LECTIO 20160423

LECTURA ESPIRITUAL para el Sábado IV de Pascua

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LA GRACIA del Domingo 24 de Abril de 2016

DOMINGO V DE PASCUA, CICLO C

El fruto perdurable al terminar esta Pascua ha de ser el compartir el amor recibido de Cristo con los más cercanos, quienes no han experimentado la misericordia divina.

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La personalidad jurídica de la Santa Sede

444 La Santa Sede —o Sede Apostólica923 goza de plena subjetividad internacional, en cuanto autoridad soberana que realiza actos jurídicamente propios. Ejerce una soberanía externa, reconocida en el marco de la Comunidad Internacional, que refleja la ejercida dentro de la Iglesia y que se caracteriza por la unidad organizativa y la independencia. La Iglesia se sirve de las modalidades jurídicas que son necesarias o útiles para el desempeño de su misión.

La actividad internacional de la Santa Sede se manifiesta objetivamente según diversos aspectos, entre los que se hallan: el derecho de legación activo y pasivo; el ejercicio del « ius contrahendi », con la estipulación de tratados; la participación en organizaciones intergubernamentales, como por ejemplo, las que pertenecen al sistema de las Naciones Unidas; las iniciativas de mediación en caso de conflicto. Esta actividad pretende ofrecer un servicio desinteresado a la Comunidad Internacional, ya que no busca beneficios de parte, sino el bien común de toda la familia humana. En este contexto, la Santa Sede se sirve especialmente del propio personal diplomático.

445 El servicio diplomático de la Santa Sede, fruto de una praxis antigua y consolidada, es un instrumento que actúa no sólo para la « libertas Ecclesiae », sino también para la defensa y la promoción de la dignidad humana, así como para establecer un orden social basado en los valores de la justicia, la verdad, la libertad y el amor: « Por un nativo derecho inherente a nuestra misma misión espiritual, favorecido por un secular desarrollo de acontecimientos históricos, también Nos enviamos nuestros legados a las supremas autoridades de los Estados en los que está radicada o presente de alguna manera la Iglesia Católica. Es cierto que las finalidades de la Iglesia y del Estado son de orden diferente, y que ambas son sociedades perfectas, dotadas, por tanto, de medios propios, y son independientes en la propia esfera de acción; pero es también cierto que una y otra actúan en beneficio de un sujeto común, el hombre, llamado por Dios a la salvación eterna y colocado en la tierra para permitirle, con la ayuda de la gracia, obtenerla mediante una vida de trabajo, que le proporcione bienestar en una convivencia pacífica ».924 El bien de las personas y de las comunidades humanas resulta favorecido cuando existe un diálogo constructivo y articulado entre la Iglesia y las autoridades civiles, que se expresa también mediante la estipulación de acuerdos recíprocos. Este diálogo tiende a establecer o reforzar relaciones de recíproca comprensión y colaboración, así como a prevenir o a sanar eventuales tensiones, con el fin de contribuir al progreso de cada pueblo y de toda la humanidad en la justicia y en la paz.

NOTAS para esta sección

923Cf. CIC, canon 361.

924Pablo VI, Carta ap. Sollicitudo omnium ecclesiarum: AAS 61 (1969) 476.


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