Las palabras de Santo Tomás sobre la Eucaristía y las manos consagradas

Ahora formo parte de un voluntariado por medio de la Iglesia aquí en California, el cual asiste a los pacientes terminales. Quieren que me vuelva Ministro extraordinario de la comunión para poder llevarle la Eucaristía a los pacientes que no pueden asistir a la Iglesia. Lo que sucede es que no me siento siento digna de coger la Eucaristía con mis manos. Me da miedo herir a nuestro Señor, ya que mis manos no han sido consagradas. Santo Tomas dijo que solo las manos consagradas deberían ser los que sostengan la eucaristía con las manos. En uno de los mensajes de la Virgen, no me acuerdo cual aparición, ella dice que no debemos recibir al Señor con las manos, pero la Iglesia, que es Santa, me pide algo distinto. Que hacer? – C.A.

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Es bien conocido mi entusiasmo por las enseñanzas de Santo Tomás pero es claro que su argumento tiene un valor limitado en esta materia. En la fe de nuestra Iglesia hay enseñanzas de distinto valor y de distinta permanencia.

Por dar un primer ejemplo, no es lo mismo lo que dice Santo Tomás sobre la Trinidad que lo que dice sobre el Limbo. Este estudio de la Comisión Teológica Internacional, tomado de la página web del Vaticano, muestra que la Iglesia no sigue hoy lo que decía Tomás de Aquino en cuanto a los niños que mueren sin bautismo.

No se debe concluir de ahí apresuradamente, como hacen algunos teólogos de poca preparación por estos días, que “Santo Tomás ya está superado.” Lo que hay que concluir, de modo sereno y sano, es que no toda su enseñanza tiene el mismo valor ni la misma permanencia.

Sobre esto, hay otro ejemplo que está más cercano a la vida litúrgica de la Iglesia. Pensaba Santo Tomás que un diácono no debía, de modo ordinario, ser ministro de la Comunión, es decir, de dar la Sagrada Comunión a los fieles. En la Suma Teológica, Parte II, Cuestión 82, Artículo 3, en respuesta a la Objeción 1, dice: “El diácono, como más cercano al orden sacerdotal, participa algo de su oficio, y así administra la sangre, pero no el cuerpo, a no ser en caso de necesidad y mandándoselo el obispo o el presbítero. En primer lugar, porque la sangre de Cristo está contenida en el cáliz, por lo que no es preciso que la toque el ministro, como ha de tocar el cuerpo de Cristo. Segundo, porque la sangre indica la redención que de Cristo llega al pueblo, por lo que la sangre se mezcla con agua, un agua que designa al pueblo. Y puesto que los diáconos están entre el sacerdote y el pueblo, es más adecuado para ellos la distribución de la sangre que la del cuerpo.”

Es un texto que difiere de varios modos de lo que enseña y practica la Iglesia hoy. En el Código de Derecho Canónico actual, Canon 910 § 1. leemos: “Son ministros ordinarios de la sagrada comunión el obispo, el presbítero y el diácono.” Hay claramente un cambio con respecto a lo que enseñaba Tomás, que entendía el sacramento del Orden de modo un poco diferente en cuanto a la disciplina litúrgica. Si, según la legislación vigente en nuestra Iglesia, el diácono es “ministro ordinario” resulta evidente que no hay distinción entre la distribución del Cuerpo y la distribución de la Sangre, como pensaba Tomás de Aquino.

Es bueno recordar que ese es el mismo lugar de la Suma Teológica que se suele citar en cuanto a que la Eucaristía no debe ser tocada por manos no consagradas. Uno debe concluir que para Santo Tomás el diácono sí había sido consagrado, porque había recibido el sacramento del Orden, pero sus manos no eran consagradas. Resulta así una antropología un poco compleja o casuística que no es la que la Iglesia sigue hoy. Además, está el problema de que la boca no recibe una consagración especial, y sin embargo es la que va a recibir las Sagradas Especies Eucarísticas cuando comulgamos. Decir entonces que las manos no deben tocar porque no son consagradas obliga llegar a la difícil pregunta de por qué la boca de la misma persona sí puede tocar y de hecho consumir el Sacramento.

El Código de Derecho Canónico indica: 910 § 2. : “Es ministro extraordinario de la sagrada comunión el acólito, o también otro fiel designado según el c. 230 § 3.” El criterio que sigue la Iglesia es que la distribución de la comunión no añade nada al Sacramento, y si se realiza con respeto y espíritu de fe, tampoco le quita absolutamente nada.

Eso no significa que sea siempre práctico o aconsejable que sea ministro de la comunión una persona laica, ni tampoco significa que sea buena idea dar la Comunión en la mano. Yo entiendo que en sí mismo no es pecado ni ofensa a la Iglesia, pero mi experiencia sacerdotal es que resulta muy imprudente, en muchísimas ocasiones, dar la Comunión en la mano. Pero el mejor remedio no es prohibir, sino evangelizar, catequizar, y arrastrar con el ejemplo.