ROSARIO de las Semanas 20200826

#RosarioFrayNelson para el Miércoles:
Contemplamos los Misterios de la Infancia de Jesús

Usamos esta versión de las oraciones.

  1. En el primer misterio de la infancia contemplamos la Anunciación a María Santísima y la Encarnación del Hijo de Dios.
  2. En el segundo misterio de la infancia contemplamos la visita de la Virgen Madre a su pariente Isabel.
  3. En el tercer misterio de la infancia contemplamos el sufrimiento que pasó San José, y la fe amorosa que tuvo.
  4. En el cuarto misterio de la infancia contemplamos el Nacimiento del Hijo de Dios en el humilde portal de Belén.
  5. En el quinto misterio de la infancia contemplamos la Epifanía: Jesús es luz para las naciones, y así es adorado por unos magos venidos de Oriente.
  6. En el sexto misterio de la infancia contemplamos la Presentación del Niño Jesús en el templo de Jerusalén.
  7. En el séptimo misterio de la infancia contemplamos a Jesús Niño en el templo, ocupado de las cosas de su Padre del Cielo.

[REPRODUCCIÓN PERMITIDA – Este es un ejercicio privado de devoción “ad experimentum” en proceso de aprobación oficial. Puede divulgarse en las redes sociales, blogs, emisoras de radio, y otros medios siempre que al mismo tiempo se haga la presente advertencia.]

LA BIBLIA – Día 238 de 365

Fr. Nelson Medina, O.P. lee contigo el texto completo de la Sagrada Escritura – Día 238 de 365

2 Macabeos 1–2
Sabiduría 2
Lucas 12,1-31

Lo que se ha publicado de esta serie de lectura de la Biblia.

Formación católica todos los días: amigos@fraynelson.com

Predicación y más oración: https://fraynelson.com/blog

Seguimos el texto publicado en la página web del Vaticano.

¿Hay pecadores por los que NO hay que orar?

Estimado Padre Nelson, que la paz del Señor esté siempre con usted. Tengo la siguiente inquietud: Nuestra Santa Madre Iglesia nos exhorta a orar constantemente por la conversión del mundo, en especial de los pecadores. No obstante, me llama la atención una cita respecto al tema, de la primera carta de Juan que dice: “pues hay un pecado de muerte; por ése no digo que pida” (1 Jn 5,16). Yo identifico este pecado “de muerte” con lo que Jesús denomina el pecado contra el Espíritu Santo, el único que no será perdonado (Mt. 12,31), por tanto, es obvio que no tendría sentido orar por esta persona. No sé si mi razonamiento sea el correcto, pero aun así me llevó a plantear la siguiente cuestión ¿Existe un límite respecto a la oración que uno pueda hacer por la conversión de tal o cual persona que vive en pecado? ¿Cómo saber si una persona, por muy mala que sea, todavía no ha cruzado ese umbral de iniquidad sin retorno y, por tanto, puede aún convertirse? Bien es cierto que la Iglesia nunca ha declarado de manera solemne que algún ser humano estuviera condenado, no obstante ¿Tendría sentido orar por las almas de seres humanos con conductas tan abominables como Adolf Hitler, Antoin LeVay, o George Soros? Le agradezco de antemano por sus respuestas. — D.R.

* * *

El pasaje que mencionas, de 1 Juan 5,16, ha sido siempre considerado como de muy difícil comprensión. Para intentar dar una interpretación debe tenerse en cuenta que aquí entran varias cosas:

1. Existe la libertad humana que, en teoría, puede obstinarse en pecar cada vez más y cada vez peor. Negar esa posibilidad es negar la verdad del acto creador de Dios. En el último extremo esto significa que la condenación eterna es una realidad espantosa pero posible y que negar que algún humano pueda condenarse es como afirmar que Dios obliga a todos a salvarse, aún en contra de lo que ellos quieran.

2. Existe la misericordia divina, que sabemos que puede manifestarse en la vida de cualquier pecador, sin que importe cuál sea su condición, porque es más poderoso Dios que cualquier pecado o intención de pecar. Sin embargo, debe quedar claro que Dios no está “obligado” a actuar en ningún sentido y por eso no puede calificarse ni de injusto ni de absurdo el modo como él dispone soberanamente de su gracia.

3. Existe finalmente nuestra imposibilidad de conocer en su verdad profunda el estado de un alma ante Dios, incluyendo, hasta cierto punto, estado de la propia alma, de modo que no podemos estar del todo ciertos de si alguien tiene atenuantes que hacen menos graves sus culpas o si ya hay (o hubo) en esa persona semillas de arrepentimiento que le permitirían acoger la gracia perdonadora de Dios.

Si tenemos en cuenta todas estas consideraciones, parece que debemos entender el texto de 1 Juan en este sentido: No deben hacerse oraciones por las personas que están condenadas porque escogieron el camino de la condenación, si bien, nosotros no podemos tener nunca certeza absoluta de quiénes puedan ser esas personas.

Como se ve, el texto trata de prohibir una oración “hipotética” por aquellas personas que uno sabe con certeza que han escogido, por su propia voluntad, su condenación, en la medida en que han rechazado a Dios y sus mandamientos. No debemos pensar sin embargo que conocemos quiénes son específicamente tales personas.