las importantes verdades que, con otros teólogos más exactos, estuvo llamado a transmitir.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.

La disputa de Valladolid, 1550

Las denuncias concretas de abusos y las discusiones teóricas sobre la duda indiana no cesaban en España, sino que arreciaban a mediados del XVI. Desde hacía años venían, siempre enfrentadas, dos corrientes de pensamiento. Un sector, compuesto más bien por juristas laicos, en el que se contaban Martín Fernández de Enciso, el doctor Palacios Rubios, Gregorio López y Solórzano Pereira, seguían la doctrina clásica del Ostiense, cardenal Enrique de Susa, en la Summa aurea (1271), que atribuía al Papa, Dominus orbis, un dominio civil y temporal sobre todo el mundo. Otros, en general teólogos y religiosos, más próximos a Santo Tomás, como John Maior, Las Casas, Francisco de Vitoria, fray Antonio de Córdoba, fray Domingo de Soto o Vázquez Menchaca, rechazaban la validez de la donación pontificia de las Indias, y fundamentaban en otros títulos, como ya hemos visto, la acción de España en las Indias.

A tanto llegaba en la Península la tensión de estas dudas morales, que el Consejo de Indias propuso al rey en 1549 suspender las conquistas armadas y debatir el problema a fondo. Así lo decidió el Rey en 1550, pues las conquistas, de proseguirse, habían de ser realizadas según él quería, «con las justificaciones y medios que convenga, de manera que nuestros súbditos y vasallos las puedan hacer con buen título y nuestra conciencia quede descargada».

El gran debate se inició en agosto de 1550, en la Junta de Valladolid, y los dos campeones contrapuestos fueron Juan Ginés de Sepúlveda y el padre Bartolomé de Las Casas, que acababa de renunciar a su sede episcopal. Tres grandes teólogos dominicos, Melchor Cano, Domingo de Soto y Bartolomé de Carranza moderaron la polémica. Y fue Soto, presidente de la junta, el encargado de centrar el debate:

Se trataba de saber «si es lícito a S. M. hacer guerra a aquellos indios antes que se les predique la fe, para sujetarlos a su imperio, y que después de sujetados puedan más fácil y cómodamente ser enseñados y alumbrados por la doctrina evangélica. El doctor Sepúlveda sustenta la parte afirmativa, el señor Obispo defiende la negativa» (Céspedes n.36; BAE 110, 293-348).

Sepúlveda, ateniéndose al tema, expuso de modo conciso, y sin descalificaciones personales, su pensamiento acerca de la validez de la donación pontificia, y acerca del derecho, más aún del deber que un pueblo más racional tiene de civilizar a otro más primitivo. Este derecho sería tanto más patente si el pueblo bárbaro practicara atrocidades contra natura, y si el hecho de dominarlo, guardando la moderación debida en los medios, estuviera orientado a la evangelización. Sería ilusoria la posibilidad de evangelizar en tanto no se consiguiera una pacificación suficiente de los referidos pueblos bárbaros.

Las Casas, partiendo de un pensamiento más cristiano y mucho más sensible a los derechos de la persona, atacó con fuerza las tesis precedentes y las personas de quienes las sustentaban, y en prolongadas intervenciones, denunció -unas veces con verdad y otras sin ella- las atrocidades cometidas en las Indias.

Sobre estas crueldades y excesos, Sepúlveda alegaba que «en la Nueva España [México], a dicho de todos los que de ella vienen y han tenido cuidado de saber esto, se sacrificaban cada año más de veinte mil personas, el cual número multiplicado por treinta años que ha se ganó y se quitó este sacrificio, serían ya seiscientos mil, y en conquistarla a ella toda, no creo que murieran más número de los que ellos sacrificaban en un año» (objeción 11ª).

Esto era para Las Casas una difamación intolerable de los indios:

«Digo que no es verdad que en la Nueva España se sacrificaban veinte mil personas, ni ciento, ni cincuenta cada año, porque si esto fuera no halláramos tan infinitas gentes como hallamos. Y esto no es sino la voz de los tiranos, por excusar y justificar sus violencias tiránicas y por tener opresos y desollar los indios».

Sin embargo, autores modernos mexicanos, como Alfonso Trueba en su libro sobre Cortés, basándose en los datos de las crónicas primitivas y en el estudio del calendario religioso mexicano, calculan que «en el imperio azteca se sacrificaban veinte mil hombres al año» (100).

En fin, los dos polemistas, no sin razón, se atribuyeron la victoria en el debate.

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Juan Ginés de Sepúlveda (1490-1573)

Juan Ginés de Sepúlveda (1490-1573)

Nacido en Pozoblanco, Córdoba, en 1490, estudió filosofía en Alcalá y teología en Siguenza. En 1515 obtuvo una beca para estudiar en el Colegio español de Bolonia, donde pasó ocho años, especializándose en el estudio de Aristóteles, y doctorándose en Artes y Teología. Fue después en la corte pontificia traductor oficial de Aristóteles, y sirvió al cardenal de Vio, Cayetano, y al Cardenal Quiñones. Al regresar a España en 1536, residió en Valladolid, sede de la Corte, donde fue cronista de Carlos I y preceptor de Felipe II. Sacerdote y humanista, pasaba los inviernos en su Huerta del Gallo, en Pozoblanco, allí compuso la mayor parte de su abundante obra histórica, filosófica y teológica, y allí murió en 1573.

La historia conoce a Sepúlveda sobre todo por su encontronazo polémico con Las Casas, en lo referente a la justificación del dominio hispano en las Indias. Durante siglos, en cambio, hasta 1892, no se conoció la obra en que más explícitamente propuso sobre este tema su pensamiento, el Demócrates segundo o Tratado sobre las justas causas de la guerra contra los indios, pues Las Casas consiguió, como vimos, que se prohibiera su publicación. En la edición mexicana de 1941, se lee en el prólogo de Marcelino Menéndez y Pelayo:

«Quien atenta y desapasionadamente lo considere, con ánimo libre de los opuestos fanatismos que dominaban a los que ventilaron este gran litigio en el siglo xvi, tendrá que reconocer en la doctrina de Sepúlveda más valor científico y menos odiosidad moral que la que hasta ahora se le ha atribuído. Fr. Bartolomé de las Casas trató el asunto como teólogo tomista, y su doctrina, sean cuales fueren las asperezas y violencias antipáticas de su lenguaje, es sin duda la más conforme con los eternos dictados de la moral cristiana y al espíritu de caridad.

«Sepúlveda, peripatético clásico, de los llamados en Italia helenistas o alejandristas, trató el problema con toda la crudeza del aristotelismo puro tal como en la Politica se expone, inclinándose con más o menos circunloquios retóricos a la teoría de la esclavitud natural… Los esfuerzos que Sepúlveda hace para conciliar sus ideas con la Teología y con el Derecho canónico no bastan para disimular el fondo pagano y naturalista de ellas. Pero no hay duda que si en la cuestión abstracta y teórica, Las Casas tenía razón, también hay un fondo de filosofía histórica y de triste verdad humana en el nuevo aspecto bajo el cual Sepúlveda considera el problema».

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Fray Francisco de Vitoria (1492-1546)

A mediados del XVI, con el padre Las Casas, fueron el padre Vitoria y Ginés de Sepúlveda las figuras más importantes en el tema de la justificación de la presencia y acción de España en las Indias.

Francisco de Vitoria, nacido en Burgos en 1492, ingresó muy joven en los dominicos, dando muestras extraordinarias de inteligencia. A los 18 años fue a París para estudiar filosofía y teología. Regresó en 1523, enseñó teología en Valladolid, y a partir de 1526 tuvo la cátedra de prima en Salamanca, en torno a la cual se formó aquella Escuela de Salamanca, que tan notable influjo habría de tener en el concilio de Trento y en la renovación de los estudios teológicos a la luz de Santo Tomás. Apenas dejó obras escritas, pero sus Relectiones, apuntes exactos tomados para las repeticiones escolares, que se conservaron cuidadosamente, permiten reconocerle como el fundador del Derecho Internacional, y su doctrina tuvo gran influjo sobre el holandés Hugo Grocio.

Pues bien, en la Relectio de Indis, dictada a los alumnos salmantinos en 1539, enseñó Vitoria sobre la duda indiana tesis de mucho interés, que sólo podremos desarrollar aquí en síntesis brevísima. Distingue Vitoria entre los títulos que pueden legitimar la conquista de un pueblo, y aquellos otros que son inválidos. Y entre los títulos válidos, distingue también entre seguros y probables. Comienza por afirmar que la fundamentación clásica de la conquista -la donación pontificia- no es válida, opinión que ya entonces era frecuente en los ámbitos universitarios de España:

«El Papa no es señor civil o temporal de todo el orbe, hablando con propiedad de dominio y potestad civil», y si no tiene autoridad civil sobre los bárbaros, «no puede darla a los príncipes seculares». Tampoco los bárbaros están obligados a creer al primer anuncio de la fe, ni es lícito declararles la guerra porque la rechacen. En cambio, «los españoles tienen derecho a andar por aquellas provincias», para comerciar y tratar con los indios y sobre todo para predicarles el evangelio. Pueden lícitamente defenderse de los indios si son atacados, «guardando moderación en la defensa». Otro título legítimo para una conquista «puede ser por la tiranía, o de los mismos señores de los bárbaros, o también de las leyes tiránicas que injurian a los inocentes, sea porque sacrifican a hombres inocentes o porque matan a otros sin culpa para comer sus carnes»… (Céspedes n.33; R. Hernández).

Es toda una construcción de argumentos complejos y matizados, que apenas pueden ser sintetizados aquí sin deformarlos, y que manifiestan una inteligencia sumamente lúcida.

El autor de esta obra es el sacerdote español José Ma. Iraburu, a quien expresamos nuestra gratitud. Aquí la obra se publica íntegra, por entregas. Lo ya publicado puede consultarse aquí.