Inversiones y politica monetaria

70. Las inversiones deben orientarse a asegurar posibilidades de trabajo y beneficios suficientes a la población presente y futura. Los responsables de las inversiones y de la organización de la vida económica, tanto los particulares como los grupos o las autoridades públicas, deben tener muy presentes estos fines y reconocer su grave obligación de vigilar, por una parte, a fin de que se provea de lo necesario para una vida decente tanto a los individuos como a toda la comunidad, y, por otra parte, de prever el futuro y establecer un justo equilibrio entre las necesidades actuales del consumo individual y colectivo y las exigencias de inversión para la generación futura. Ténganse, además, siempre presentes las urgentes necesidades de las naciones o de las regiones menos desarrolladas económicamente. En materia de política monetaria cuídese no dañar al bien de la propia nación o de las ajenas. Tómense precauciones para que los económicamente débiles no queden afectados injustamente por los cambios de valor de la moneda.

[Constitución Gaudium et Spes, del Concilio Vaticano II, n. 70]